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EL ARANCEL DE ADUANAS.


Enviado por   •  30 de Mayo de 2014  •  Práctica o problema  •  749 Palabras (3 Páginas)  •  354 Visitas

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INSTITUTO UNIVERSITARIO DE TECNOLOGÍA

DE ADMINISTRACIÓN INDUSTRIAL

REGIÓN CAPITAL

EL ARANCEL DE ADUANAS.

(INFORME)

1.- ¿Qué es Arancel de Aduana?

El Arancel de Aduanas, es el instrumento de política comercial en el que se consignan y desarrollan todas las decisiones aprobadas por el Ejecutivo Nacional, para el control del comercio internacional de mercancías objeto de operaciones aduaneras, contiene todos los derechos (régimen tarifario) y obligaciones de carácter aduanero (régimen legal y otros condicionamientos o medidas no arancelarias) aplicables a la importación de los objetos físicos transportables (mercancías).

El Arancel de Aduanas de Venezuela, fue promulgado mediante el Decreto N° 989 de fecha 20/12/1995. Es el caso que por el dinamismo del comercio, el Arancel de Aduanas a pesar de que es dictado por el Presidente de la República en Consejo de Ministros, puede ser modificado por el Ministro de Finanzas, sin que se requiera su reimpresión íntegra.

El Arancel de Aduanas consta de:

• La Nomenclatura Arancelaria y Estadística o Clasificación de las Mercancías (artículo 21, columnas 1 y 2): para el ordenamiento de las mercancías en el Arancel de Aduanas, se adoptó la Nomenclatura Arancelaria Común de los Países Miembros del Acuerdo de Cartagena, NANDINA, basada en el Sistema Armonizado de Designación y Codificación de Mercancías de la Organización Mundial de Aduanas, nomenclatura utilizada actualmente por 160 países como base para sus aranceles de aduanas y estadísticas de comercio, contando con la identificación de más del 98% del comercio mundial en los términos de la misma.

• El Régimen Tarifario General; conformado por impuestos Ad-Valorem (AEC) y Específicos (artículo 21, columna 3 y 4), aplicables a las mercancías originarias de países con los cuales Venezuela no haya establecido un tratamiento favorable en el marco de Tratados, Acuerdos o Convenios Internacionales (artículo 8 del Arancel de Aduanas). De acuerdo con lo establecido en el artículo 9 del Arancel de Aduanas, el régimen tarifario aplicable a las mercancías procedentes de los países miembros de la Comunidad Andina será cero por ciento (0%), siempre que cumplan con la condición de ser originarias de tales territorios y se ajusten al Régimen Legal Andino establecido.

2.- ¿Qué son las reglas Generales de Interpretación?

Para ser coherente, el Sistema Armonizado vincula una mercancía con la determinada partida o según el caso, subpartida. Por lo tanto incluye reglas para su utilización, que aseguran que un producto siempre se clasificará en la misma partida o subpartida. Las reglas interpretativas establecen un procedimiento de clasificación por grado de elaboración de las mercancías

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