EL TRABAJO ES UN DERECHO DE LA PERSONA Y UNA OBLIGACION SOCIAL.EL REGIMEN LABORAL DEL PAIS DEBE ORGANIZARSE CONFORME A PRINCIPIOS DE JUSTICIA SOCIAL articulo 101 CPRG
Enviado por Leocanas • 2 de Mayo de 2018 • Trabajo • 589 Palabras (3 Páginas) • 340 Visitas
POSIBLES Preguntas:
¿Qué es el trabajo según la constitución?
EL TRABAJO ES UN DERECHO DE LA PERSONA Y UNA OBLIGACION SOCIAL.EL REGIMEN LABORAL DEL PAIS DEBE ORGANIZARSE CONFORME A PRINCIPIOS DE JUSTICIA SOCIAL articulo 101 CPRG
¿Cómo se relaciona la empresa con el derecho de trabajo?
Se entiende por empresa mercantil el conjunto de trabajo, de elementos materiales y de valores incorpóreos coordinados, para ofrecer al público, con propósito de lucro y de manera sistemática, bienes o servicios. La empresa mercantil será reputada como un bien mueble. Articulo 655 CO.de.CO
Explicar la integración en el derecho de trabajo:
Que deben ser resueltas por lo siguiente: lagunas legales
PRIMER TERMINO: de acuerdo con los principio del derecho de trabajo
SEGUNDO LUGAR: de acuerdo con la equidad, la costumbre o el uso locales, en armonía con dichos principios
POR ULTIMO: de acuerdo con los principios y leyes de derecho común (D civil Y LOJ)
¿Se puede limitar el derecho de trabajo? sí o no. Explique porque
SI SE LE PUEDE LIMITAR A UNA PERSONA EN SU DERECHO DE TRABAJO, SOLO MEDIANTE RESOLUCION DE AUTORIDAD COMPETENTE. ARTICULO 6 CdeT
¿De acuerdo a un principio que es la autonomía de la voluntad?
Po medio del pacto, el trabajador no tiene que estar condicionado, que no esté en desigual en el orden económico y social.
¿A qué se refiere el principio imperativo?
Que es de aplicación forzosa, es decir que el patrono tiene la obligación de dar las prestaciones mínimas
¿Qué vinculo jurídico tiene el representante con el patrono?
RELACION DE UN CONTRATO DE TRABAJO, SALVO EN CASO DE MANDATARIOS.
Que es el trabajador/ patrono según el código de trabajo
Artículo 2: patrono es toda persona individual o jurídica que utiliza los servicios de uno o más trabajadores, en virtud de un contrato o relación de trabajo
Articulo 3 TRABAJADOR: es toda persona individual que presta a un patrono sus servicios materiales, intelectuales o de ambos géneros, en virtud de un contrato o relación de trabajo.
Los contratos:
Definición legal: hay contrato cuando dos o más personas convienen en crear, modificar o extinguir una obligación articulo 1517C.C
Definición doctrinaria Federico Peña: Acuerdo de voluntades anteriormente divergentes por cuya virtud las partes crean, modifican o extinguen una relación jurídica de carácter patrimonial.
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