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EMBARGO EN FORMA DE RETENCION


Enviado por   •  28 de Julio de 2014  •  1.174 Palabras (5 Páginas)  •  499 Visitas

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EXP Nº: 550 – 2008

ESPEC: GUARNIZ

ESCRITO Nº 03

CUADERNO CAUTELAR

EN EJECUCION DE SENTENCIA SOLICITA EMBARGO EN FORMA DE RETENCION (ACLARACION).

SEÑOR JUEZ DEL SEGUNDO JUZGADO DE PAZ LETRADO DE INDEPENDENCIA.

RAUL PALIAN ROJAS, identificado con D.N.I. Nº 08125701, apoderado del demandante EDWIN AMPUERO HUAMAN, tal como consta en la Partida Nº 12171108 del Registro de Mandatos y Poderes de la Oficina Registral Lima, Zona Registral Nº IX, Sede Lima y, señalando como domicilio real el ubicado en la Av. José Pardo Nº 182 Of. 1004 – Miraflores, Provincia y Departamento de Lima y como domicilio procesal para los efectos de la presente solicitud, el situado en la Casilla Nº 3851 de la Central de Notificaciones del Poder Judicial – Cono Norte, en los seguidos contra CARDENAS BELLIDO, BENJAMIN, sobre Obligaciones de Dar suma de dinero, en la Vía Ejecutiva, ante Ud. me presento y con el debido respeto me presento expongo:

I.- PETITORIO:

Que, sin perjuicio del recurso presentado con fecha 16-01-09 y no estando garantizada la obligación demandada en autos, así como los intereses devengados, costas y costos del proceso, de conformidad con la norma contenida en el artículo 657º del Código Procesal Civil, solicitamos a Vuestro Despacho, nos conceda un EMBARGO EN FORMA DE RETENCION, hasta por la suma total de S/1,500.00 (MIL QUINIENTOS CON 00/100 NUEVOS SOLES), sobre la tercera parte del excedente de (5) Unidades de referencia Procesal, a la fecha la suma de S/. 1,775.00 Nuevos Soles, de las remuneraciones y/o gratificaciones y/o bonos y/o beneficios sociales que le corresponden y/o corresponderían al ejecutado CARDENAS BELLIDO, BENJAMIN, en su calidad trabajador del INSTITUTO NACIONAL DE SALUD – SERV. NO PERSONALES con domicilio en LOS HEROES DE CENEPA (EX AV. HUAYLAS S/N) – CHORRILLOS.

II.- FUNDAMENTACIÓN JURÍDICA DEL PETITORIO:

Código Procesal Civil:

Artículo 608º, que establece la competencia del Juez para dictar una medida cautelar, peticionada por la parte interesada, dentro de un proceso.

Artículo 610º, que establece los requisitos de la solicitud de medida

Cautelar.

Artículo 612º, que establece las características de la medida cautelar.

Artículo 613º, que establece el concepto de la contracautela personal.

Artículo 635º, que establece la autonomía del Procedimiento Cautelar.

Artículo 643º, que establece la noción de secuestro conservativo con desposesión de los bienes del tenedor y entrega de éstos al custodio judicial.

Artículo 649º, que se refiere al secuestro de bienes muebles.

Artículo 651°, que se refiere al secuestro de bienes dentro de una unidad de producción o comercio.

Artículo 653º, que se refiere al cateo al momento del embargo en forma de secuestro.

Articulo 657º, que refiere sobre los derechos de créditos u otros bienes en posesión de terceros, cuyo titular es el afectado con ella, puede ordenarse al poseedor retener el pago a la orden del Juzgado, depositando el dinero

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