ESTRUCTURA ORGANIZATIVA DEL ESTADO
Enviado por norbelysguevara2 • 22 de Julio de 2012 • 1.666 Palabras (7 Páginas) • 5.373 Visitas
Antes de desarrollar el tema de la estructura organizativa del estado hay que tener precisado ¿qué es la Descentralización? Y es aquella en la cual las funciones del estado son llevadas a cabo por diversos órganos con competencias determinadas. Por lo tanto, la descentralización no es otra cosa que un descongestionamiento de los órganos del estado, esto se configura cuando el estado asigna a otros organismos de la administración pública competencia para conocer y dar solución a los asuntos propios de dicho ente.
Pero en un principio no era así la gran transformación política se debió al proceso de la constituyente de 1999 para perfeccionar la democracia, era efectivamente sustituir la forma estatal de la Federación Centralizada por una Federación Descentralizada, como forma de perfeccionar la democracia quedando escrito en el artículo 4 de la C.R.B.V, el cual precisa que "La República Bolivariana de Venezuela es un Estado federal descentralizado en los términos consagrados por esta Constitución…".
Características de la descentralización
• La competencias ya no radica en solamente en un órgano superior.
• Permite la creación de otros órganos.
• Cada órgano funciona de forma descentralizada, es decir, tiene sus propias atribuciones y competencias.
• Los órganos que integran la descentralización gubernamental son de diversos tipos.
La Ley Orgánica de la Administración Pública (L.O.A.P.), también es fundamental para el desarrollo de este tema lo cual establece sus objetivos primordiales, entre estos están:
• Establecer los principios y bases que rigen la organización y el funcionamiento de la Administración Pública;
• Establecer los principios y lineamientos de la organización y funcionamiento de la administración Pública Nacional y de la administración descentralizada funcionalmente;
• Regular los compromisos de gestión;
• Crear mecanismos para promover la participación y el control sobre las políticas; y
• Establecer las normas básicas sobre los archivos y registros públicos.
Ahora bien, dentro del marco de la estructura de una administración pública, se encuentran diferentes niveles de organización que son objetos de estudio, para comprender la Administración Pública Venezolana, los cuales son:
1. La Administración Pública Nacional
2. La Administración Pública Estadal
3. La Administración Pública Municipal
La estructura organizativa del estado se encuentra establecida en la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela (C.R.B.V) y lo distribuye de forma vertical y horizontal en el artículo 136 que establece “El Poder Público se distribuye entre el Poder Municipal, el Poder Estadal y el Poder Nacional. El Poder Público Nacional se divide en Legislativo, Ejecutivo, Judicial, Ciudadano y Electoral”.
Voy a desarrollar la administración pública estadal ya que es el tema que elegí para la elaboración de este trabajo. Para entender la estructura organizativa del estado a nivel estadal hay que tener en cuenta que tiene un reglamento y basamentos legales que principalmente se encuentra en la C.R.B.V en el título IV que son Del poder Público y especialmente en el capítulo III del mismo título que es Del Poder Publico Estadal.
Antes de desarrollar la estructura organizativa del estado a nivel estadal hay que definir ¿qué es el estado? Y el estado es una entidad autónoma, con plena personalidad jurídica, obligada a mantener la soberanía e integridad nacional y cumplir con lo expuesto en la Constitución, para el logro de sus competencias, conforme a lo establecido en el artículo 159 C.R.B.V.
El Poder Ejecutivo Estadal
El Poder Ejecutivo Estadal Según el artículo 160 de la Constitución de 1999, Cada Estado Federal tiene como Poder Ejecutivo un Gobernador con la posibilidad de reelección para nuevos períodos. Cada gobernador nombra un gabinete de secretarios de su confianza para diversas áreas de acuerdo a las particularidades de cada estado (en general se crea una Secretaria de Educación, de Salud, entre otros.) siendo comúnmente el Secretario General de Gobierno el de mayor importancia, además de designar a un procurador general (previa autorización del Consejo Legislativo).
Poder legislativo estadal
Poder legislativo del estado de acuerdo al artículo 162 C.R.B.V. El Consejo Legislativo es un órgano formado por entre 7 a 15 integrantes llamados "legisladores" bajo el sistema de representación proporcional de la población del Estado y de sus Municipios, pudiendo ser reelegidos para nuevos períodos y con la posibilidad de revocar su mandato a la mitad del periodo Constitucional.
El consejo legislativo tendrá las atribuciones siguientes:
• Legislar sobre las materias de la competencia estadal.
• Sancionar la ley de presupuesto del estado.
• Las demás que establezcan esta constitución y la ley.
El poder judicial estadal
El poder judicial del estado esta integrado por el Presidente o presidenta del Circuito Judicial del Estado y el Director o Directora Administrativa Regional.
Cada Estado tendrá una Contraloría que gozará de autonomía orgánica y funcional. La Contraloría del Estado ejercerá, conforme a esta Constitución y la ley, el control, la vigilancia y la fiscalización de los ingresos, gastos y bienes estadales, sin menoscabo del alcance de las funciones de la Contraloría General de la República. Dicho órgano actuará bajo la dirección y responsabilidad de un Contralor o Contralora, cuyas condiciones para el ejercicio del cargo serán determinadas por la ley, la cual garantizará su idoneidad e independencia; así como la neutralidad en su designación, que será mediante concurso público, comforme a lo establecido al articulo 163 C.R.B.V.
Es de la competencia de los estados:
1. Dictar su Constitución para organizar los poderes públicos, de conformidad con lo dispuesto en
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