El Hecho Y Acto Jurídico
Enviado por Soutth • 29 de Septiembre de 2014 • 1.044 Palabras (5 Páginas) • 376 Visitas
El hecho y acto jurídico
Un hecho jurídico es un evento natural o del ser humano, que produce consecuencias de Derecho (facultades y deberes), sin ser deseadas éstas. Como ejemplo de la primera situación, son huracanes, un terremoto, un incendio, etc. Y éstos dan como consecuencias fallecimientos (actas del Registro Civil, sucesiones, aseguros de vida, entre otros), destrucción del patrimonio de las personas (seguros, insolvencias, etcétera).
Para los hechos de segundo tipo, son los delitos, como el homicidio, robo, tráfico de drogas y demás. Obviamente tiene consecuencias que regularmente el delincuente no quiere las obligaciones (prisión, reparación del daño…)
En cuanto al acto jurídico se define como una conducta humana realizada conscientemente, que también producirá derechos y obligaciones. Éstas pueden ser unilaterales, bilaterales, conteniendo debidamente “elementos esenciales o de existencia”, y satisfacer los “requisitos de validez”.
Elementos esenciales de acto jurídico:
Voluntad /Consentimiento
Existen dos, llamadas, la expresa, y la tácita. La voluntad expresa es la manifestación del deseo de celebrar la operación correspondiente, ya sea de manera expresa o tácita. La voluntad expresa se aprecia al desarrollarse su manifestación, mediante el uso de la palabra, ya sea a través de la voz o de la escritura. También pueden emplearse signos, ademanes o cualquier actividad que denote la conformidad con la celebración del contrato respectivo. Mientras que La voluntad tácita la definimos como la actitud tomada por un sujeto, que hace presumir la aceptación del contrato, se establece la presunción de que el contrato es admitido, porque la persona involucrada no hace nada por impedirlo.
Objeto Dato
La acción volitiva debe tener un propósito, una finalidad; en última instancia, es sobre lo que recae el acto jurídico.
Las conductas típicas, materia de los actos jurídicos son:
- Dar: Acción positiva.
- Hacer: Acción positiva
- No hacer o tolerar: Acción negativa.
La conducta de dar necesita satisfacer:
- Existir en la naturaleza. Lo que señala que el bien materia de la operación, tiene que ser real.
Por esta causa, el acto no puede versar acerca de cosas inexistente. No puede ser materia de una negociación lícita mercancía como las drogas de uso distinto al medicinal, cierto tipo de armas, cuyo uso es privativo de la policía o de la milicia, algunas especies de animales protegidas por la legislación.
- Estar en el comercio. Exigencia que determina que el bien sobre el que trata el acto debe ser susceptible de apropiación por parte de particulares y que su enajenación esté permitida por la norma jurídica
- Se determinado o determinable. Este requisito sólo trata de que el bien o bienes sobre los que se negocia se pueden medir, pesar o expresar en cantidad precisa. Jamás llegará de acuerdo personas que desconocen características como la cantidad y la calidad de los objetos propuestos para negociar.
Las acciones de hacer y no hacer o tolerar deben cubrir las exigencias que se indican, como sigue:
- Ser posible. Lo cual significa que la conducta positiva o negativa pueda ser desarrollada. Se considera imposible aquello que es incompatible con una regla impuesta por la naturaleza, o con una norma jurídica de tipo prohibitivo, pero que
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