El Sivigila Es Definido Como:
Enviado por sandy5 • 7 de Marzo de 2014 • 2.474 Palabras (10 Páginas) • 361 Visitas
El Sivigila es definido como:
"Artículo 2. – Definiciones. Adóptense las siguientes definiciones técnicas para el Sistema de Vigilancia en Salud Pública:
a) Salud Pública. Hace referencia al conjunto de prácticas sociales y funciones del estado existentes en una sociedad, tendientes a desarrollar, preservar o mejorar la salud colectiva, a través de las condiciones, determinantes y significados de la salud para la población. En este contexto, la salud se constituye en un bien público, de interés y responsabilidad de todos, que debe producirse desde la sociedad y el estado.
b) Vigilancia en Salud Pública. Hace referencia al proceso sistemático y constante de la recolección, el análisis y la interpretación de datos específicos, así como la divulgación de información para utilizarla en la orientación, planificación, ejecución y evaluación de la práctica en salud pública. Como tal esta definición responde a una evolución conceptual de la vigilancia epidemiológica.
c) Eventos en Salud. Es el conjunto de sucesos o circunstancias que pueden modificar o incidir en la situación de salud de una comunidad. Se entenderán como eventos en salud para efectos del presente decreto enfermedades, lesiones de causa externa, causas de muerte, factores protectores, factores de riesgo, acciones de protección específica y de detección temprana de enfermedades, muestras biológicas o químicas y demás determinantes asociados.
d) Autoridad en Salud. Se consideran autoridades en salud, a todos aquellos que tienen la función de tomar decisiones de orden público en salud dentro del sector. Son autoridades en salud a Nivel Nacional, el Ministro de Salud, el Director General de promoción y Prevención, el Director del INS, el Director del INVIMA, y el Superintendente Nacional de Salud;a nivel de las entidades territoriales los Gobernadores, Alcaldes, Secretarios de Salud o quien haga sus veces, así como los funcionarios a quienes se les hayan asignado funciones de vigilancia y control del orden público en salud y del servicio público de la seguridad social en salud.
e) Usuarios del Sistema. Es el conjunto de personas y organizaciones dentro y fuera del sector salud y el Sistema Integral de Seguridad Social, que participan en el funcionamiento del Sistema en uno o varios componentes y que requieren de la información allí construida para tomar decisiones que afectan la salud de la población.
f) Factores de Riesgo / Protectores del Ambiente . Se definen como tales a aquellas condiciones físicas, biológicas, químicas, y ergonómicas del medio ambiente de carácter natural o antropogénico, que determinan, en la población expuesta a ellos, una mayor / menor probabilidad de aparición de enfermedad o lesiones de causa externa.
g) Factores de Riesgo / Protectores del Consumo. Son aquellos elementos que forman parte de alimentos, medicamentos, cosméticos, bebidas alcohólicas y no alcohólicas, y demás productos de uso y/o consumo humano, de origen natural, animal, vegetal o industrial, que determinan en la población que los consume una mayor / menor probabilidad de aparición de la enfermedad o de lesiones de causa externa.
h) Factores de Riesgo / Protectores del Comportamiento humano. Son aquellas circunstancias donde está comprometido el ser humano con sus rasgos de personalidad, pensamientos, actitudes, motivaciones, prácticas, reglas y normas, que determinan en la población una mayor / menor probabilidad de aparición de enfermedad o de lesiones de causa externa.
i) Protección específica. Hace referencia a la aplicación de acciones y/o tecnologías que permitan y logren evitar la aparición inicial de la enfermedad mediante la protección frente al riesgo.
j) Detección temprana. Hacer referencia a los procedimientos que identifican en forma oportuna y efectiva la enfermedad, facilitan su diagnóstico en estados tempranos, el tratamiento oportuno y la reducción de su duración y el daño que causan evitando secuelas, incapacidad y muerte.
k) Orden público en salud. Hace referencia al conjunto de medidas y condiciones establecidas por la ley, para garantizar la salud de la colectividad y prevenir o controlar la ocurrencia de enfermedades, lesiones o muerte en la población.
l) Prestadores de servicios de salud. Hace referencia al conjunto de consultorios, centros de salud, puestos de salud e IPS públicas o privadas de I, II o III nivel, dedicadas a la prestación de todas aquellas atenciones de promoción, prevención, diagnóstico, tratamiento y rehabilitación dirigidas a las personas como parte del plan de beneficios del SGSSS o por fuera del plan de beneficios a personas no afiliadas al sistema.
(...)
Artículo 9.- Tipo de eventos a vigilar. Los eventos en salud sometidos a vigilancia dentro del Sistema de Vigilancia en Salud Pública, serán aquellos cuya importancia para la salud colectiva sea evidente, teniendo en cuenta criterios de frecuencia, gravedad, costo efectividad, posibilidades de prevención, transmisibilidad e interés público;que además requieren ser enfrentados con medidas de salud pertinentes de acuerdo con la variabilidad de su comportamiento en la población.
Artículo 10.- Componentes del Sistema de Vigilancia. Los eventos en salud a ser vigilados se organizan para efectos del Sistema en los siguientes componentes:
a) Componente de vigilancia de eventos transmisibles y de fuente común:se consideran aquellas enfermedades, que por sus condiciones de transmisibilidad, pueden ser de alto poder epidémico y/o en todo caso su ocurrencia se reconoce como un riesgo para la salud colectiva, dentro de estas se incluyen las enfermedades sujetas a vigilancia estricta en el ámbito internacional. Además se incluyen aquellas enfermedades cuya presencia se relaciona con una fuente común de exposición. En este componente se incluye como un módulo especial y con un modelo operativo específico, la vigilancia de enfermedades infecciosas nosocomiales.
b) Componente de vigilancia de la mortalidad evitable:se vigila la ocurrencia de muertes que pudiesen haber sido evitadas si la población hubiese tenido acceso oportuno y adecuado a acciones de prevención primaria, detección temprana y/o tratamiento.
c) Componente de vigilancia sobre acciones de protección específica, detección temprana y atención de enfermedades de interés en salud pública:se vigila la realización de acciones de protección específica y detección temprana en la población y por tanto la gestión que al respecto realizan las instituciones responsables de su realización y garantía en el Sistema General de Seguridad Social en Salud.
d)
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