EFECTOS DE LA INTERPRETACIÓN DE TRATADOS
Enviado por r0sIta • 28 de Febrero de 2016 • Apuntes • 1.097 Palabras (5 Páginas) • 353 Visitas
EFECTOS DE LA INTERPRETACIÓN DE TRATADOS
Carácter obligatorio de los tratados
El estado establece una regla de conducta obligatorias para los estados signatarios para justificar el principio de los tratados algunos autores apoyan la voluntad de la partes contratantes (teoría alemana de la autoeliminación) es decir la voluntad colectiva de los estados en tantos otros se fundan en una regla jurídica preexistente o principio contario
Algunos autores contemporáneo fundan la validez de los tratados en consideraciones con el orden moral en el desarrollo objetivo, en las necesidades de la vida política y por último, en las exigencias de la vida internacional, es decir, el fundamento del derecho es exterior al derecho positivo y por eso fuera del campo de las relaciones juristas.
Caso especial de concurrencias de reglas convencionales:
la multiplicidad de compromisos convencionales plantea un problema delicado en caso de contradecirse entre sí reglas que producen tratados sucesivos o simultáneos, ejemplo clásico es aquel en que el estado A concluye con el estado C un tratado que contradice otro convenio anteriormente firmado por el con el estado B. Hay incompatibilidad cuando las dos relaciones jurídicas AB AC son antinómicas, por lo demás este conflicto puede surgir entre dos reglas convencionales particulares (conflicto entre dos tratados bilaterales) entre dos reglas convencionales generales (conflicto entre dos tratados plurilaterales) entre una regla convencional y general (conflicto entre un tratado plurilateral y tratado bilateral).
EFECTOS DE LOS TRATADOS EN PARTES CONTRATANTES
Efectos de tratados internacionales en el territorio de los estados contratantes
Cuando el estado haya dotado la estructura simple o unitaria, el tratado internacional extiende sus efectos sobre el conjunto del territorio sometido a su competencia plenaria (soberanía del estado)
EFECTOS DE LOS TRATADOS A LOS GOBERNANTES
Los efectos de tratados con referencia a cada uno de los órganos del estado ejecutivo, el legislativo y el judicial
Efectos de los tratados respecto al órgano ejecutivo (promulgación y publicación de los tratados)
El tratado no es en sí una fuente de derecho interno, se limita a crear una obligación de estado a estado, una norma que los estados deben observar, llegado el caso, poner en ejecución con medios apropiados en la mayoría de los estados más razones por orden práctico que por lógica jurídica, consideran que un tratado no forma parte integrante del ordenamiento, en tal se promulga un acto jurídico interno (ley, ordenanza, decreto) que al reproducir su contenido lo convierta entonces en norma interna obligatoria.
EFECTOS DE LOS TRATADOS RESPECTO AL ÓRGANO LEGISLATIVO
Es necesario publicar una ley para que el tratado internacional surta sus efectos sobre todos cuando unos de ellos tienen apertura a créditos, en caso del órgano legislativo se limite al ejercicio de una competencia reglada
EFECTOS DE LOS TRATADOS RESPECTO AL ÓRGANO JUDICIAL
Los tratados internacionales, las jurisdicciones internas tiene que realizar una doble función: a) aplicación b) interpretación
a) aplicación de los tratados: una vez ratificados y publicados los tratados internacionales obligan a todos los órganos estatales incluso al judicial.
b) interpretación de los tratados: la interpretación los tratados internacionales por los tribunales internos solo es una modalidad particular del ejercicio de una función jurídica que habrá que considerar en su conjunto. La interpretación es la operación intelectual que tiene por objeto determinar el sentido del acto jurídico.
MODOS DE INTERPRETACIÓN DE LOS TRATADOS.
Interpretación por vía internacional: se puede distinguir en dos tipos de via interpretación nacional, gobiernos de estados signatarios (interpretación gubernativa internacional) o bien órganos internacionales, tribunales internacionales del significado de unos tratados (Interpretación jurisdiccional internacional)
Interpretación gubernativa internacional: puede ser expresa consecuencia de acuerdo interpretativo, bilateral, plurilateral.
Interpretación jurisdiccional internacional: forma parte de la competencia normal de las jurisdicciones internacionales, pues precisamente los litigios relativos a dicha interpretación constituyen el caso típico de la contienda jurídica.
- Interpretación por vía interna: interpretación de los tratados puede también hacerse por órganos puramente nacionales.
- Interpretación gubernativa interna: cuando la interpretación tiene un carácter unilateral, tanto si se procede de oficio o petición del estado contratante se realiza por medio de un acto jurídico de derecho interno (ley, decreto, orden ministerial)
Interpretación jurisdiccional interna: los órganos jurisdiccionales de la mayoría de los países se atribuyen el derecho de interpretar los tratados con ocasión de litigios que se hallan dentro de la esfera de competencias.
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