EN QUE CONSISTE LA UNIDAD FUNDAMENTAL DEL PROCESO?
Enviado por Almacenar • 23 de Enero de 2017 • Examen • 1.796 Palabras (8 Páginas) • 2.427 Visitas
1.- DEFINE PROCESO Y JUICIO
R. Proceso jurisdiccional es el conjunto de actos que a través de diversas fases y dentro de un lapso específico llevan a cabo dos o más sujetos entre los que han surgido una controversia a fin de que un órgano del estado con facultades jurisdiccionales aplique las normas jurídicas necesarias para resolver dicha controversia, mediante una decisión revestida de fuerza.
Juicio ha de hablarse de juicio cuando se haga referencia expresa a la actuación que tiene el juez para dirimir una controversia llevada ante él, o sea al razonamiento lógico del juez: premisa mayor- (norma), premisa menor (hecho) = resultado - sentencia
2.- EN QUE CONSISTE LA UNIDAD FUNDAMENTAL DEL PROCESO?
R. Radica en que el proceso es un fenómeno común y presenta características esenciales
a) que exista un litigio
b) la finalidad de todo proceso es dirimir o resolver, litigio
c) todo proceso presume la existencia de una organización judicial con jerarquía y escalonamientos de autoridad (juez de 1ra. Y 2da. Instancia)
d) todo proceso presenta estructura familiar en cuyo vértice superior está el juez y en partes inferiores los contendientes (partes)
e) todo proceso está dividido en una serie de etapas
f) todo proceso tiene un principio general de impugnación
3.- SEÑALA Y EXPLICA LA CLASIFICACIÓN DEL PROCESO
1) procesal civil, mercantil, familiar
2) oral y escrito
3) inquisitorio, dispositivo, publicista
4) con unidad de vista, preclusivo
5) singular y universal
6) uni-instancial, bi-instancial
7) de conocimiento, de carácter ejecutivo
4.- CUALES SON LAS ETAPAS QUE CONFORMAN UN PROCESO?
EXPLICA CADA UNA DE ELLAS
- Instrucción: se divide en tres fases: POSTULATORIA, demanda-contestación y desahogo de pruebas, PROBATORIA, ofrecimiento, admisión, preparación y desahogo de pruebas, PROCONCLUSIVA, alegatos, conclusiones
- ETAPA DE JUICIO.- Únicamente practica el juez ya que es a través de esta en donde emite o dicta la sentencia es decir resuelve el conflicto
5.- EN QUE CONSISTEN LOS ACTOS PREJUDICIALES Y SEÑALA SU FUNDAMENTO LEGAL
R. son todos aquellos trámites, diligencias o gestiones que se desarrollan ante los principios tribunales o ante otra autoridad, para posteriormente dar inicio a un proceso o juicio. ACTOS PERJUDICIALES ARTICULOS 193 AL 254 DEL CPCDF
6.- CUALES SON LOS MEDIOS PREPARTORIOS A JUICIO EN GENERAL?
R. ART. 193 El juicio podrá prepararse:
I. Pidiendo declaración bajo protesta, el que pretenda demandar, de aquél contra quien se propone dirigir la demanda, acerca de un hecho relativo a su personalidad o a la calidad de su posesión o tenencia; II. Pidiendo la exhibición de la cosa mueble que haya de ser objeto de la acción real que se trate de entablar; III. Pidiendo el legatario o cualquier otro que tenga el derecho de elegir una o más cosas entre varias, la exhibición de ellas; IV. Pidiendo el que se crea heredero, o coheredero o legatario, la exhibición de un testamento; V. Pidiendo el comprador al vendedor, o el vendedor al comprador, en el caso de evicción, la exhibición de títulos u otros documentos que se refieran a la cosa vendida. VI. Pidiendo a un socio o comunero la presentación de los documentos y cuentas de la sociedad o comunidad, al consocio o condueño que los tenga en su poder; VII. Pidiendo el examen de testigos, cuando éstos sean de edad avanzada o se hallen en peligro inminente de perder la vida, o próximos a ausentarse a un lugar con el cual sean tardías o difíciles las comunicaciones y no pueda deducirse aún la acción, por depender su ejercicio de un plazo o de una condición que no se haya cumplido todavía; VIII. Pidiendo el examen de testigos para probar alguna excepción, siempre que la prueba sea indispensable y los testigos se hallen en alguno de los casos señalados en la fracción anterior; IX. Pidiendo el examen de testigos u otras declaraciones que se requieran en un proceso extranjero.
7.- EN QUE CONSITE UNA UDIENCIA PRELIMINAR?
R. tiene lugar una vez que es contestada la demanda o la reconvención o cuando se ha incurrido en rebeldía, es decir, cuando no se produjo dicha contestación en los términos previstos en la ley. El objeto de esta audiencia, es intentar que las partes concilien sus intereses a fin de que lleguen a algún acuerdo en el conflicto que dio lugar al juicio civil
8.- QUE ES UNA DEMANDA?
R. la demanda es un acto jurídico que da inicio al proceso; que puede presentarse de forma verbal o escrita, y que tiene por objeto que una persona física o moral a la que se llama actor, acuda ante un órgano jurisdiccional para formular sus pretensiones en contra de otra persona física o moral que recibe el nombre del demandado
9.- EXPLICA ¿Qué ENTIENDEMOS POR DEFECTOS DE LA DEMANDA?
R. Son las diferencias que puede llevar una demanda ya sea en su forma o en su fondo
La forma son los requisitos de la ley
El fondo es el asunto a tratar
10.- CUAL ES EL FUNDAMENTO LEGAL PARA DESAHOGAR UNA PREVENCIÓN?
R. Artículo 257.- Si la demanda fuere obscura o irregular, o no cumpliera con algunos de los requisitos de los artículos 95 y 255, el juez dentro del término de tres días señalará con toda precisión en qué consisten los defectos de la misma, en el proveído que al efecto se dicte. El actor deberá cumplir con la prevención que haga el juez en un plazo máximo de cinco días contados a partir del día siguiente a aquél en que haya surtido efectos la notificación por Boletín Judicial de dicha prevención, y de no hacerlo transcurrido el término, el juez la desechará y devolverá al interesado todos los documentos originales y copias simples que se hayan exhibido, con excepción de la demanda con la que se haya formado el expediente respectivo. La anterior determinación o cualquier otra por la que no se dé curso a la demanda, se podrá impugnar mediante el recurso de queja, para que se dicte por el Superior la resolución que corresponda.
...