El Convenio Internacional sobre Normas de Formación
Enviado por chamorro31 • 22 de Marzo de 2013 • 847 Palabras (4 Páginas) • 337 Visitas
El Convenio Internacional sobre Normas de Formación, Titulación y Guardia para la Gente de Mar (STCW o), 1978 conjuntos de normas de cualificación de los capitanes, oficiales y personal de mirar en los buques mercantes de altura. STCW fue adoptada en 1978 por la Conferencia de la Organización Marítima Internacional (OMI) en Londres, y entró en vigor en 1984. El Convenio fue modificado de manera significativa en 1995.
El Convenio de Formación 1978 fue el primero en establecer los requisitos básicos en materia de formación, titulación y guardia para la gente de mar a nivel internacional. Anteriormente, las normas de formación, titulación y guardia de los oficiales y marineros fueron establecidos por los distintos gobiernos, por lo general sin hacer referencia a las prácticas de otros países. Como resultado las normas y los procedimientos varían ampliamente, a pesar de que el envío es muy internacional, de la naturaleza.
La Convención establece normas mínimas en materia de formación, titulación y guardia para la gente que los países están obligados a cumplir o superar.
El Convenio no se refiere a los niveles de dotación: disposiciones de la OMI en esta materia están cubiertos por la regla 14 del capítulo V del Convenio Internacional para la Seguridad de la Vida Humana en el Mar (SOLAS) de 1974, cuyos requisitos están respaldados por la resolución A.890 ( 21) Principios de la dotación de seguridad, aprobada por la Asamblea de la OMI en 1999, que sustituyó a una anterior resolución A.481 (XII) adoptada en 1981.
Una característica especialmente importante de la Convención es que se aplica a los buques de Estados no Partes al visitar los puertos de los Estados que son Partes en la Convención. El artículo X exige a las Partes a aplicar las medidas de control a los buques de cualquier pabellón en la medida necesaria para asegurar que trato no más favorable se da a los buques autorizados a enarbolar el pabellón de un Estado que no es un partido que se le da a los buques con derecho a enarbolar el pabellón de un Estado que sea Parte.
Las dificultades que puedan surgir para los buques de Estados que no sean Partes en la Convención es una razón por la Convención ha recibido una amplia aceptación como. En 2011, el Convenio de Formación tenía 155 Partes, lo que representa 98.9 por ciento del tonelaje mundial.
[Editar] revisión de 1995
El 7 de julio de 1995, la OMI adoptó una revisión integral del Convenio de Formación. También incluía una propuesta para desarrollar un nuevo Código de Formación, que contendrá los detalles técnicos relacionados con las disposiciones de la Convención. Las modificaciones que entró en vigor el 1 de febrero de 1997. La plena aplicación se requiere el 1 de febrero de 2002. Las licencias de los Marineros que ya ostenten tenía la opción de renovar dichas licencias de conformidad con las viejas reglas de la Convención
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