Educacion Venezuela Leyes
Enviado por Franpii • 30 de Julio de 2014 • 673 Palabras (3 Páginas) • 446 Visitas
Articulo 102 de la constitución de Venezuela
“La educación es un derecho humano y un deber social fundamental, es democrática, gratuita y obligatoria. El Estado la asumirá como función indeclinable y de máximo interés en todos sus niveles y modalidades, y como instrumento del conocimiento científico, humanístico y tecnológico al servicio de la sociedad. La educación es un servicio público y está fundamentado en el respeto a todas las corrientes del pensamiento, con la finalidad de desarrollar el potencial creativo de cada ser humano y el pleno ejercicio de su personalidad en una sociedad democrática basada en la valoración ética del trabajo y en la participación activa, consciente y solidaria en los procesos de transformación social consustanciados con los valores de la identidad nacional, y con una visión latinoamericana y universal. El Estado, con la participación de las familias y la sociedad, promoverá el proceso de educación ciudadana de acuerdo con los principios contenidos de esta Constitución y en la ley “.
Análisis del artículo 102 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.
Uno de los mandatos constitucionales, más importantes de nuestra carta magna. La educación como derecho personal y deber social es fundamental, con las características de: democrática, gratuita y obligatoria, fundamentada en el respeto a todas las corrientes de pensamiento, integral, de calidad, permanente, en igualdad de condiciones y oportunidades, nos dice que “La Educación es una necesidad y un bien público, es derecho y es deber en la actualidad”. La educación se plantea entonces, como una necesidad personal, un bien público, un derecho permanente e irrenunciable.
La educación es la base de una nación en ella recae el futuro y el desarrollo sostenible de la misma
Articulo 6 de la LOE
Artículo 6. El Estado, a través de los órganos nacionales con competencia en materia Educativa, ejercerá la rectoría en el Sistema Educativo. En consecuencia:
1. Garantiza:
a. El derecho pleno a una educación integral, permanente, continua y de calidad para todos y todas con equidad de género en igualdad de condiciones y oportunidades, derechos y deberes.
b. La gratuidad de la educación en todos los centros e instituciones educativas oficiales hasta el pregrado universitario.
c. El acceso al Sistema Educativo a las personas con necesidades educativas o con discapacidad, mediante la creación de condiciones y oportunidades. Así como, de las personas que se encuentren privados y privadas de libertad y de quienes se encuentren en el Sistema Penal de Responsabilidad de adolescentes.
d. El desarrollo institucional, permanencia y óptimo funcionamiento de las misiones educativas en sus distintas modalidades.
e. La continuidad de las actividades educativas, en cualquier tiempo y lugar, en las instituciones,
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