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ESTRUCTURA DEL ESTADO DE ARGENTINA


Enviado por   •  21 de Abril de 2014  •  2.841 Palabras (12 Páginas)  •  692 Visitas

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ORGANIZACIÓN TERRITORIAL Y POLÍTICA DE LA REPÚBLICA ARGENTINA.

Territorialmente, la República Argentina está organizada en 23 provincias y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en donde se encuentra la sede del gobierno federal. Las provincias dividen su territorio en departa- mentos, con la excep- ción de la provincia de Buenos Aires que lo hace en municipios denominados partidos. Los departamentos, en general, no cuentan con funciones administra- tivas, aunque en las provincias de Mendoza, San Juan y La Rioja cada departamento es un municipio. La Constitución Nacional de 1994 reconoce la autonomía municipal, pero da potestad a las provincias para reglar su alcance y contenido. Con excepción de la provincia de Buenos Aires y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, las demás provincias han firmado tratados interprovinciales de integración conformando cuatro regiones para diversos fines :

Las cuatro regiones en que se agrupan las provincias argentinas. La provincia de Buenos Aires y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en amarillo, no integran ninguna región.

• Región del Norte Grande Argentino, formada por las provincias de: Catamarca, Corrientes, Chaco, Formosa, Jujuy, Misiones, Tucumán, Salta y Santiago del Estero.

• Región del Nuevo Cuyo, formada por las provincias de: La Rioja, Mendoza, San Juan y San Luis.

• Región Patagónica, formada por las provincias de: Chubut, La Pampa, Neuquén, Río Negro, Santa Cruz y Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur.

• Región Centro, formada por las provincias de: Córdoba, Entre Ríos y Santa Fe.

ESTRUCTURA DEL ESTADO DE ARGENTINA

PODERES PUBLICOS

PODER JUDICIAL

Corresponde al Presidente de la Nación Argentina y se encarga de la administración y de cumplir los intereses del Estado Nacional .

La designación de los jueces la realiza el Presidente de la Nación con acuerdo del Senado, sobre la base de una terna integrada por candidatos seleccionados en concurso público por el Consejo de la Magistratura, órgano de composición multisectorial, a quien corresponde el control directo de los jueces y la administración del Poder judicial. Los jueces permanecen en sus cargos "mientras dure su buena conducta" y solo pueden ser removidos en caso de infracciones graves, por un Jurado de Enjuiciamiento en Ringuelet, integrado por legisladores, magistrados y abogados .

Justicia federal

De acuerdo al artículo 116 de la Constitución, corresponde a la Corte Suprema y a los tribunales inferiores de la Nación, el conocimiento y decisión de todas las causas que versen sobre puntos regidos por la Constitución, y por las leyes nacionales, salvo los casos que corresponden a la justicia provincial; y por los tratados internacionales; de las causas concernientes a embajadores, ministros públicos y cónsules extranjeros; de las causas de almirantazgo y jurisdicción marítima; de los asuntos en que la Nación Argentina sea parte; de las causas que se susciten entre dos o más provincias; entre una provincia y los vecinos de otra; entre los vecinos de diferentes provincias; y entre una provincia o sus vecinos, contra un Estado o ciudadano extranjero.

Dichas causa deben resolverse únicamente ante el fuero federal. Actuando, en tal situación, la Corte Suprema de Justicia como tribunal de apelación, si fuese el caso.

Corte Suprema de Justicia de la Nación

La Corte Suprema de Justicia de la Nación es el máximo tribunal de justicia del país. La Corte tiene competencia originaria sobre determinadas materias que se encuentran reguladas en el artículo 117 de la Constitución, entre ellas las referentes a embajadores, ministros y cónsules extranjeros y también los juicios entre provincias argentinas. Con competencia originaria se alude a que cualquier caso judicial que contenga esos elementos deberá ocurrir directamente a la Corte Suprema como órgano judicial decisor.

También es última instancia decisoria por vía de apelación (a través de un recurso extraordinario federal), si el caso suscitare una cuestión federal, que traiga aparejada la necesidad de decidir en un conflicto suscitado entre dos leyes de igual o diferente rango o respecto de tratados internacionales.

Consejo de la Magistratura

El Consejo de la Magistratura, regulado por una ley especial sancionada por la mayoría absoluta de la totalidad de los miembros de cada Cámara del Congreso, tiene a su cargo la selección en concurso público de los candidatos a jueces y la conformación de ternas, de las cuales, el Presidente de la Nación con acuerdo del Senado, elige al nuevo juez. El Consejo de la Magistratura administra también el Poder Judicial, supervisa a los jueces y pone en marcha el mecanismo para su remoción por un Jurado de Enjuiciamiento.

De acuerdo a la Constitución, debe ser integrado periódicamente de modo que se procure el equilibrio entre la representación de los órganos políticos resultante de la elección popular, de los jueces de todas las instancias y de los abogados de la matrícula federal. Debe ser integrado, asimismo, por otras personas del ámbito académico y científico, en el número y la forma que indique la ley.

Justicia provincial

Cada una de las provincias de Argentina, basándose en la autonomía reconocida por la Constitución nacional en su artículo 5, establece la administración y organización de la justicia ordinaria dentro de su territorio. Es por ello que en Argentina hay una organización judicial distinta en cada una de las provincias. Dicha organización es creada de acuerdo a cada una de las constituciones provinciales.

Cada provincia regula su sistema procesal, dictando sus propios códigos de procedimiento, aunque aplican -con diferencias de criterio adecuadas a las condiciones sociales, económicas o culturales locales- el mismo derecho de fondo o material. Así, con veinticuatro diferentes normativas procesales, siempre se aplica el mismo Código Civil, Comercial, Penal, derecho Supranacional, Tratados internacionales, etc. Siendo deseable que en la aplicación lejos de perpetuarse arquetipos o conceptos inducidos por la industria editorial concentrada en Buenos Aires, se realicen análisis jurídicos que atiendan la diversidad socio cultural de las regiones de la República Argentina.

La Ciudad Autónoma de Buenos Aires (CABA) posee un régimen especial. Hasta la reforma constitucional de 1994, la justicia en la entonces llamada Capital Federal era administrada directamente por la Nación. Luego de la reforma, que otorgó autonomía a la CABA, y de la sanción de la Constitución de la Ciudad de Buenos Aires, la Nación comenzó la transferencia de los fueros nacionales a la justicia

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