Educación intercultural e intercultural bilingüe
Enviado por andreinaa • 3 de Diciembre de 2012 • Tutorial • 324 Palabras (2 Páginas) • 332 Visitas
Artículo 26. Las modalidades del Sistema Educativo son variantes educativas
para la atención de las personas que por sus características y condiciones
específicas de su desarrollo integral, cultural, étnico, lingüístico y otras,
requieren adaptaciones curriculares de forma permanente o temporal con el fin
de responder a las exigencias de los diferentes niveles educativos.
Son modalidades: La educación especial, la educación de jóvenes, adultos y
adultas, la educación en fronteras, la educación rural, la educación para las artes,
la educación militar, la educación intercultural, la educación intercultural
bilingüe, y otras que sean determinada por reglamento o por ley. La duración,
requisitos, certificados y títulos de las modalidades del Sistema Educativo
estarán definidos en la ley especial de educación básica y de educación
universitaria.
Educación intercultural e intercultural bilingüe
Artículo 27. La educación intercultural transversaliza al Sistema Educativo y
crea condiciones para su libre acceso a través de programas basados en los
principios y fundamentos de las culturas originarias de los pueblos y de
comunidades indígenas y afrodescendientes, valorando su idioma, cosmovisión,
valores, saberes, conocimientos y mitologías entre otros, así como también su
organización social, económica, política y jurídica, todo lo cual constituye
patrimonio de la Nación. El acervo autóctono es complementado
sistemáticamente con los aportes culturales, científicos, tecnológicos y
humanísticos de la Nación venezolana y el patrimonio cultural de la humanidad.
La educación intercultural bilingüe es obligatoria e irrenunciable en todos los
planteles y centros educativos ubicados en regiones con población indígena,
hasta el subsistema de educación básica.
La educación intercultural bilingüe se regirá por una ley especial que desarrollará
el diseño curricular, el calendario escolar, los materiales didácticos, la formación
y pertinencia de los docentes correspondientes a esta modalidad.
Educación en fronteras
Artículo 28. La educación en fronteras tendrá como finalidad la atención
educativa integral de las personas que habitan en espacios geográficos de la
frontera venezolana, favoreciendo su desarrollo armónico y propiciando el
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