EL PODER CIUDADANO
Enviado por EDUMED • 28 de Marzo de 2012 • 1.762 Palabras (8 Páginas) • 500 Visitas
PODER CIUDADANO
El Poder Ciudadano configura realmente la idea de un Poder Moral, que opera en el ámbito de la tutela de los intereses públicos, pues tiene a su cargo, de conformidad con el artículo 273 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela:
§ Prevenir, investigar y sancionar los hechos que atenten contra la ética pública y la moral administrativa
Velar por la buena gestión y la legalidad en el uso del patrimonio público
El cumplimiento y la aplicación del principio de la legalidad en toda la actividad administrativa del Estado.
Promover la educación como proceso creador de la ciudadanía así como la solidaridad, la libertad, la democracia, la responsabilidad social y el trabajo.
§ El artículo 273 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela establece que el Poder Ciudadano se ejerce por el Consejo Moral Republicano, integrado por:
El Defensor o Defensora del Pueblo.
El Fiscal o la Fiscal General de la República.
El Contralor o Contralora General de la República.
LA DEFENSORÍA DEL PUEBLO:
Tiene su origen en la figura del Ombudsman, fundada en Suecia en 1809 (que quiere decir "el que actúa en nombre de otro", "su representante"), y en los principios educativos del Poder Moral propuesto por el Libertador Simón Bolívar.
Constitución de la República Bolivariana de Venezuela
Artículo 273. Los órganos del Poder Ciudadano son: la Defensoría del Pueblo, el Ministerio Público y la Contraloría General de la República.
Artículo 280. La Defensoría del Pueblo tiene a su cargo la promoción, defensa y vigilancia de los derechos y garantías establecidos en esta Constitución y los tratados internacionales sobre derechos humanos, además de los intereses legítimos, colectivos y difusos, de los ciudadanos.
El Defensor del Pueblo en Venezuela
La crisis social, política y económica que vivió Venezuela, en la década de los noventa, intensificó la deficiente prestación de los servicios públicos, las innumerables formas de corrupción dentro de las instituciones del Estado, las violaciones sistemáticas de los derechos humanos y la consiguiente desconfianza en el sistema de protección de los mismos, lo que, en consecuencia, se tradujo en la imposibilidad de lograr un nivel de calidad de vida digno para nuestro pueblo, así como la satisfacción de sus necesidades humanas básicas.
Ante este escenario de desgaste de las instituciones, era imperiosa la transformación del sistema político y jurídico del país mediante la reforma constitucional del Estado, para instaurar un sistema de derecho justo y sencillo que permitiese, en toda su extensión, satisfacer plenamente las aspiraciones del pueblo venezolano.
Dentro de esta perspectiva y en el contexto de los cambios políticos que se iniciaron a partir del proceso electoral de 1998, sucede un hecho histórico inédito. El Presidente electo, Hugo Chávez Frías, convoca al pueblo para que a través de un referendo consultivo manifestara su aprobación o no a un proceso constituyente, a los fines de adecuar el marco constitucional e institucional para transformar el Estado con base en la primacía del pueblo. Así, con la opinión afirmativa del pueblo venezolano se convocó a una Asamblea Nacional Constituyente como única vía para transitar en paz y en democracia hacia la transformación profunda del Estado. A esta Asamblea correspondió redactar el nuevo texto constitucional en el cual se consagró el carácter progresivo de los derechos fundamentales. El 15 de Diciembre de 1999, el pueblo aprobó, mediante referendo la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela que regiría la Nueva República.
La propuesta constitucional del Presidente electo para ese momento, incluía la consagración del Poder Moral, inspirado en el Proyecto de Constitución presentado por el Libertador al Congreso de Angostura el 15 de Febrero de 1819. Simón Bolívar concibió este Poder como la institución que tendría a su cargo fundar la conciencia nacional, velando por la formación de los ciudadanos, a fin de que pudiera purificarse "lo que se haya corrompido en la República, que acusa la ingratitud, el egoísmo, la frialdad del amor a la patria, el ocio, la negligencia de los ciudadanos". Bolívar quería sentar las bases de una República en la cual el pueblo amara a la patria, a las leyes, a los magistrados, porque esas "son las nobles pasiones que deben absorber exclusivamente el alma de un republicano". De igual manera, el Poder Moral concebido por Bolívar tenia entre sus misiones velar por la educación de los ciudadanos, en cuyo proceso se debía sembrar el respeto y el amor a la Constitución y a las instituciones republicanas, sobre la base de que "si no hay un respeto sagrado por la patria, por las leyes y por las autoridades, la sociedad es una confusión, un abismo". Es así como la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela (1999), adaptó a nuestro tiempo las ideas inmortales del Libertador Simón Bolívar, al romper con la clásica división de los Poderes Públicos e introducir importantes innovaciones como la creación del Poder Ciudadano y el Poder Electoral.
La aprobación del nuevo texto constitucional, publicado en Gaceta Oficial del 31 de diciembre de 1999, significó la entrada en vigencia de un proceso de transitoriedad de los Poderes Públicos y la necesidad de legitimar, mediante consulta popular, a sus representantes. Para encauzar legalmente este período, la Constitución incorporó diversas Disposiciones Transitorias y, en el caso del novísimo Poder Ciudadano, se dictaminaba la permanencia en sus cargos de los titulares de las instituciones ya existentes y para la Defensoría la elección de un representante que se encargara de adelantar lo establecido en la Disposición Transitoria Novena: ... En cuanto a la Defensoría del Pueblo, el o la titular será designado o designada de manera provisoria
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