ETAPA PRELIMINAR
Enviado por alisconri • 5 de Noviembre de 2014 • 1.002 Palabras (5 Páginas) • 1.511 Visitas
ETAPA PRELIMINAR:
Esta etapa también la podemos denominar como previa, antes de que un juicio civil -por citar alguno- inicie, hay veces que es necesario recabar cierta información o realizar una determinada acción para que inicie de manera efectiva un juicio.
ACTOS PREJUDICIALES:
Son todas aquellas diligencias o gestiones que se desenvuelven ante los órganos jurisdiccionales o autoridades de otro tipo y que los sistemas procesales legales consideran convenientes, o incluso indispensables para dar posteriormente lugar al inicio de un proceso jurisdiccional.
Los actos prejudiciales, son como en su nombre lo indica trámites que se realizan antes de un juicio, y ante una autoridad judicial (juez), estos actos se realizan para la conveniencia del actor (el que demanda) para transformar carencias o eliminar dudas del proceso, así como prevenir y garantizar el buen desarrollo de un juicio.
MEDIOS PREPARATORIOS:
La ley procesal precisa cuáles son los medios preparatorios y la manera en que se
tramitan cada uno de ellos. Entre los preceptos legales más sobresalientes están
los siguientes:
El juicio podrá prepararse:
I. Pidiendo declaración bajo protesta el que pretende demandar, de aquél contra
quien se propone dirigir la demanda acerca de algún hecho relativo a su
personalidad o a la calidad de su posesión o tenencia;
II. Pidiendo la exhibición de la cosa mueble que haya de ser objeto de la acción
real que se trate de entablar;
III. Pidiendo el legatario o cualquier otro que tenga el derecho de elegir una o más
cosas entre varias, la exhibición de ellas;
IV. Pidiendo el que se crea heredero, coheredero o legatario, la exhibición de un
Testamento;
V. Pidiendo el comprador al vendedor, o el vendedor al comprador, en el caso de
Evicción, la exhibición de títulos u otros documentos que se refieran a la cosa
Vendida;
VI. Pidiendo un socio o comunero la presentación de los documentos y cuentas de
la sociedad o comunidad, al consocio o condueño que los tenga en su poder;
VII. Pidiendo el examen de testigos, cuando éstos sean de edad avanzada o se
hallen en peligro inminente de perder la vida, o próximos a ausentarse a un lugar
con el cual sean tardías o difíciles las comunicaciones, y no pueda deducirse aún.
DEL JUICIO EN GENERAL:
Juicio, en sentido propio, es la acción y efecto de juzgar, operación sustancial de la jurisdicción, consistente en decir el Derecho en el caso concreto.
En sentido amplio e incluso legalmente, el término juicio es sinónimo de proceso. La voz juicio presenta una connotación más directamente relativa a lo nuclear de la jurisdicción, mientras que el término proceso tiene una carga semántica en la que se subraya la serie o sucesión de actos, jurídicamente regulados, que parece instrumental del juicio.
Juicio designa también el acto procesal público en el que los defensores de las partes, o éstas mismas en ciertos casos, exponen ante el tribunal los distintos argumentos en defensa de sus respectivas posiciones y practican las pruebas.
DEL JUICIO ARBITRAL:
Procedimiento similar a un juicio: hay una controversia con demandante, demandado, un tercero
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