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ESCRITO DE ALEGATOS EN MATERIA FAMILIAR.


Enviado por   •  3 de Mayo de 2017  •  Práctica o problema  •  1.322 Palabras (6 Páginas)  •  12.466 Visitas

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ANDREA XXXXX.

                                                                        VS

                                                        HECTOR XXXXX.

                                                        JUICIO DE ALIMENTOS.

                                                        EXPEDIENTE No. 1185/2017.

C. JUEZ SEGUNDO DE PRIMERA

INSTANCIADE LO FAMILIAR.

P R E S E N T E.

        JOSE XXXXXX, con la personalidad que tengo reconocida, comparezco dentro de los autos del juicio señalado al rubro, para exponer:

        Que estando señalada para el día de hoy la continuación de la audiencia de pruebas y alegatos, y habiendo concluido el periodo de recepción de pruebas ofrecidas, vengo con fundamento en el artículo 510 del Código Procesal Civil, a producir las siguientes breves conclusiones de:

A L E G A T O S:

ANDREA XXXXX, interpuso demanda de alimentos en contra de HECTOR XXXXX, reclamando como prestaciones; a) El pago de 36 meses de pensiones alimenticias vencidas y no pagadas por el demandado; b) El pago de una pensión alimenticia del 30% mensual de las percepciones que obtenga como empleado de la empresa INDUSTRIAL PANTALONERA, S.A. DE C.V; y, c) El pago de los gastos y costas que el presente juicio origine.

La parte actora se desistió de la demanda, ordenándose ratificar el escrito correspondiente ante la presencia judicial, lo cual no lo hizo, ocasionando que el demandado no contestara la demanda, teniéndose a éste por contestando en sentido negativo la misma, siguiéndose el juicio por sus demás trámites legales.

La actora ofreció como pruebas las documentales públicas que acompaño a su demanda, la presuncional en su doble aspecto, la instrumental de actuaciones y la confesional a cargo del demandado.

El demandado HECTOR XXXX, ofreció como pruebas supervenientes la documental privada consistente en la constancia de fecha 11 de Diciembre del presente año, expedida por la C. LIC. GABRIELA XXXX, Coordinadora General de la Universidad del Desarrollo Profesional, S.C.,  UNIDEP QUERETARO, PLANTEL “SAULO”, de esta ciudad, mediante la cual hace constar que la C. ANDREA XXXX, no es alumna de esa institución educativa.

La confesional, a cargo de la actora con el objeto de probar que la actora ANDREA XXXX, nunca ha estudiado en la UNIDEP QUERETARO, PLANTEL “SAULO”, de esta ciudad; que nunca ha asistido a clases, que nunca presentó exámenes y que interrumpió sus estudios en el mes de noviembre.

Fijada la Litis y una vez desahogadas las pruebas ofrecidas por las partes se tuvo como resultando que la parte demandada HECTOR XXXX, acreditó los elementos suficientes para que sea absuelto de la acción intentada en este juicio por los siguiente:        

ARTÍCULO 425 DEL CODIGO CIVIL. Cesa la obligación de dar alimentos en caso de injuria, falta o daño grave inferidos por el alimentista contra el que debe prestarlos, o cuando aquél llega a la mayor edad si no esta en los casos de excepción.

Al haber llegado la actora ANDREA XXXX a la mayoría de edad y por no encontrarse en alguno de los casos de excepción que marca la ley, ha cesado la obligación alimentaria del hoy demandado.

Lo anterior se acredita con el acta de nacimiento de la actora en dónde consta que es mayor de edad, y con la constancia de fecha 11 de diciembre del presente año, expedida por la C. LIC. GABRIELA XXX, Coordinadora General de la Universidad del Desarrollo Profesional, S.C.,  UNIDEP QUERETARO, PLANTEL “SAULO”, de esta ciudad, mediante la cual hace constar que la C. ANDREA XXX, no es alumna de esa institución educativa, lo que corrobora que no estudia, ni se encuentra en un estado de excepción ya que no tiene impedimento alguno para realizar una vida productiva y gobernarse por sí sola.

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