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Desahogo De Vista Defensas Y Excepciones.


Enviado por   •  24 de Abril de 2014  •  517 Palabras (3 Páginas)  •  3.298 Visitas

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C. JUEZ TERCERO DE LO FAMILIAR

EN EL DISTRITO FEDERAL

P R E S E N T E .

CARMEN ROSILES ARREDONDO, por derecho propio y en representación de mi menor hijo DIEGO GUTIERREZ ROSILES personalidad que tengo debidamente reconocida en el expediente señalado al rubro, ante usted C. Juez respetuosamente comparezco y expongo:

En relación a las manifestaciones hechas por mi contraparte y que fueron acordadas vengo a manifestarme con las siguientes consideraciones:

EN CUANTO A SUS EXCEPCIONES:

Por lo que se refiere a la A). FALTA DE ACCION Y DE DERECHO, esta excepción deberá declararse improcedente en atención a que el demandado no exhibe prueba idónea con el cual pretende acreditar el supuesto cumplimiento, es de suma importancia que estoy haciendo valer el derecho de mi hijo establecidos y protegidos en nuestra Carta Magna más importantes y que no respeta el demandado por su escaso entendimiento y además este derecho de mi hijo esta en el artículo 17 de la Constitución Federal, la cual se violaría al hacer nugatorio el derecho del acreedor alimentario a que se resuelva la cuestión efectivamente planteada, ante la exigencia del ejercicio de acciones ajenas a la obtención inmediata de los alimentos, en virtud del valor fundamental que implica la satisfacción de tal necesidad de los menores, elevada a rango constitucional en el artículo 4o. de la Ley Fundamental, por lo tanto su argumentos simulados y mentirosos son improcedentes.

Por lo que se refiere a la B) LA DE DOLO, esta es improcedente en virtud de que no es una excepción contemplada en el Código de Procedimientos Civiles del D.F.

Por lo que se refiere a la C), consideramos sumamente arriesgado exponer la seguridad del menor al cuidado del demandado al pretender que mi hijo viva a su lado, toda vez que con muchas carencias y a duras penas puede sostenerse el mismo, además es de explorado derecho que por la edad de mi menor esta excepción debe declararse improcedente y en lugar de adornase y quedar en ridículo con sus supuestos “magníficos tratos, afectuosos cariños y acogedor ambiente familiar” debe tomar conciencia que es un generador de violencia y ponerse a laborar para dar cumplimiento a la Garantía Individual establecida en el Artículo 4 Constitucional invocado en su párrafo sexto que a la letra cita “LOS NIÑOS Y LAS NIÑAS TIENEN DERECHO A LA SATISFACCION DE SUS NECESIDADES DE ALIMENTACION, SALUD EDUCACION Y SANO ESPARCIMIENTO PARA SU DESARROLLO INTEGRAL”, por lo que exhortamos al demandado evite numerar fantasías improcedentes y de cumplimiento a su obligación alimentaria.

Por lo que se refiere a la D), esta excepción es improcedente toda vez que no está contemplada en el Código de Procedimientos Civiles del D.F., y bajo el principio de adquisición de la prueba la

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