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Ejemplo de contrato privado de arrendamiento


Enviado por   •  16 de Octubre de 2015  •  Apuntes  •  2.884 Palabras (12 Páginas)  •  506 Visitas

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CONTRATO PRIVADO DE ARRENDAMIENTO QUE CELEBRAN POR UNA PARTE LA   SRA. ROSA ISABEL CRUZ LARA, A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARA “EL ARRENDADOR” Y POR OTRA PARTE EL SR. JOEL REYES TERRON QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARA “EL INQUILINO O ARRENDATARIO”, DEL INMUEBLE UBICADO EN LA CALLE DE GRACIANO SANCHEZ  NO. 1485 DEPTO. 2 ENTRE NOTIVER Y DICTAMEN, DE LA COLONIA CARRANZA, EN BOCA DEL RIO, VER. Y QUE EN LO SUCESIVO SE LLAMARA “EL INMUEBLE”, Y LA SRA. SAGRARIO USCANGA GONZALEZ, CON EL CARÁCTER DE “AVAL Y/O OBLIGADO SOLIDARIO” AL TENOR DE LAS SIGUIENTES DECLARACIONES Y CLAUSULAS.

D E C L A R A C I O N E S

I. DECLARA “EL ARRENDADOR” SRA. ROSA ISABEL CRUZ LARA, BAJO PROTESTA DE DECIR VERDAD:

a) Ser  mayor de edad, de nacionalidad mexicana, y que cuenta con la  capacidad legal necesaria para celebrar el presente Contrato de arrendamiento y es su deseo celebrar el presente contrato con el propósito de otorgar a “EL ARRENDATARIO”  en arrendamiento “EL DEPARTAMENTO”  que se refiere en el inciso B que precede y obligarse en los términos  y lineamientos establecidos en el presente contrato.

b) Ser legítimo propietario del Inmueble ubicado en la calle de Graciano Sanchez  no. 1485 depto. 2 entre Notiver Y Dictamen, de la Colonia Carranza, en Boca del Rio, ver y tener la plena posesión del mismo lo cual acredita con los títulos de propiedad correspondientes.

c) Que  “EL INMUEBLE” objeto del presente contrato se encuentra libre de cualquier, embargo o carga alguna y al corriente del pago de todos sus servicios e impuestos correspondientes.

II. DECLARA “EL ARRENDATARIO” SR. JOEL REYES TERRON, BAJO PROTESTA DE DECIR VERDAD:

a) Ser una persona física, de nacionalidad mexicana, que cuenta con la capacidad legal necesaria para celebrar el presente Contrato y obligarse en los términos que en el mismo se contienen, identificándose con la Credencial de Elector  con  folio   No. 0030064766252 expedida por el IFE.

b) Que es su voluntad celebrar el presente contrato de arrendamiento respecto del inmueble ubicado en la calle de Graciano Sanchez  no. 1485 depto. 2 entre Notiver y Dictamen, de la Colonia Carranza, en Boca del Rio, Ver, reconociendo como propietario del mismo a la Sra. Rosa Isabel Cruz Lara.

c) Que señala como domicilio para oír y  recibir notificaciones  el ubicado en la calle de Graciano Sanchez  no. 1485 depto. 2 entre Notiver y Dictamen, de la Colonia Carranza, en Boca del Rio, Ver

III. DECLARA  “EL AVAL U OBLIGADO SOLIDARIO”  SRA. SAGRARIO USCANGA GONZALEZ, BAJO PROTESTA DE DECIR VERDAD:

a) Ser una persona física, de nacionalidad mexicana,  que es su voluntad firmar el presente contrato en calidad de Aval u Obligado Solidario, identificándose con la Credencial de Elector Folio No. 0512120859603 expedida por el IFE.

b) Tener su domicilio ubicado en la Calle Sierra No 1383 del Fraccionamiento Costa de Oro en el Municipio de Boca del Rio, Veracruz.

c) Que en su carácter de Aval y/o Obligado solidario y con el objeto de garantizar el cumplimiento de las obligaciones contenidas en el presente contrato, exhibe copia de las escrituras relativas, pasado ante la fe del Lic. Omar Falcon Aburto, Notario Público No. 12 de la demarcación judicial de Orizaba, Ver., inscrita en forma definitiva en el Registro Público de la Propiedad de Orizaba, Ver. Bajo el No. 3969, a fojas 27265 a 27271, de la Sección  Primera, en fecha 23 de Diciembre del 2010, mismas que se encuentran libres de gravamen.

Expuestas las anteriores declaraciones las partes están de acuerdo en celebrar el presente Contrato, sujetando su realización y cumplimiento a la observación de lo pactado en las siguientes:

CLAUSULAS

CLAUSULA 1.- OBJETO DEL CONTRATO

1.1 El  presente contrato tiene por objeto que “ EL ARRENDADOR” de en arrendamiento a “EL ARRENDATARIO”  quien recibe en tal calidad “ EL INMUEBLE”  ubicado en la calle de Graciano Sánchez  no. 1485 depto. 2 entre Notiver y Dictamen, de la Colonia Carranza, en Boca del Rio, Ver.,  con todo lo que la misma de hecho y por derecho  corresponda, reconociendo a la Sra. Rosa Isabel Cruz Lara, como el legitimo propietario de la misma y cuyo uso será de CASA HABITACION, COMPROMETIENDOSE CON EL ARRENDADOR, AVAL O QUIEN LEGALMETE LO REPRESENTE de todo lo relacionado con el cumplimiento del presente contrato, queda entendido el Arrendatario que el Inmueble será de uso LICITO y legal según las leyes de la República Mexicana.

1.2 Por la celebración del presente Contrato “EL ARRENDATARIO”,  su familia, personal doméstico y visitas del Arrendatario tendrán derecho a utilizar el Inmueble para destinarlo adecuadamente al uso de “CASA HABITACION”.

1.3 “EL ARRENDATARIO” a la firma de este contrato, acepta haber inspeccionado” EL DEPARTAMENTO” objeto del mismo, cerciorándose que se encuentra en perfectas condiciones de pintura, repello, servicios sanitarios completos, impermeabilización, instalación eléctrica, puertas, ventanas, vidrios, cerraduras, cocina, sistema de gas, minisplit (mantenimiento del clima es por parte del Arrendatario). “EL ARRENDATARIO” recibe el Inmueble en el estado físico que guarda a esta fecha para uso normal del mismo y a su entera satisfacción obligándose a devolverlo en las mismas condiciones.

1.4 “EL ARRENDATARIO” acepta que será por su exclusiva cuenta el mantenimiento del “EL DEPARTAMENTO” en general,  entendiéndose como tal, todo tipo de reparación menor y reposición de faltantes que el bien necesite para su habitación y que hayan sido causados por el mismo o por personas a quienes se le haya permitido el acceso.

“EL ARRENDADOR” está de acuerdo en reparar en un término no mayor de 3 días, una vez que haya sido notificado por escrito por parte del “ARRENDATARIO”, todos aquellos desperfectos que por vicios ocultos o cualquier falla o defecto de construcción  pudiera tener o presentarse en el inmueble objeto de este contrato. “EL ARRENDATARIO” no podrá efectuar dichas reparaciones ni solicitar al “ARRENDADOR” devolución alguna de sus importes, ni descontarlos de la renta mensual, cualquiera que sea su costo, salvo previa autorización por escrito de parte del “ARRENDADOR”.

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