Efectos De Las Obligaciones Alternativas.
Enviado por Marietarle • 21 de Julio de 2012 • 822 Palabras (4 Páginas) • 2.253 Visitas
Efectos de las obligaciones alternativas.
El acreedor no podrá demandar una cosa específica, sino en el orden en que se deban
Si la elección es del deudor, este podrá destruir y enajenar las cosas debidas alternativamente, dejando una de ellas para el cumplimiento de la obligación, si es del acreedor no podrá enejaran o destruir ninguna de ellas
Si se destruye una de las cosas debidas alternativamente, la obligación subsiste en las restantes, si subsiste solo una se deberá ella.
Si perecen todas las cosas sin culpa del deudor, se extingue la obligación.
Las obligaciones alternativas revisten características:
La elección es generalmente del deudor, pero puede corresponder al acreedor
Los objetos se deben bajo la condición de que sean elegidos para el pago
La obligación será mueble o inmueble según lo sea el objeto elegido para el pago
El deudor debe pagar enteramente con una de las cosas debidas
No es necesario que las cosas debidas sean equivalentes
Obligaciones alternativas.
Son aquellas en que se deben varias cosas, de manera que la ejecución de una de ellas, exonera de la ejecución de las otras (1499)
OBLIGACIONES ALTERNATIVAS.
Son aquellas obligaciones en que se deben dos o más objetos de tal manera que el deudor extingue la obligación pagando con uno de ellos. La elección del objeto debido es normalmente del deudor, sin embargo, puede las partes, convenir que elija el acreedor.
Aquí hay una obligación con varios objetos, y por lo tanto, mientras exista uno de ellos, aunque los demás se hallan hecho imposibles, la obligación subsiste. En estas obligaciones la elección de entregar que cosa para cumplir la prestación es del deudor. El escoge con cuales de los tres objetos que debe, va a pagar.
ARTICULO 1556. . Obligación alternativa es aquella por la cual se deben varias cosas, de tal manera que la ejecución de una de ellas exonera de la ejecución de las otras.
ARTICULO 1557. . Para que el deudor quede libre, debe pagar o ejecutar en su totalidad una de las cosas que alternativamente deba; y no puede obligar al acreedor a que acepte parte de una y parte de otra. La elección es del deudor, a menos que se haya pactado lo contrario.
ARTICULO 1558. . Siendo la elección del deudor, no puede el acreedor demandar determinadamente una de las cosas debidas, sino bajo la alternativa en que se le deben.
ARTICULO 1559. . Si la elección es del deudor, está a su arbitrio enajenar o destruir cualquiera de las cosas que alternativamente debe mientras subsista una de ellas.Pero si la elección es del acreedor, y alguna de las cosas que alternativamente se le deben perece por culpa del deudor, podrá el acreedor, a su arbitrio, pedir el precio de esta cosa y la indemnización de perjuicios, o cualquiera de las cosas restantes. ARTICULO 1560. . Si una
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