ELEMENTOS DEL DELITO
Enviado por MIMSAN1 • 30 de Enero de 2015 • 877 Palabras (4 Páginas) • 302 Visitas
ELEMENTOS DEL DELITO
El Delito tiene diversos elementos que conforman un todo.
EL DELITO
Definición legal del Delito: de acuerdo con el artículo 7° del Código Penal del Estado, "el Delito es el acto u omisión que sancionan las leyes penales".
LA CONDUCTA
Se define como el comportamiento humano voluntario, positivo o negativo, encaminado a un propósito. Lo que significa que sólo los seres humanos pueden cometer conductas positivas o negativas, ya sea una actividad o inactividad respectivamente. Es voluntario dicho comportamiento porque es decisión libre del sujeto y es encaminado a un propósito porque tiene una finalidad al realizarse la acción u omisión.
La conducta puede ser de acción o de omisión y esta última se subdivide en omisión simple y comisión por omisión.
La conducta tiene tres elementos:
1) un acto positivo o negativo (acción u omisión).
2) un resultado.
3) una relación de causalidad entre el acto y el resultado.
LA TIPICIDAD.
La tipicidad es la adecuación de la conducta al tipo penal. Se debe tener cuidado de no confundir la tipicidad con tipo, la primera se refiere a la conducta, y el segundo pertenece a la ley, a la descripción o hipótesis plasmada por el legislador sobre un hecho ilícito, es la fórmula legal a la que se debe adecuar la conducta para la existencia de un delito.
La tipicidad se encuentra fundamentada en el artículo 14 Constitucional, párrafo tercero, que a la letra dice: "En los juicios de orden criminal, queda prohibido imponer, por simple analogía y aún por mayoría de razón, pena alguna que no esté decretada por una ley exactamente aplicable al delito de que se trata".
El aspecto negativo de la tipicidad es la atipicidad. La atipicidad es la falta de adecuación de la conducta al tipo penal.
Es importante diferenciar la atipicidad de la falta de tipo, siendo que en el segundo caso, no existe descripción de la conducta o hecho, en la norma penal.
LA ANTIJURICIDAD.
La antijuricidad la podemos considerar como un elemento positivo del delito, es decir, cuando una conducta es antijurídica, es considerada como delito.
La antijuricidad es lo contrario a Derecho, por lo tanto, no basta que la conducta encuadre en el tipo penal, se necesita que esta conducta sea antijurídica, considerando como tal, a toda
aquella definida por la ley, no protegida por causas de justificación, establecidas de manera expresa en la misma.
La causa de justificación, es cuando es un hecho presumiblemente delictuoso falta la antijuricidad, podemos decir: no hay delito, por la existencia de una causa de justificación, es decir, el individuo ha actuado en determinada forma sin el ánimo de transgredir las normas penales, Así, si un hombre ha matado a otro, en defensa
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