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El Concurso Mercantil


Enviado por   •  20 de Noviembre de 2012  •  6.045 Palabras (25 Páginas)  •  1.122 Visitas

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EL CONCURSO MERCANTIL

¿Qué es el Concurso Mercantil?

El Concurso Mercantil es una figura juridica a la que pueden acceder las empresas que tengan vencidas mas del 35% de sus obligaciones, o que no tengan activos para cubrir el 80% de sus obligaciones vencidas, para afrontar situaciones de crisis.

Tambien se le puede definir al Concurso Mercantil como un proceso especial de interés público que tiene como finalidad principal conservar a las empresas y evitar que el incumplimiento generalizado de sus obligaciones de pago ponga en riesgo su vialidad, así como de las demás emprezas con las que mantienen interrelaciones de negocios.

Legislación aplicable al Concurso Mercantil:

• Código de Comercio.

• Legislación Mercantil.

• Usos mercantiles especiales y generales.

• Código Federal de Procedimientos Civiles.

• Código Civil Federal.

• Ley de Concurso Mercantil.

Tipos de Concurso Mercantil:

Existen 2 tipos de concurso mercantil:

• El primero se da cuando el propio comerciante solicita se lleve a cabo el concurso, este tipo de concurso es llamado Concurso Mercantil Voluntario.

• El segundo tipo de Concurso Mercantil se llama Necesario: cuando lo solicitan los acreedores o el Ministerio Público.

Personas afectas al Concurso Mercantil:

Todos los comerciantes pueden ser sujetos a concurso, siempre que cumplan con las particularidades siguientes:

• Los pequeños comerciantes sólo pueden ser declarados en concurso cuando aceptan someterse voluntariamente y por escrito a la Ley de Concursos Mercantiles.

• El comerciante que haya suspendido o terminado la operación de su empresa puede ser declarado en concurso cuando incumpla generalizadamente en el pago de las obligaciones contraídas por dicha operación.

• La declaración de concurso de una sociedad trae como consecuencia que los socios ilimitadamente responsables sean considerados en concurso.

• La declaración de concurso de uno o más socios-ilimitadamente responsables no producirá, por sí sola, el de la sociedad.

• Las sucursales de empresas extranjeras pueden ser declaradas en concurso, la declaración sólo comprenderá los bienes derechos localizados, exigibles en el territorio nacional y a los acreedores por operaciones realizadas con dichas sucursales.

Procedencia del Concurso Mercantil.

el Concurso Mercantil se da por el incumplimiento generalizado del comerciante en el pago de sus obligaciones, observando que:

➢ Se entiende que un comerciante incumplió generalizadamente en el pago de sus obligaciones por:

• Inexistencia o insuficiencia de bienes al practicarse un

embargo en su contra.

• Pretender ejecutarse, sin éxito, una sentencia ejecutoria dictada en su contra.

• Por el incumplimiento en el pago de sus obligaciones dos o más acreedores distintos.

➢ Se presume que un comerciante incumplió generalizadamente en el pago de sus obligaciones por:

• Inexistencia o insuficiencia de bienes en qué trabar un embargo o al pretender ejecutar una sentencia ejecutoria.

• Incumplimiento en el pago de obligaciones a dos o más acreedores distintos.

• Su ocultación o ausencia sin dejar a quien pueda cumplir con sus obligaciones.

• Cierre de los locales de su empresa, sin dejar a quien pueda cumplir con sus obligaciones.

• Realizar prácticas ruinosas, fraudulentas o ficticias para atender o dejar de cumplir sus obligaciones.

• Cualquier otro caso de naturaleza análoga.

Legitimación en el Concurso Mercantil:

Las personas que tienen facultades para iniciar o llevar a cabo un Concurso Mercantil son únicamente las siguientes:

• El comerciante.

• Los acreedores.

• El Ministerio Público.

Órganos del Concurso Mercantil:

Los órganos que intervienen en un Concurso Mercantil son los siguientes:

• Visitador: El visitador es la persona que a petición del juez se nombra por el Instituto Federal de Especialistas de Concursos Mercantiles, encargada de dictaminar si el comerciante incurrió en alguna de las hipótesis que marca la ley para ser puesto en concurso y sugiere que estime necesarias para la protección del patrimonio afecto.

• Conciliador: Es la persona que nombra el Instituto Federal de Especialistas de Concursos Mercantiles, a petición del juez, una vez que el visitador declaró a un comerciante en concurso, facultado para conciliar al comerciante con sus acreedores y acordar la forma en qué hará pago de las obligaciones a su cargo y, cuando ello no es posible se encarga de presentar al tribunal una lista de reconocimiento de créditos, que una vez aprobada le servirá como base para dictar la sentencia de reconocimiento, graduación y prelación de créditos.

• Síndico: Es la persona nombrada, a petición del juez, por el instituto Federal de Especialistas de Concursos Mercantiles, una vez que el visitador ha declarado en quiebra a un comerciante. Generalmente su nombramiento recae en el que fuera el conciliador, quien es el encargado de entrar a poseer provisionalmente los bienes afectos y proceder enajenación en pública subasta, hasta su total realización.

• Interventor: Ésta persona es nombrada por el juez para representas los intereses de los acreedores y que tiene a su cargo la vigilancia de la actuación del conciliador y del sindico, así como de los actos realizados por el comerciante en la administración de su empresa. Cualquier acreedor o grupo de acreedores que representen por lo menos diez por ciento del monto de los créditos, de conformidad con la lista provisional de créditos realizada por el conciliador, tiene derecho a solicitar su nombramiento, y sus honorarios corren a cargo de quien lo solicite.

Trámite del Concurso Mercantil:

Etapa expositiva y probatoria:

En esta etapa, el empresario acude ante el juez para hacer de su conocimiento mediante solicitud por escrito, que su empresa se encuentra en quiebra o bancarrota y probarlo, ya que el juez será el rector del concurso, a partir de esto, el juez considerara y podrá decidir si esta empresa es apta para iniciar un concurso mercantil.

La solicitud de declaración de concurso presentada por el propio comerciante deberá contener:

• Su nombre completo, denominación o razón social,

• Domicilio para oír y recibir notificaciones

• Si es persona moral, el domicilio social,

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