El Huerto Familiar
Enviado por yuriiita • 13 de Octubre de 2013 • 7.553 Palabras (31 Páginas) • 477 Visitas
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
UNIVERSIDAD NACIONAL EXPERIMENTAL
“RAFAEL MARÍA BARALT”
CONSEJO DE DIRECCIÓN
En ejercicio de las prerrogativas establecidas en el literal e) del Artículo 6ª del Reglamento General de la Universidad Nacional Experimental “Rafael María Baralt, dicta las siguientes:
NORMAS PARA LA ELABORACIÓN Y PRESENTACIÓN
DE INFORMES DE INVESTIGACIÓN
INTRODUCCIÓN
Esta normativa es una guía que contiene un conjunto de pautas, orientaciones, condiciones y procedimientos para la elaboración del reporte de investigación, las cuales tienen por objeto establecer las condiciones mínimas de forma de los trabajos científicos.
El reporte de investigación es un instrumento que tiene como finalidad específica comunicar por escrito en forma concreta, coherente y veraz a la comunidad científica y la sociedad los resultados de investigaciones.
La presentación de reportes de investigación puede obedecer a criterios libres o determinados institucionalmente. En todo caso, debe cumplir con los requerimientos académicos mínimos y ciertos aspectos formales generales. El investigador es el responsable principal del contenido y de la calidad de la investigación.
En la Universidad “Rafael María Baralt” el reporte de investigación constituye el informe final de un trabajo de naturaleza científica, humanística, o tecnológica para difundir resultados de estudios provenientes de organismos de investigación, obtener un título profesional, ascender en el escalafón, cambiar de dedicación, entre otros.
La conformación del reporte de investigación en general se ajusta a las normas del manual de publicaciones de la American Psychological Association (APA) para garantizar un formato estándar para la difusión en revistas o eventos nacionales y/o internacionales. Sin embargo, cada organismo académico establece normas de presentación distintivas, y en todo caso, busca la formalidad, el orden, a pulcritud, el estilo, la elegancia y la ética.
Las normas de presentación se refieren a los siguientes elementos:
• los recursos materiales
• aspectos mecanográficos,
• elementos estéticos
• lenguaje y estilo
• las citas y la bibliografía
• el ordenamiento del reporte.
Los aspectos mecanográficos del reporte de investigación se refieren a todas aquellas pautas relacionadas con el formato, configuración de páginas e inclusión de símbolos, numeración y figuras.
El formato se refiere a aspectos señalados a continuación:
• la presentación de los párrafos
• sangrías
• titulaciones
• tamaño de la fuente
• numeraciones y viñetas
• justificación del texto (centrado o ajustado a la derecha y/o a la izquierda)
• bordes y sombreados
• uso de mayúsculas y minúsculas, entre otros.
CAPÍTULO I
ASPECTOS GENERALES
Objetivos del uso de las normas
Artículo 1: Garantizar la elaboración y presentación del trabajo de investigación dentro de los lineamientos contenidos en esta normativa y para asegurar el cumplimiento de los requerimientos académicos mínimos y ciertos aspectos formales generales.
Artículo 2: Promoverá través del trabajo de investigación que el aspirante desarrolle habilidades específicas en la realización de proyectos o en el campo de la investigación en su área; es decir, que sea capaz de aplicar los pasos de la elaboración de un proyecto o de la metodología científica para resolver un problema relacionado con diferentes áreas de interés.
Artículo 3: Impulsar trabajos de investigación cualquiera sea su naturaleza o tipo, caracterizados por su calidad, originalidad, competitividad e innovación. Condiciones básicas del trabajo de investigación
Artículo 4: El trabajo de investigación debe representar un intento serio por analizar y tratar de dar solución a algún problema de conocimiento o situación. Puede ser que los resultados del trabajo de investigación sólo tengan aplicación local, o que simplemente constituyan un serio ejercicio, bien para establecer los fundamentos teóricos y conceptuales en torno a un problema, para definir y aplicar una estrategia apropiada para resolverlo, o bien para desarrollar un producto tecnológico con una rigurosa fundamentación metodológica.
Artículo 5: El tema de investigación debe obedecer a problemas de conocimiento, necesidades del entorno o situaciones reales y prioritarias observadas en el contexto institucional, local, regional, nacional o internacional. En otras palabras, la producción y búsqueda de respuestas acordes a las necesidades sociales susceptibles de ser desarrolladas en alguno de los paradigmas de la Investigación.
Artículo 6: El trabajo debe orientarse a la búsqueda de aportes impactantes en el campo de la Investigación, contribución al desarrollo nacional y/o compromisos con la Región.
Artículo 7: La investigación debe desarrollarse a través de procesos científicos de producción del conocimiento de alta calidad que busquen conocer y transformar la realidad venezolana, zuliana, de la Costa Oriental del Lago de Maracaibo y áreas de influencia.
Características de los trabajos
Artículo 8: El trabajo de investigación puede ser de naturaleza científica, humanística, artística y/o tecnológica de acuerdo al campo de estudio al que se adscriba, a los fines que persiga, al paradigma o enfoque de investigación que lo oriente, a su condición de investigación pura o aplicada o a cualquier otro elemento distintivo que asuma el investigador o investigadores.
Artículo 9: Los trabajos escritos referidos a requisitos de las asignaturas cursadas, cualesquiera que sea su índole (teórica o práctica), deberán seguir las normas mínimas de presentación y constituyen una oportunidad valiosa para ejercitarse al presentar informes escritos durante la carrera de pregrado o postgrado que cursan.
Artículo 10: Los estudios investigativos adscritos o provenientes de organismos de investigación pueden ser realizados de forma individual, en parejas o en grupos, siempre y cuando la investigación que se realiza así lo requiera.
Artículo 11: Los trabajos de investigación realizados por profesionales con la finalidad de presentarlos para ascender a una categoría en el escalafón o como requisito para cambiar de dedicación se suscribirán a estas normas de presentación, pero su naturaleza y procedimientos se regirán por los reglamentos y/o normas
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