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EL DERECHO DE LA NACIONALIDAD EN MEXICO


Enviado por   •  10 de Abril de 2017  •  Ensayo  •  2.074 Palabras (9 Páginas)  •  369 Visitas

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ENSAYO DE DERECHO INTERNACIONAL PRIVADO

TEMA: EL DERECHO DE LA NACIONALIDAD EN

MEXICO

INDICE

INTRODUCCION……………………………………………… 2

1.- ANTECEDENTES HISTORICOS…………….…………… 3

1. CONSTITUCION DE CADIZ………………………….. 4

2. EDICTO DE HIDALGO…………………………………. 4

3. ELEMENTOS CONSTITIONALES DE RAYON……… 4

4. CONSTITUCION D APATZINGAN 1814..................... 5

5. PLAN DE IGUALA……………………………………… 5

6. TRATADOS DE CORDOBA………………………….. 6

7. LEY DE 1828………………………………………….. 6

8. LEYES CONSTITUCIONALES DE 1836……………. 6

9. REFORMA DE 1840…………………………………… 7

10. PROYECTOS CONSTITUCIONALES DE 1842...…. 8

11. BASES ORGANICAS DE 1843………………………. 8

12. CONSTITUCION DE 1857……………………………. 9

13. CONSTITUCION DE 1917……………………………. 10

14. LEY DE NACIONALIDAD DE 1993………………….. 11

15. CONCLUSIONES……………………………………… 12

16. BIBLIOGRAFIA………………………………………… 13

INTRODUCCION

Siendo el derecho internacional privado la rama del derecho que se ocupa del estudio del llamado derecho de gentes o derecho que regula la situación jurídica de las personas en el ámbito internacional, su objeto de estudio son las normas internas de los estados en material civil, los tratados internacionales, los convenios y acuerdos entre las naciones, así como el papel que desempeñan los organismos internacionales en materia de regulación del derecho de las personas, dentro del marco jurídico que forman la convenciones, protocolos, leyes modelos, guías legislativas, documentos, informes, de casos, practica y costumbre, así como otros documentos e instrumentos, regulatorios existe un factor origen del estudio, “El individuo”, el cual al reunir ciertos requisitos adquiere nacionalidad,

En el estudio de la nacionalidad, ya sea de las personas físicas o de las personas jurídicas, generalmente no es parte central del derecho internacional como correspondería, si no como parte de la norma aplicable en varios países respecto al estado civil y capacidad de las personas.

Independientemente del concepto jurídico, la nacionalidad es una parte importante del mismo individuo, la cual define su integración, como parte social, lo cual satisface el requerimiento constante del individuo por pertenecer, por ser parte de, todo esto visto desde el punto de vista sociológico.

Para razones de nuestro estudio debemos enmarcar individualizando como es que se concibe la nacionalidad en México, sus raíces y evolución del concepto.

ANTECEDENTES HISTORICOS DE LA NACIONALIDAD EN MEXICO

Generalmente en los manuales de Derecho privado se dilucida o aborda de muchas formas la figura de la Nacionalidad en la historia, por ejemplo podemos citar los primeros documentos liberatorios como son:

1.- Elementos constitucionales de López Rayón 1811,

2.- Los sentimientos de la nación de Morelos, 1813, y el Plan de Iguala de 1821.

Gran cantidad de ordenamientos a lo largo de la evolución jurídica del país, han regulado la nacionalidad mexicana, por ejemplo:

1.- Decreto expedido por el Congreso Constituyente del 16 de mayo de 1823,

2.- La Ley del 14 de abril de 1828.

3.- Las sietes Leyes constitucionales del 29 de diciembre de 1843.

4.- Y la actual constitución Política del 65 de febrero de 1917.

No sería posible comprender el conocimiento de la nacionalidad mexicana desde sus orígenes, sin reconocer a las poblaciones que florecieron en el territorio que ahora forma nuestro país y especialmente a la cultura maya.

El primer antecedente lo encontramos el 18 de mayo de 1812 en la Constitución de Cádiz. La cual les daba el carácter de españoles a todos lo hombres libres nacidos y avecinados en los dominios de la España y los hijos de éstos, estableciendo así una igualdad de los españoles de ambos hemisferios. En dicha disposición se consagraba tanto el ius sanguinis, como el ius soli. Cabe señalar la distinción que hace en su artículo 5º entre nacionalidad y ciudadanía.

En el edicto de Hidalgo se desprende su concepto de una nueva nacionalidad distinta a la española peninsular. Se dirige frecuentemente a sus ciudadanos y los llama americanos y los exhorta a no dejarse seducir por los opresores españoles europeos.

En los elementos constitucionales de Rayón, se pretendía estructurar jurídicamente a la patria y establecía lo siguiente, “Todo extranjero que quiera disfrutar de los privilegios de ciudadano americano, deberá impetrar cartas de naturaleza a la Suprema junta que se concederá con acuerdo del Ayuntamiento respectivo y disensión del Protector Nacional, mas solo los Patrios obtendrán los empleos, sin que en esta parte pueda valer privilegio alguno o carta de naturaleza.”

En la Constitución de Apatzingan en 1814 la cual se denomino “Decreto Constitucional para la libertad de la América Mexicana” él en capítulo III relatico A Los ciudadanos se estableció : El artículo 13 . Se reputan ciudadanos de esta América todos los nacidos en ella”. Cabe señalar que aunque esta disposición habla de ciudadano, la misma deberá ser entendida también como nacionalidad, resaltando la diferencia que entre ambas existe. En el articulo 14 establecía “. Los extranjeros radicados en este suelo que profesaren la religión católica apostólica y romana, y no se opongan a la libertad de la Nación, se reputaran también ciudadanos de ella en virtud de carta de naturaleza que se les otorgara y gozaran de los beneficios de la ley”. En esta disposición se señala una nuevo derecho para adquirir la nacionalidad, el ius optandi, es decir es el poder de optar a una nacionalidad distinta de la que se ostente solicitando a un Estado diferente al suyo el dese o de adquirir su nacionalidad.

En el Plan de Iguala, Agustín de Iturbide, ya no se limita a la atribución de la nacionalidad mexicana a los nacidos en la nueva nación y parece que en lugar de ius soli de aquella primera carta fundamental se utilizara un ius domicili.

En Los tratados de Córdoba se estableció en el articulo 15 una facultad de opción para los españoles que residían en el país y para los mexicanos avecindados en España, entre declararse mexicanos o españoles.

La Ley de 1828 precisa las

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