EL BENEFICIO DE INVENTARIO
Enviado por davidc452 • 17 de Junio de 2014 • 478 Palabras (2 Páginas) • 213 Visitas
EL BENEFICIO DE INVENTARIO
En el Derecho Romano, el heredero continuaba al causante en todos sus derechos, salvo los personalísimos. El sucesor ocupaba el lugar del pater como jefe de la familia y se hacía dueño de todo el patrimonio, tanto de sus créditos y bienes, como de sus deudas, lo que garantizaba plenamente a sus acreedores la cobranza de sus créditos, y al causante que no se lo declararía infame por no cumplir sus obligaciones, ya que de ser insolvente se realizaba un procedimiento llamado Bonorum Venditio que culminaba con la venta de todos sus bienes en pública subasta y la tacha de infamia.
El emperador Justiniano, en el año 531 dictó una Constitución, donde les concedió a todos los herederos, la posibilidad de aceptar la herencia con beneficio de inventario, resguardando su propio patrimonio, pero cumpliendo ciertos requisitos. Dentro de los treinta días del llamamiento a la herencia o apertura de la sucesión, el heredero debía realizar un inventario, en un plazo de sesenta días. Vendía el activo sucesorio, descontaba los gastos conservatorios que hubiere efectuados, pagaba las deudas y legados, y se quedaba con el resto si lo hubiera. Si el saldo fuera deudor, quedaba impago, sin comprometer sus propios bienes.
Entonces podemos definir que beneficio de inventario: Es la declaración de voluntad con objeto de conocer en que condiciones se encuentra una herencia, a través de la realización de un inventario de los bienes que componen la misma, y de las cargas que recaen sobre ellos.
Al aceptar una herencia a beneficio de inventario, el heredero, no queda obligado a pagar a los acreedores del difunto, más que con el montante de la herencia, siempre que realice un inventario formal de los bienes del mismo y exprese que la acepta con este beneficio.
La herencia recibida a beneficio de inventario, puede ser administrada, por el heredero o bien por otra persona cuya misión será custodiarla, liquidar el patrimonio en caso de que existan cargas en contra
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de la misma, administrar los bienes, pagar a los acreedores y rendir cuentas de lo realizado sobre la misma. El administrador es responsable en caso de una incorrecta administración de los bienes.
Cuando un heredero acepta una herencia sin beneficio de inventario, el heredero se convierte en responsable de todas las deudas del fallecido, además de con los bienes estipulados en la herencia, con los suyos propios. Mientras que con el beneficio de inventario, el heredero está obligado a pagar las deudas y demás cargas que produce la herencia, solo hasta donde alcanzan los bienes de la herencia.
Es posible perder el beneficio de inventario en los siguientes casos:
1. Cuando el heredero beneficiario renuncia expresamente al beneficio.
2. Cuando el heredero
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