ESCRITO ACUMULACION DE PROCESOS
Enviado por Antokas Nurnrod • 11 de Julio de 2017 • Apuntes • 1.181 Palabras (5 Páginas) • 193 Visitas
Ordinario Laboral 01173-2015-04338 Of. 2º.
SEÑOR(A) JUEZ(A) CUARTO DE TRABAJO Y PREVISIÓN SOCIAL DE GUATEMALA:
LUCAS ESTUARDO MORALES DIAZ, de datos de identificación conocidos y obrantes en autos, ante usted respetuosamente comparezco en nombre propio, para solicitar ACUMULACIÓN DE PROCESOS y al respecto:
EXPONGO:
DE LOS MOTIVOS QUE SUSTENTAN LA PETICIÓN DE ACUMULACIÓN:
El demandado dentro de este proceso, señor Víctor Ernesto Alvarez Montenegro, derivado de haber sido demandado por mi persona por haber sido objeto de despido directo e injustificado, promovió en mi contra en forma independiente un incidente de desocupación por finalización de la relación laboral, el cual se tramita ante el Juzgado Octavo de Trabajo y Previsión Social de Guatemala, bajo el número 01173-2016-12006 Oficial Segundo, mismo que está abierto a prueba actualmente y pendiente de resolverse en forma definitiva y en tal sentido procedo a solicitar la acumulación de dicho proceso con el identificado en el acápite por las siguientes razones o fundamentos de hecho y de derecho:
- Porque ambos procesos, provienen de una misma causa, que es la finalización de la relación laboral con el señor Víctor Ernesto Alvarez Montenegro.
- Porque las personas y las cosas son idénticas, aunque las pretensiones son diferentes, porque en un proceso se busca el pago de prestaciones laborales y en el otro la supuesta desocupación de un inmueble.
- La solicitud de acumulación se requiere por mi persona como parte dentro de este proceso y del otro, encontrándose ambos procesos pendientes de dictarse resolución final.
- La presente solicitud se realiza ante esa judicatura por conocerse en la misma el proceso más antiguo que es el presente.
- La presente solicitud cumple con la expresión de los requisitos legales que son: 1º.El juzgado en que se sigan los procesos que deben acumularse, siendo estos el presente proceso ante el Juzgado Cuarto de Trabajo y Previsión Social de Guatemala, con número 01173-2015-4338 Oficial segundo y el otro proceso ante el Juzgado Octavo de Trabajo y Previsión Social de Guatemala con el número 01173-2016-12006 Oficial Segundo; 2º. Las personas que en ellos sean interesadas, siendo en su orden señalado en el punto anterior: en el primer juicio ya referido, actor: Lucas Estuardo Morales Díaz y Demandado: Víctor Ernesto Alvarez Montenegro y en el segundo actor: Víctor Ernesto Alvarez Montenegro y Demandado: Lucas Estuardo Morales Díaz; 3º. La acción que en cada uno de ellos se ejercite y 4º. El objeto de cada uno de los procesos, para cumplir con ambos extremos se detalla que en el primer juicio referido: Juicio Ordinario Laboral para pago de la acción y objeto corresponde a pago de Indemnización y Prestaciones Laborales por despido directo e injustificado y en el segundo juicio: es la desocupación por terminación de relación laboral, derivando ambos procesos de la terminación de la relación laboral entre las partes.
FUNDAMENTO DE DERECHO:
De conformidad con lo contenido en el artículo 538 del Código Procesal Civil y Mercantil se dispone que: Procede la acumulación de procesos en los siguientes casos: lo. Cuando diversas demandas entabladas provengan de una misma causa, aun cuando sean diferentes las personas que litigan y las cosas que sean objeto de las demandas; 2o. Cuando las personas y las cosas son idénticas, aunque las pretensiones sean diferentes. En consonancia con lo anterior el Artículo 539 del mismo cuerpo legal determina que: (Requisitos). La acumulación de procesos sólo podrá decretarse a petición de parte, salvo los casos en que conforme a la ley deba hacerse de oficio. Seguidamente los artículos 541, 542 y 543 del mismo Código, establecen en su orden que: La acumulación de procesos puede pedirse en cualquier estado del proceso antes de pronunciarse sentencia definitiva. La petición se formulará ante el juez que conozca del proceso más antiguo; pero si alguno se tramitare ante un tribunal de mayor jerarquía, la acumulación se hará sobre el que se tramita ante él. (Contenido de la petición): El que pida la acumulación expresará: lo. El juzgado en que se sigan los procesos que deben acumularse; 2o. Las personas que en ellos sean interesadas; 3o. La acción que en cada uno de ellos se ejercite; 4o. El objeto de cada uno de los procesos; y 5o. Los fundamentos legales en que se apoye la acumulación. (Resolución del juez y apelación): El juez resolverá de plano la acumulación que se le plantee y la resolución que se dicte será apelable, ante el tribunal superior. Si los procesos se ventilaren en diferentes tribunales, una vez decretada la acumulación, el juez oficiará al tribunal o tribunales que corresponda, para que le remitan los autos. Finalmente, en los artículos 545 y 546 del Código Procesal Civil y Mercantil (norma supletoria) se dispone que: (Suspensión del proceso). Desde que se pida la acumulación quedará en suspenso la tramitación de los procesos a que aquella se refiera: sin perjuicio de que se practiquen las diligencias precautorias y urgentes. (Efectos de la acumulación). El efecto de la acumulación es que los procesos acumulados se sigan en un solo proceso y se decidan por una misma sentencia. Cuando se acumulen los procesos se suspenderá el curso del proceso que estuviere más próximo a su terminación, hasta que el otro se halle en el mismo estado,
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