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ETP tarea 1


Enviado por   •  12 de Diciembre de 2017  •  Tarea  •  2.128 Palabras (9 Páginas)  •  562 Visitas

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  1. Explica que es “El Decálogo Prehospitalario” y realiza un esquema que lo represente (1 punto)

También llamado cadena asistencial, es un protocolo secuenciado de actitudes cuyo objetivo básico es simplificar y concretar cada paso de actuación de forma ordenada, con el fin de dar una respuesta eficiente y segura en cada momento.

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  1. Se aproxima a un helicóptero ¿Qué diferentes factores tenemos que tener en cuenta? (1 punto)

Debemos acceder al helicóptero cuando el piloto o el auxiliar de vuelo nos den autorización. Después de esto, debemos acercarnos por la parte delantera del helicóptero puesto que es la más segura, y si estamos en una pendiente o ladera, accederemos subiendo la cuesta y nunca bajándola, de manera que la distancia de las aspas esté lo más lejos posible de la cabeza. También deberemos tener en cuenta la fijación de todo el material y herramientas que llevemos y que podrían salir despedidas por el aire del rotor y no llevar objetos que sobresalgan de la altura de la cabeza.

  1. Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de prevención de riesgos laborales (BOE de 10/11/95)

  1. ¿Qué principios generales establece la ley en relación con la prevención de riesgos profesionales para la protección de la seguridad y la salud? (1 punto)

Los principios generales son la eliminación o disminución de los riesgos derivados del trabajo, la información, la consulta, la participación equilibrada y la formación de los trabajadores en materia preventiva.

  1. ¿Cuál es el objeto de la ley? ¿Cuáles son los principios de la acción preventiva? (1 punto)

La ley tiene por objeto promover la salud y la seguridad de los trabajadores mediante la aplicación de medidas, y el desarrollo de las actividades necesarias para la prevención de riesgos derivados del trabajo. Busca anticiparse y actuar antes de que suceda algo, con el fin de impedirlo o evitar sus efectos.

Los principios de la acción preventiva se basan en la actuación a tres niveles:

1. El origen, evitando su generación.

2. La transmisión, evitando su propagación.

3. El trabajador, evitando lesiones.

El artículo 15 de esta ley concreta de la siguiente manera:

1. El empresario aplicará las siguientes medidas:

a) Evitar los riesgos.

b) Evaluar los riesgos que no se puedan evitar.

c) Combatir los riesgos en su origen.

d) Adaptar el puesto de trabajo a la persona, así como a la elección de los equipos y los métodos de trabajo y de producción, con vistas a disminuir el trabajo monótono y repetitivo y a reducir los efectos del mismo en la salud.

e) Tener en cuenta la evolución de la técnica.

f) Sustituir lo peligroso por cosas menos o nada peligrosas.

g) Planificar la prevención teniendo en cuenta todo el contexto de la situación

h) Adoptar medidas que antepongan la protección colectiva a la individual.

i) Dar las debidas instrucciones a los trabajadores.

2. El empresario tendrá en cuenta las capacidades profesionales y la salud de los trabajadores en el momento de encomendarles las tareas.

3. El empresario deberá garantizar que sólo los trabajadores que hayan recibido información suficiente y adecuada puedan acceder a las zonas de peligro

4. Se deberán prever las distracciones o imprudencias no temerarias que pudiera cometer el trabajador con medidas que tendrán en cuenta los riesgos adicionales que pudieran implicar dichas medidas preventivas, las cuales sólo podrán adoptarse cuando no existan alternativas más seguras.

5. Podrán concertar operaciones de seguro que tengan como fin garantizar como ámbito de cobertura la previsión de riesgos derivados del trabajo, la empresa respecto de sus trabajadores, los autónomos respecto a ellos mismos y las cooperativas respecto a sus socios.

  1. La Ley regula las actuaciones de las administraciones públicas, los empresarios, los trabajadores y la representación de los trabajadores. Confecciona una tabla para relacionar estas actuaciones con las competencias que les corresponde a cada parte. (1 punto)

ACTUACIONES PARA LA PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES

Trabajadores

Representantes de los trabajadores

Empresario

Administraciones públicas.

Usar adecuadamente las máquinas, aparatos, herramientas, sustancias peligrosas, equipos de transporte y otros medios con los que desarrollen su actividad.                      - Utilizar correctamente los medios y equipos de protección facilitados por el empresario, de acuerdo con las instrucciones recibidas de éste.

- No poner fuera de funcionamiento y utilizar correctamente los dispositivos de seguridad existentes.

- Informar a su superior y a los trabajadores designados para realizar actividades de protección y de prevención, acerca de cualquier situación que entrañe un riesgo para la seguridad y la salud de los trabajadores.

- Contribuir al cumplimiento de las obligaciones establecidas por la autoridad competente con el fin de proteger la seguridad y la salud de los trabajadores en el trabajo.

- Cooperar con el empresario para que éste pueda garantizar unas condiciones de trabajo que sean seguras.

- Colaborar con la dirección de la empresa en la mejora de la acción preventiva.

- Promover y fomentar la cooperación de los trabajadores en la ejecución de la normativa sobre prevención de riesgos laborales.

- Ser consultados por el empresario, acerca de las decisiones que se tomen antes de tomarlas.

- Ejercer una labor de vigilancia y control sobre el cumplimiento de la normativa de prevención de riesgos laborales.

- Adoptar las medidas necesarias con el fin de que los equipos de trabajo sean adecuados para el trabajo que deba realizarse y convenientemente adaptados de forma que garanticen la seguridad y la salud de los trabajadores al utilizarlos.

- Proporcionar a sus trabajadores equipos de protección individual adecuados para el desempeño de sus funciones y velar por el uso efectivo de los mismos cuando sean necesarios.

- Adoptar las medidas adecuadas para que los trabajadores reciban todas las informaciones necesarias en relación con los riesgos derivados de su situación laboral.         - Consultar a los trabajadores, y permitir su participación, en todas las cuestiones que afecten a la seguridad y a la salud en el trabajo.               - Garantizar que cada trabajador reciba una formación teórica y práctica, suficiente y adecuada                      - Garantizar a los trabajadores la vigilancia periódica de su estado de salud en función de los riesgos del trabajo.                    - Elaborar y conservar a disposición de la autoridad laboral la documentación pertinente a esta ley como por ejemplo el Plan de Prevención de Riesgos Laborales.      - Analizar las posibles situaciones de emergencia y adoptar las medidas necesarias en materia de primeros auxilios, lucha contra incendios y evacuación de los trabajadores, designando para ello al personal encargado si es necesario.            - Informar lo antes posible a todos los trabajadores afectados acerca de la existencia de un riesgo grave o inminente, adoptar medidas para ello e informar de las medidas a sus trabajadores facilitando las comunicaciones.

- Participar en la elaboración, puesta en práctica y evaluación de los planes y programas de prevención de riesgos de la empresa.

Promover iniciativas sobre métodos y procedimientos para la efectiva prevención de los riesgos, proponiendo a la empresa la mejora de las condiciones o la corrección de las deficiencias existentes.

  1. REAL DECRETO 664/1997, de 12 de mayo, protección de los trabajadores contra los riesgos relacionados con la exposición a agentes biológicos durante el trabajo

  1. Enumera y comenta las obligaciones del empresario sobre la vigilancia de la salud de los trabajadores. (1 punto)

1. El empresario garantizará una vigilancia adecuada y específica de la salud de los trabajadores en relación con los riesgos por exposición a agentes biológicos, realizada por personal sanitario competente. Dicha vigilancia deberá ofrecerse a los trabajadores en las siguientes ocasiones:

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