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ENSAYO FINAL DERECHO


Enviado por   •  14 de Marzo de 2022  •  Ensayo  •  1.644 Palabras (7 Páginas)  •  43 Visitas

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ENSAYO FINAL DERECHO

JEFERSON DAVID CUARTAS GONZALEZ

INSTITUCION UNIVERSITARIA ESUMER

COMERCIO INTERNACIONAL

MEDELLÍN

2020

     Las personas jurídicas y naturales son capaces de ejercer derechos y contraer obligaciones civiles, al igual que de ser representadas, pero es importante aclarar que la persona jurídica necesita siempre ser representada ya que es figura jurídica que permite la existencia de un individuo dotado de derechos y obligaciones, pero que no es un ciudadano, sino una institución, organización o empresa que persigue un fin social con o sin fines de lucro.

Como ejemplos de personas jurídicas se encuentran las iglesias, los departamentos, los municipios, las corporaciones creadas o reconocidas por la ley, entre otros.

 La diferencia que existe entre la persona natural y jurídica es que la persona natural obra por sí y en razón de si misma, goza no solo de entendimiento y voluntad, sino también de los medios u órganos físicos para ejecutar sus decisiones, mientras que la persona jurídica no lo hace ya que su personalidad no decide ni actúa por sí misma, pues su voluntad es la voluntad de sus agentes.

La persona física es aquel que es capaz de tener facultades y deberes y que desde el punto de vista ético esta dotado de voluntad o razón.

A lo largo de los años se han creado diferentes teorías sobre la personalidad jurídica ,una de estas es la teoría de la ficción, esta teoría fue ilustrada por Savigny que conociendo que la persona es todo ente capaz de obligaciones y derechos concluyó que las personas jurídicas son una ficción ya que carecen de albedrio, esta teoría recibió algunas criticas, una de esas fue realizada por Francisco Ferrara donde dijo que los infantes y los idiotas carecen de voluntad, sin embargo son personas naturales y no personas jurídicas. Otra crítica hacia esta teoría alegaba que las personas jurídicas no son entes ficticios, sino que son poderosas individualidades sociales que realizan en la vida un papel de mucha significación.

Otra teoría sobre la personalidad jurídica es la teoría de los derechos sin sujeto, su tesis se basa en que los patrimonios se dividen en dos categorías, personales e impersonales, los personales son afectados a un fin o a un destino, es decir la persona pertenece a un sujeto, mientras que los impersonales carecen de dueño, sin embargo se encuentran adscritos a la realización de una finalidad determinada y por ello gozan de especiales garantías jurídicas y sus derechos pertenecen al patrimonio, esta teoría también ha sido criticada, una de estas críticas la realizo García Máynez, el cual menciono que no pueden existir derechos sin sujeto, que todo derecho es facultad, deber u obligación. Facultad como capacidad de ejercer un derecho, deber como una conciencia de una  conducta debida y obligación como compromiso adquirido en contra prestación de un acuerdo de voluntades o de la aceptación de una imposición superior como la del Estado frente al súbdito, otra crítica hacia esa teoría alega que hay personas jurídicas que carecen de patrimonio, y por ello no dejan de ser sujetos de derecho y por ultimo se ha dicho que la teoría de patrimonio de destino no logra explicar la personalidad jurídica del estado, ya que este no puede definirse como patrimonio de afectación.

Además de estas teorías existe la teoría realista que defiende que el sujeto de concepto de derecho no coincide con el de hombre, ni se halla referido exclusivamente a los seres dotados de voluntad, existen múltiples sujetos de derecho diferentes de las personas físicas o naturales, hay varias teorías realistas, una de estas es, la teoría organicista la cual afirma que un organismo es un todo viviente formado de partes vivientes y considera al Estado como un organismo vivo que para que se trasciende a los individuos y donde cada uno tiene una función que cumplir para que sea posible la vida en conjunto, otra teoría realista es la teoría del alma colectiva, esta se basa en que cada sociedad hay un alma espíritu colectivo distinto de las almas individuales de los miembros del grupo. La teoría del organismo social es otra teoría realista, esta afirma que las personas colectivas tienen capacidad volitiva al igual que las físicas, esto se da porque son sujetos de deberes, facultades y obligaciones.

Todo esto muestra que a pesar de que una persona sea natural o jurídica cuenta con derechos y deberes, estos tienen como objetivo de que las personas pertenecientes a una sociedad puedan convivir en paz y armonía.

En cuanto a los hechos y actos jurídicos según Villoro Toranzo el hecho jurídico es el modo de realización de los supuestos jurídicos y también dice que estos hechos son conducta humana capaz de dar nacimiento, modificar, transmitir o extinguir un derecho subjetivo o un estado o situación, y según Valencia Zea los hechos jurídicos se clasifican en dos categorías, estos son, los hechos jurídicos voluntarios y hechos jurídicos involuntarios, como hechos jurídicos voluntarios se encuentran cumplir una obligación, dar testamento, nacer, morir, entre otros.

Se tiene que el hecho jurídico es la expresión mas adecuada para designar el supuesto jurídico que representa toda “conducta humana” ya sea licita o ilícita, como ejemplos de derechos jurídico se encuentran nacer y morir, entre otros.

También se ha definido a los hechos jurídicos como sucesos temporales y que al ocurrir provocan un cambio en la realidad jurídica existente, como es el caso de los hechos naturales o acontecimientos ajenos al hombre y a su voluntad, ejemplo de ellos son, la fuerza mayor como terremotos huracanes, inundaciones, etc, el caso fortuito, las ficciones de responsabilidad y los seguros.

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