El Procedimiento De Fiscalizacion
Enviado por Diacaro • 10 de Septiembre de 2013 • 1.943 Palabras (8 Páginas) • 484 Visitas
El Procedimiento De Fiscalización
1. Introducción
Como ya se ha indicado, en el Perú la determinación de la obligación tributaria puede ser realizada por el mismo contribuyente o por la propia Administración tributaria. Sin embargo, como regla general, es el contribuyente quien prima facie realiza la determinación de dicha obligación tributaria.
Ahora bien, dicha determinación, contenida en una declaración jurada presentada por el contribuyente, estará sujeta a la respectiva fiscalización por parte de la Administración tributaria.
En este sentido, el artículo 61º del Código Tributario dispone que, la determinación de la obligación tributaria efectuada por el deudor tributario está sujeta a fiscalización o verificación por la Administración Tributaria, la que podrá modificarla cuando constate la omisión o inexactitud en la información proporcionada, emitiendo la Resolución de Determinación, Orden de Pago o Resolución de Multa.
2. Fines de la Fiscalización
En este orden de ideas, según el artículo 62º del Código Tributario, “el ejercicio de la función fiscalizadora incluye la inspección, investigación y el control del cumplimiento de obligaciones tributarias, incluso de aquellos sujetos que gocen de inafectación, exoneración o beneficios tributarios”.
Por lo mismo, la primera finalidad de la fiscalización consiste en verificar la verosimilitud del contenido de la declaración jurada, para que, de ser el caso, notificar las respectivas acotaciones.
A su vez, la fiscalización también tiene como objetivo la ampliación de la base tributaria y el aumento de la recaudación, a través de la generación de riesgo efectivo de detección, determinación y sanción del incumplimiento.
Esta generación de riesgo efectivo parte de una premisa básica: Los recursos humanos y logísticos de la Administración tributaria son limitados en relación con el universo de contribuyentes y el conjunto de obligaciones sustanciales y formales que éstos deben cumplir. Por lo mismo, como no es posible estar en todo lugar y/o en todo tipo de hechos imponibles y, como además, no es posible sancionar todo incumplimiento de las normas tributarias, entonces, la Administración se ve en la necesidad de utilizar todos sus recursos de una manera dosificada, y a la vez, estratégica, en contribuyentes, actividades y/o lugares específicamente seleccionados, para así generar la sensación de control y proximidad en todo el universo de deudores tributarios.
3. Tipos de fiscalización
Pueden distinguirse tres tipos básicos de fiscalizaciones:
a) Las auditorías, en las cuales la Administración Tributaria realiza la fiscalización integral a determinados contribuyentes respecto del IGV e Impuesto a la Renta. Estos contribuyentes son seleccionados en base a determinados indicadores, establecidos internamente por la propia Administración.
b) Las verificaciones, en las cuales la Administración tributaria establece diferencias en las ventas y/o adquisiciones de determinados contribuyentes, por los cruces de información con terceros. Este es el caso de las verificaciones generadas en relación con la DAOT.
c) Las acciones inductivas, en las cuales la Administración dirige comunicaciones a los contribuyentes que no han sido seleccionados para verificaciones por la disponibilidad de recursos de fiscalización.
4. Características de la fiscalización
Debe indicarse que según el primer párrafo del artículo 62º del Código Tributario, la facultad de fiscalización es discrecional. Esto quiere decir que la Administración tributaria es quien determina libremente a quienes fiscalizar, cuándo fiscalizar y por qué conceptos fiscalizar. Ahora, esta facultad discrecional no debe interpretarse como una facultad arbitraria y antojadiza, sujeta a presiones o intereses particulares, sino que, por el contrario, la selección del universo de contribuyentes a fiscalizar debe sustentarse en determinados parámetros técnicos y económicos.
Por otro lado, la facultad de fiscalización también se ejerce respecto de aquellos sujetos que gocen de inafectación, exoneración o beneficios tributarios. Así por ejemplo, de conformidad con el artículo 8º-A del Reglamento de la Ley del Impuesto a la Renta, incorporado por el artículo 2° del Decreto Supremo N° 175-2008-EF, la SUNAT deberá fiscalizar no menos del 10% de las entidades inscritas en el Registro de entidades exoneradas del Impuesto a la Renta al amparo de lo previsto en el inciso b) del artículo 19° de la Ley.
Base legal del Procedimiento de Fiscalización
El procedimiento de fiscalización está regulado en primer término por el artículo 62º-A de la Ley del Impuesto a la Renta. Este dispositivo no limita su aplicación a la SUNAT, sino que también ejerce sus efectos a las demás administraciones tributarias, en lo que fuese pertinente.
Adicionalmente, el procedimiento de fiscalización también está reglamentado por el Decreto Supremo Nº 085-2007-EF. Al respecto, es pertinente precisar que dicha norma legal sólo es aplicable para los procedimientos de fiscalización desarrollados por SUNAT (tributos internos y tributos aduaneros) y no por otras administraciones tributarias.
5. Inicio del procedimiento de fiscalización a cargo de SUNAT
Según el artículo 1º del D.S. 085-2007-EF, el Procedimiento de Fiscalización se inicia en la fecha en que surte efectos la notificación al sujeto fiscalizado de la Carta que presenta al Agente Fiscalizador y el primer Requerimiento. El artículo 3º precisa que, en la Carta la SUNAT comunica al contribuyente:
• Que será objeto de un Procedimiento de Fiscalización.
• Presentará al Agente Fiscalizador que realizará el procedimiento.
• Indicará los períodos y tributos o las Declaraciones Únicas de Aduanas que serán materia del referido procedimiento.
Asimismo, en el primer Requerimiento la Administración Tributaria solicitará al Sujeto Fiscalizado, la exhibición y/o presentación de informes, análisis, libros de actas, registros y libros contables y demás documentos y/o información, relacionados con hechos susceptibles de generar obligaciones tributarias o para fiscalizar inafectaciones, exoneraciones o beneficios tributarios.
Ahora bien, en el supuesto que los referidos documentos se notifiquen en fechas distintas, el procedimiento se considerará iniciado en la fecha en que surte efectos la notificación del último documento.
6. Desarrollo del procedimiento de fiscalización a cargo de SUNAT
6.1 Los requerimientos de
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