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Eduación Preescolar


Enviado por   •  3 de Septiembre de 2011  •  379 Palabras (2 Páginas)  •  643 Visitas

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1) FUNCIÓN DE LA ESCUELA EN LA ATENCIÓN DE NIÑOS EN SITUACIONES DE RIESGO

La escuela, por el rol fundamental e indelegable que desempeña en la vida infantil, es el lugar privilegiado para promover la defensa y la vigencia de los derechos de la infancia, como así también para detectar su posible vulneración (Bringiotti, 2000). El papel de la escuela en relación con la detección del maltrato infantil se considera fundamental ya que podría permitir un abordaje precoz que favoreciera una evaluación de la situación y de los daños que ella implica, posibilitando un trabajo que podría modificar la situación del maltrato.

Las autoridades escolares deben transformarse en participantes activos en la prevención del abuso infantil en cualquiera de sus formas. Es por ello que todos aquellos actores involucrados más directamente con el cuidado y tutela del niño (docentes comunes y de escuelas especiales, personal de guarderías o jardines de infantes, personal de salud, institutos de rehabilitación para niños con discapacidades físicas, asistentes sociales de organismos oficiales, etc.) deben recibir capacitación adecuada para cumplir con su obligación de desarrollar tareas de prevención, identificación y comunicación o denuncia del maltrato infantil en cualquiera de sus formas.

a) Identificación

Este paso ante la sospecha o evidencia de un incidente de maltrato es su comunicación o denuncia ante los organismos oficiales pertinentes. El maltrato a un niño está penalizado por la ley (Código del niño, niña y adolescente) y el comunicarlo a la autoridad es un derecho para el ciudadano común y una obligación para los empleados públicos en general y maestros, docentes, médicos, enfermeras, asistentes sociales, en particular, por las características de su trabajo. El denunciante no tiene que probar el maltrato, ni cómo o cuándo sucedió el mismo ni por qué investigar; una vez hecha la comunicación, será la justicia quien lo haga.

b) Denuncia o comunicación

Una vez hecha la denuncia o comunicación, el juzgado civil está automáticamente involucrado en su seguimiento. Formulada por cualquier medio la denuncia, el juez, al tomar conocimiento de los hechos que motivaron la denuncia, podrá ordenar la exclusión del autor del maltrato, de la vivienda donde habita el grupo familiar, prohibiendo el acceso de éste al domicilio del damnificado, como a los lugares de trabajo o estudio y decretar provisoriamente alimentos, tenencia y derecho de comunicación con los hijos.

c) Evaluación inicial e investigación

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