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El Panorama Actual De La Clausula Calvo


Enviado por   •  29 de Mayo de 2013  •  440 Palabras (2 Páginas)  •  893 Visitas

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El panorama actual de la cláusula Calvo. En los últimos tiempos se ha notado una ausencia de la cláusula Calvo en el foro de las disputas internacionales. Desde que terminó la labor de las Comisiones Mexicanas de reclamaciones.

SHEA lo atribuye a varias causas: a que la postguerra creó una tensión internacional que alejo la posibilidad de discutir materias menores; a que ha mejorado las condiciones de la administración de justicia. También hace referencia a que al fin se ha reconocido a la cláusula Calvo un cierto grado de validez por los países inversionistas.

Señala además, que la cláusula Calvo es una evolución lógica y natural del derecho de gentes tenderá a desaparecer, porque la protección diplomática no encontraría lugar en un sistema en individuos que tendrán que reconocer su calidad de sujetos del derecho de gentes, podrán acudir a un tribunal internacional para solicitar la reparación de la injuria recibida por parte de un Estado.

Se atribuye ese desplazamiento de la cláusula Calvo a que la comunidad internacional está mejor organizada que en los dorador tiempos de la intervención y a que la opinión pública universal repele las presionantes actitudes de la interposición diplomática. El método de la inversión privada extranjera ha variado completamente, muchas países procuran alejar esas inversiones de campos peligrosos de conflicto, reservando ciertos renglones de inversión exclusivamente a las naciones.

Desde hacia tiempo México venía aplicando una serie de medidas tendientes a “mexicanizar” la industria en este país. Uno de ellos era administrativo, requerir un programa de capital mexicano en su mayoría para tener derecho a incentivos y franquicias fiscales, o recibir la aprobación en programas de desarrollo fabril o autorizaciones para explotar recursos naturales, señalando áreas donde solo los nacionales podrían invertir. También debe mencionarse el Decreto del Ejecutivo que fija las bases para el desarrollo de la industria automotriz que prevé que el capital social de las empresas deben mantener el 60% de capital mexicana.

Un considerable adelanto en ese proceso a la vez que un nuevo rumbo lo constituye la Ley para Promover la Inversión Mexicana y Regular la Inversión Extranjera y el Reglamento del Registro Nacional de Inversiones extranjeras (16-02-1973 y 28-12-1973 respectivamente) que prescribe que la inversión extranjera que se admitirá solo en casos que no exijan otro porcentaje, no exceda del 49%, y que la parte extranjera no maneje la empresa.

En las últimas dos disposiciones legales vienen a eliminar en mucho la posibilidad de reclamaciones diplomáticas, a la vez que propenden a poner en manos nacionales la mayoría de la industria, encausando las inversiones hacia áreas convenientes, y darle forma jurídica a lo que venían siendo políticas a veces no coordinadas.

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