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El Adulterio Como Causal De Divorcio


Enviado por   •  1 de Diciembre de 2013  •  2.533 Palabras (11 Páginas)  •  435 Visitas

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Enviado por bigbloodbrother1@hotmail.com

1.

2. Antecedentes históricos

3. Adulterio

4. El divorcio

5. Adulterio como causal de divorcio

6. Causas psicológicas

7. Repercusiones de la conducta de adulterio y del recurso del divorcio

8. Conclusión

9. Bibliografía

INTRODUCCION.

El adulterio como causal de divorcio es un tema realmente interesante ya que involucra el estudio de diversas áreas como son la psicología, la sociología, la religión entre otras, en esta investigación tratare de hacer visualizar las definiciones de cada una de los elementos históricos, legales y de comportamiento, el por que y cuales son las posibles causas que llevan al ser humano a incurrir en esta acción así como las consecuencias para los individuos que intervienen y la repercusión que esto tiene en la sociedad.

CAPITULO 1

ANTECEDENTES HISTORICOS.

Desde la antigüedad el adulterio se ha considerado una conducta deleznable e inaceptable para la vida en sociedad e incluso es condenada para la mas alta deidad de nuestra raza humana, el mismo ser supremo llamado Dios, Jehová o Yahvé según la idiosincrasia y credo de cada uno de los seres que habitan en este planeta y que tienen por fe el cristianismo, Él ha condicionado esta conducta estipulándola en uno de los primeros códigos que regularon la conducta del hombre en sociedad, la Biblia, precisamente en los diez mandamientos dictándolo por su propia voz a Moisés en el Monte Sinaí.

En este documento Él dejó asentado en el libro del Éxodo capitulo veinte versículo catorce, que a la letra dice: "No cometerás adulterio", dejando en claro que esta conducta es intolerable para Él, recalcándolo en el versículo diesiciete que reza: "…no codiciaras la mujer de tu prójimo….", asentando que tal vez como lo vemos en nuestra época son los congéneres del sexo masculino quienes cometen esta falta mas frecuentemente, aunque no siempre suele ser de esa manera ya que también las mujeres caen en esta conducta aunque en menos ocasiones.

La forma en que se castigaba era de una manera tal que pondría a pensar dos veces a alguien que en estos días deseara realizar una conducta adulterina.

Los castigos y penitencias iba desde la expulsión de las comunidades hasta la pena máxima que era la de morir apedreado (o apedreada), además del escarnio publico, es en la Biblia donde podemos encontrar un relato que nos ilustra esta situación, en el cual Jesucristo es quien absuelve a una mujer de este pecado además de defenderla del la muchedumbre diciendo "…quien esté libre de pecado, que tire la primera piedra…"(San Juan Cáp. 8 Ver. 2 – 11) este pasaje nos ilustra como era condenado el adulterio en esa época y la forma de ser castigado que era además un castigo aplicado por la comunidad y en publico.

Jesucristo mismo trato el adulterio en sus enseñanzas afirmando que este era denigrante y que el divorcio era aceptable para Él, en muchas ocasiones citó que si un hombre repudiaba a su mujer por causa de adulterio debería de darle carta de divorcio, además de entregarla a los jueces y sacerdotes para que ellos determinaran la forma en que debería ser castigada.

Estos antecedentes son los que, debido a la conquista de los españoles y la imposición de sus creencias englobadas en el catolicismo se conocen como normas de conducta que nosotros seguimos por costumbre.

CAPITULO 2

ADULTERIO.

Podríamos entender por adulterio como la violación de la fe conyugal, y, como causal una situación que anuncia relación o causa de efecto .

No siempre se ha dado a la palabra adulterio la misma significación. En el derecho romano, el estado de la mujer era lo único que determinaba el adulterio, que así existía independientemente del estado del hombre, al cual para nada se atendía cuando la mujer era casada; y se tenía por estupro el comercio sexual del hombre casado con mujer que no lo fuera.

De ahí nació la distinción que hizo que sólo fuera punible, en un principio el adulterio de la mujer. Posteriormente el cristianismo sobre la base de la monogamia y de haber considerado el matrimonio como un sacramento extendió el adulterio a los casos en que el hombre fuera casado, y los canonistas establecieron que existía ese delito, siempre que se violaba la fe conyugal, ya fuera por la esposa o por el marido; según la iglesia, el adulterio fue accesus ad alterius torum.

Constantino declaró ser el adulterio causa de divorcio, cualesquiera de los cónyuges que fuese el culpable, siguiendo las tendencias del cristianismo, aunque posteriormente vinieron restricciones para la mujer, para formular la acusación de adulterio contra el marido.

El código de las partidas, (partida 7, título 17, I-1a.), expresa la confusión existente sobre el punto, en aquella época, definiéndola como "yerro que ome faze a sabiendas, yaciendo con mujer casada o desposada con otro"; tomando en cuenta la etimología de la palabra compuesta de las latinas alterius et torum, que quieren decir como "ome" que va o fue al lecho de otro y atendiendo sólo a las consecuencias más graves que podía tener el adulterio de la mujer principalmente, y así a la mujer le estaba vedado acusar al marido por adulterio.

Justiniano estableció en la novela 117, que el adulterio del marido era una causa de divorcio para la mujer, aunque no se igualó a ambos consortes en el derecho de acusar y pretender el divorcio, aun cuando fuera el mismo delito, ya que se exigían para el caso del marido, condiciones especiales: como las de que el delito se perpetrara en la casa común o fuese convicto de vivir habitualmente con la concubina.

Tales son los orígenes de los preceptos existentes en la mayor parte de las legislaciones, con relación al adulterio que, por lo general, se contraen a establecer diferencias en cuanto a la pena de el, como delito, pero que no lo definen ni precisan su existencia, ni menos se señalan sus medios de comprobación.

De aquí que como elemento del hecho en sí, deben subsistir las definiciones antiguas, sólo modificadas en cuanto a que las condiciones del hombre pueden también ser motivo de adulterio, y como todas esas definiciones requieren esencialmente la demostración de la existencia del acto carnal entre los autores, es preciso acreditar el mismo por los medios que el derecho procesal establece.

Ahora bien, el sentenciador puede en este punto hacer uso de la facultad que le otorga la ley en materia de apreciación de las pruebas, para no estimar acreditado el adulterio, y la estimación, siendo una facultad subjetiva del sentenciador, no puede dar lugar, con su ejercicio, a violación de garantías individuales.

Indudablemente

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