Divorcio. Derecho de familia y personas
Enviado por javibibu • 23 de Noviembre de 2022 • Trabajo • 1.558 Palabras (7 Páginas) • 99 Visitas
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El DIVORCIO
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Por francisco Javier Ayala Amaya
Sección 113
Derecho de familia y personas
Gloria Odilia lira González
DIVORCIO
En esta investigación abordaremos como tema principal el Divorcio sus antecedentes y lo que conlleva la separación de los cónyuges.
Para empezar el divorcio es de acuerdo en el código civil para el estado de Veracruz, capitulo v Del divorcio artículo 140 “El divorcio disuelve el vínculo del matrimonio y deja a los cónyuges en aptitud de contraer otro”1. Esto quiere decir que ambos pueden decidir cuando terminar el matrimonio que es según el código civil vigente en el artículo 75 dice: “El matrimonio es la unión de dos personas a través de un contrato civil que, en ejercicio de su voluntad, deciden compartir un proyecto de vida conjunto, a partir de una relación afectiva con ánimo de permanencia, cooperación y apoyo mutuo y sin impedimento legal alguno”.2 en la individualidad de cada persona esta el derecho a ser libres de estar con quien queramos y no hay nada mas sano que el amor propio.
ANTECEDENTES HISTORICOS
A lo largo del tiempo el divorcio ha sufrido modificaciones, pues existían causales para que las personas que contraían matrimonio pudieran ser libres y desarrollar su vida individual, pues se necesitaba que uno de los cónyuges aceptara, estas personas debían asistir a un juzgado de lo familiar para poder llevar a cabo el procedimiento con la finalidad de probar la causales.
Tal como lo decía en el artículo 141 del código civil para el estado de Veracruz Ignacio de la Llave era.
“-El adulterio debidamente probado de uno de los cónyuges…
-El hecho de que la mujer dé a luz, durante el matrimonio, un hijo concebido antes de celebrarse este contrato, y que judicialmente sea declarado ilegítimo;
-La incitación o la violencia hecha por un cónyuge al otro para cometer algún delito, sea o no de incontinencia carnal;
IV.-Los actos inmorales ejecutados por el marido o por la mujer con el fin de corromper a los hijos o al otro cónyuge, así como la tolerancia en su corrupción;
V.-Padecer sífilis, tuberculosis, o cualquiera otra enfermedad crónica o incurable que sea, además, contagiosa o hereditaria, y la impotencia incurable que sobrevenga después de celebrado el matrimonio;
VI.-Padecer enajenación mental incurable;
VII.-La separación de la casa conyugal por más de seis meses sin causa justificada;
VIII.-La separación del hogar conyugal originada por una causa que sea bastante para pedir el divorcio, si se prolonga por más de un año sin que el cónyuge que se separó entable la demanda de divorcio;
IX.-La declaración de ausencia legalmente hecha, o la de presunción de muerte, en los casos de excepción en que no se necesita para que se haga ésta que proceda la declaración de ausencia;
X.-La sevicia, las amenazas o las injurias graves de un cónyuge para el otro”3
Todas estas causales hoy en día ya no están vigentes desde junio de dos mil veinte, es decir fueron derogadas las causales del divorcio, por lo que existen 3 tipos de divorcio que a continuación se muestran
DIVORCIO ADMINISTRATIVO
De acuerdo con el código civil del estado de Veracruz el numeral 151, “Procederá el divorcio administrativo, cuando ambos cónyuges lo convengan, hayan liquidado la sociedad conyugal de bienes; la cónyuge no esté embarazada, no tengan descendencia en común o teniéndola sean mayores de edad y no requieran alimentos ni tampoco la necesite alguno de los cónyuges”4.
El encargado o encargada del Registro Civil, previa identificación de la o el cónyuge y ratificando en el mismo acto la solicitud de divorcio, levantará un acta en la que declarará el divorcio y hará la anotación correspondiente en la del matrimonio.
Pues como menciona el articulo se debe cumplir este requisito para que pueda ser tramitado solamente con la copia certificada del acta de matrimonio, toda vez, que si existen hijos o bienes que liquidar no podrá realizarse ya que corresponde a obligaciones alimentarias con su acreedor y debe ser llevado ante el trámite judicial, esto quiere decir ante el juzgado, contratar a un abogado para que pueda tramitarlo, con la finalidad de que pueda quedar fijada una pensión alimenticia solo en caso de que el acreedor sea menor de edad como se dijo anteriormente.
DIVORCIO VOLUNTARIO O POR MUTUO CONSENTIMIENTO.
Es aquel que mediante la voluntad de un convenio de ambos cónyuges se acuerde la fijación de la pensión alimenticia de los acreedores y de la sociedad conyugal, a fin de aclarar que ambas partes están de acuerdo y señalan convivencias y demás obligaciones alimentarias.
Esto es celebrado ante un juzgado que una vez establecido el convenio y firmado se acude a rectificar su escrito para que el juez de resolución a la jurisdicción voluntaria y se solicite mediante un oficio por parte del juzgado para que expedida el acta de Divorcio certificada con las debidas notas marginales.
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