Diario De Campo De Divorcio
Enviado por tinoooo • 7 de Octubre de 2014 • 437 Palabras (2 Páginas) • 204 Visitas
DIARIO DE CAMPO
MATERIA: DERECHO CIVIL I
NOMBRE: CONSTANTINO SANCHEZ CRUZ
M.C. ANTONIO HERNANDEZ MARTINEZ
PRIMERO: “E” (110) TURNO: VESPERTINO SEGUNDO SEMESTRE
TEMA: EL DIVORCIO
AUTOR: CONCEPTOS TEORICOS DE ACUERDO A LA BIBLIOGRAFIA QUE CORRESPONDA FUNDAMENTACION JURIDICA DE ACUERDO A LA LEY. REFLEXIONES PERSONALES
EL DIVORCIO: divorcio es la acción y efecto de divorciar o divorciarse (disolver un matrimonio por vía legal, separar o apartar personas o cosas que estaban juntas). por ejemplo: “acabo de firmar el divorcio con marcos; la situación ya no daba para más”, “mi esposa me pidió el divorcio porque cree que la engañé, pero se trata de un malentendido”, “un escándalo de corrupción terminó con el divorcio de la dupla comercial más exitosa de los últimos tiempos”.
Tipos de divorcio:
-VOLUNTARIO
-INCAUSADO
-ADMINISTRATIVO ARTICULO 7º.- En los casos de divorcio, el Juez resolverá sobre el pago de alimentos a
favor del cónyuge que teniendo la necesidad de recibirlos, durante el matrimonio se haya
dedicado preponderantemente a las labores del hogar, al cuidado de los hijos, esté
imposibilitado para trabajar o carezca de bienes o ingresos suficientes, para lo cual tomará en
cuenta las circunstancias del caso, entre ellas, la capacidad para trabajar de los cónyuges y su
situación económica. (REFORMADO, P.O. 09 DE MARZO DE 2012)
El derecho a recibir alimentos se extingue cuando el acreedor contraiga nuevas nupcias
o se una en concubinato.
Cuando por el divorcio se originen daños o perjuicios a los intereses de cualquiera de
los cónyuges, el que haya causado éstos responderá de ellos como autor de un hecho ilícito.
N. de e. la adición del segundo párrafo al artículo 23 de la ley del
divorcio del estado de guerrero señalada por el legislador en los
considerandos del decreto número 899, omitió señalarla como tal, pero se
contempla en la actualización de la ley, porque dentro del artículo primero
relativo a las reformas aparece la adición de un tercer párrafo al artículo
23, el cual es correcto y no el segundo párrafo como se refiere en los
Considerandos.
El Juez estará obligado a suplir las deficiencias de las partes en el convenio propuesto. LABORALMENTE COMO LO APLICARÉ:ESO QUEDARÁ A MI FORMA DE ELIGIR DE MANERA SOBERANA
TRABAJAR EN MANERA GRUPAL,SOCIALMENTE,NO GUBERNAMENTALES U OTRAS INSTITUCIONES PUBLICAS
PROFESIONALMENTE COMO LO APLICARÉ: INTERPRETARÉ Y APLICARÉ LOS PASOS U ORDENAMIENTOS JURIDICOS SEÑALADAS SOCIALMENTE EN DIFERENTES TIPOS DE DIVORCIO.
SOCIALMENTE COMO
...