ENSAYO ACADÉMICO SOBRE LA ACCIÓN PENAL
Enviado por RicardoDany • 23 de Noviembre de 2021 • Ensayo • 1.244 Palabras (5 Páginas) • 261 Visitas
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PROCEDIMIENTOS POLICIALES DE POLICIA JUDICIAL
ENSAYO ACADÉMICO SOBRE LA ACCIÓN PENAL
ROMMEL EDUARDO GUARANGUAY VARGAS
TENIENTE DE POLICÍA
12 DE NOVIEMBRE DEL 2021
ACCIÓN PENAL
INTRODUCCIÓN
La acción penal es el proceso que se lleva a cabo luego de haberse cometido un delito, este el punto de partida de todo procedimiento penal donde su resolución es la aplicación de una pena o sanción para el autor del delito, de acuerdo con lo estipulado por la ley. Esta acción penal se puede considerar pública o privada; donde la acción penal publica hace correspondencia al fiscal, sin necesidad de una denuncia previa, mientras que en la acción penal privada se requiere de una querella presentada ante un juez de garantías penales, dónde el ejercicio le corresponderá a la victima o agraviado y concluirá en la aplicación correspondiente de la pena para el victimario, ayudando así a establecer la paz social y el orden público que constantemente se encuentran afectados por la comisión de un delito.
DESARROLLO
El proceso penal es una secuencia metódica de eventos impuestos por la ley, donde el principal e indispensable evento del proceso es la acción penal. La acción penal es el poder jurídico que poseen las personas o el estado para promover las acciones correspondientes del órgano jurisdiccional hacia un hecho delictivo. El principal objetivo de este evento es llevar a cabo la debida sanción o pena para el responsable de cometer el hecho delictivo, todo esto apegado a los lineamientos concebidos por la ley, con el fin de proteger la paz social y el orden publico que fue vulnerada por aquellos hechos delictivos suscitados por el victimario. Según el Código Orgánico Integral Penal (COIP) en el Art. 409 y Art. 410, establece dos tipos de ejercicios penales, los cuales pueden ser de forma pública o privada.
El ejercicio penal privado corresponde ser ejecutado por la víctima de los hechos delictivos mediante la presentación de una querella, donde según el Art. 415 del COIP, el ejercicio es aplicado de acuerdo a los siguientes delitos: “calumnia, usurpación, estupro, lesiones que generan incapacidad, enfermedades de hasta treinta días con excepción de casos de violencia intrafamiliar, delitos contra animales.” (p. 65). Una vez presentada la querella a los respectivos organismos juridiscionales competentes, se procederá a ejecutar las acciones para iniciar el proceso judicial penal. El ejercicio de acción penal publica por otro lado, es correspondiente al estado que, a través de la fiscalía y otros organismos jurisdiccionales, es llevado a cabo el correspondiente proceso penal. Este tipo de acción no requiere de una denuncia o solicitud de la víctima para comenzar el proceso investigativo, lo que significa que el estado encomienda el poder público a un particular para que realicen la accion correspondiente hacia los hechos delictivos.
Como se menciona en el Art. 411 del COIP debe darse la convicción de que existan pruebas suficientes para evidenciar los hechos delictivos. La o el fiscal podrá abstenerse de ejercer la acción penal si se aplica el principio de oportunidad o se presenta una causal de prejudicialidad. Según (Coria, 2006) cada uno de estos tipos de ejercicio de la acción busca no solo seguridad jurídica, sino “mantener un equilibrio entre la llamada búsqueda de la verdad material y los derechos fundamentales del imputado.” (p. 1028). El principio de oportunidad es la “faculta al órgano persecutor (ministerio fiscal) a prescindir de la acción penal por razones de carácter utilitario o política criminal’’ (Maier, 2004), se podrá prescindir de la pena si: la infracción supone una pena privativa de la libertad de hasta cinco años o el investigado o procesado sufre de un daño grave que le imposibilite llevar una vida normal.
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