EL CONCUBINATO
Enviado por isabella8320 • 13 de Enero de 2015 • 648 Palabras (3 Páginas) • 251 Visitas
GENERALIDADES
El Código Civil para el Distrito Federal le ha dado una más justa regulación al concubinato. Ha establecido supuestos diferentes a los tradicionales y así permite que al surgir esta figura, la misma produzca efectos jurídicos de igualdad entre los concubinos y de gran beneficio para los hijos.
DEBERES Y DERECHOS
Los deberes y derechos que emanan de esta situación, de hecho, han sido equiparados prácticamente al matrimonio y sus efectos son semejantes a los que hay entre los cónyuges, verbigracia, la sucesión legítima en que se aplican las mismas reglas para heredar.
TEMPORALIDAD DEL CONCUBINATO
El tiempo ha variado, y si antes se exigían cinco años en una hipótesis estrictamente para heredar, después mediatizada para otros efectos, hoy, el concubinato surge en dos años de convivencia, que no haya impedimentos para casarse, que vivan bajo el mismo techo o que en ese lapso tengan por lo menos un hijo. La hipótesis también señala efectos jurídicos en cuanto a los alimentos, tanto para uno como para el otro.
PARECE MATRIMONIO, PERO NO LO ES
En cuanto a relaciones con terceros, son protegidas por la ley y establece el parentesco por afinidad, que antes sólo existía entre el cónyuge y la familia de ella y viceversa, ahora, con esta nueva regulación surge el parentesco en el concubinato entre el concubino y la familia de ella y a la inversa, es decir, recogiendo la realidad social mexicana, quien vive en concubinato puede con toda libertad y justicia señalar a la madre de su concubina como su suegra y a la inversa y a los hermanos como cuñados y cuñadas, según sea el caso.
REQUISITOS
El Código Civil ordena en el artículo 291 Bis que "la concubina y el concubinario tienen derechos y obligaciones recíprocos, siempre que sin impedimentos legales para contraer matrimonio han vivido en común en forma constante y permanente por un periodo mínimo de dos años que precedan inmediatamente a la generación de derechos y obligaciones a los que alude este Capítulo, o es necesario el transcurso del periodo mencionado cuando, reunidos los demás requisitos, tengan un hijo en común.
SANCION LEGAL A LA INMORALIDAD DE TENER DOS O MAS CONCUBINAS O CONCUBINOS
Si con una misma persona se establecen varias uniones del tipo antes descrito, en ninguna se reputará concubinato. Quien haya actuado de buena fe podrá demandar del otro una indemnización por daños y perjuicios.
DEBERES Y DERECHOS
Debe destacarse que esta nueva figura del concubinato es fuente de deberes en Derecho Familiar. Se establece que la unión debe ser entre un hombre y una mujer que no tengan impedimentos legales para casarse, ya que a contrario sensu, no podrán vivir en concubinato.
ABERRACION JURIDICA DE LA LEY DE SOCIEDAD DE CONVIVENCIA
El
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