El Subsistema Policial
Enviado por JuanJLN47 • 3 de Abril de 2013 • 4.409 Palabras (18 Páginas) • 792 Visitas
2.1- EL SUBSISTEMA POLICIAL
Representa el conjunto de normas, principios y estructuras que integran el subsistema policial que no es otra cosa que la organización que se encarga de la seguridad ciudadana de un país, una entidad federal o municipal y concurren dentro de un sistema integral de policía, cumpliendo con la organización, gestión, desempeño y evaluación común a todos ellos y que deben ser aplicados dentro de cada uno.
El Cuerpo de Policía Nacional Bolivariana (CPNB) es la principal fuerza de seguridad civil a nivel federal o nacional de Venezuela, es una de las instituciones adscritas al Ministerio del P.P para Relaciones Interiores y Justicia Comenzó a operar el 20 de diciembre de 2009. En Venezuela de acuerdo a la Constitución de 1999 coexisten policías que dependen separada y autónomamente del gobierno nacional, de los gobiernos de los estados y de los gobiernos municipales, la Policía Nacional depende del Gobierno Central de Venezuela.
PRINCIPIOS
Ley Orgánica del Servicio de Policía y del Cuerpo de Policía Nacional
(Gaceta Oficial Nº 5.880 Extraordinario del 9 de abril de 2008)
Capítulo III – Principios Generales del Servicio de Policía:
Artículo 8.-
Principio de celeridad
Los cuerpos de policía darán una respuesta oportuna, necesaria e inmediata para proteger a las personas y a las comunidades, frente a situaciones que constituyan amenaza, vulnerabilidad, riesgo o daño para su integridad física, a su hábitat y sus propiedades.
Artículo 9.-
Principio de Información
Los cuerpos de policías informarán de manera oportuna, veraz e imparcial a las personas, comunidades, consejos comunales y organizaciones comunitarias, sobre su actuación y desempeño, e intercambiarán la información que a solicitud de los demás órganos y entes de seguridad ciudadana les sea requerida.
Artículo 10.-
Principio de Eficiencia
Los cuerpos de policía propenderán al uso racional del talento humano y de los recursos materiales y presupuestarios. La asignación de los recursos él los cuerpos de policías se adaptará estrictamente a los requerimientos de su funcionamiento para el logro de sus metas y objetivos.
Artículo 11.-
Principio de Cooperación
Los cuerpos de policía desarrollarán actividades para el cumplimiento de los fines y objetivos del servicio de policía, colaborando y cooperando entre sí y con los demás órganos y entes de seguridad ciudadana.
Artículo 12.-
Principio de Respeto a los Derechos Humanos
Los cuerpos de policía actuarán con estricto apego y respeto a los derechos humanos consagrados en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, en los tratados sobre los derechos humanos suscritos y ratificados por la República y en las leyes que lo desarrollen.
Artículo 13.-
Principio de Universalidad e Igualdad
Los cuerpos de policía prestarán su servicio a toda la población sin distinción o discriminación alguna fundamentada en la posición económica, origen étnico, sexo, idioma, religión, nacionalidad, opinión política o de cualquier otra condición o índole. Los pueblos y las comunidades indígenas contarán con un servicio de policía que tome en cuenta su identidad étnica y cultural, atendiendo a sus valores y tradiciones.
Funciones
La policía es una institución pública, de función indelegable, civil, que opera dentro del marco de la Constitución o Carta Magna Nacional y de los tratados y principios internacionales sobre protección de los Derechos Humanos
La función policial consiste, en primer término, a aplicar la prevención, es decir, mantener un carácter preventivo en su quehacer para evitar la posible acción delictiva; evitando, además, que las personas se conviertan en víctimas. Otra función sería evitar el surgimiento del delincuente, y por último, el surgimiento del delito y su reincidencia.
Además de las atribuciones comunes de los cuerpos de policía establecidos en el Artículo 34 de la Ley Orgánica del Servicio de Policía y Cuerpo de Policía Nacional,5 las atribuciones exclusivas de la Policía Nacional de Venezuela, establecidas en el Artículo 39 de esa Ley, son:
• Ejecutar las políticas emanadas del órgano rector en las siguientes áreas del servicio de policía: fiscalización y aduanas, custodia diplomática y protección de personalidades, penitenciaria, migración, marítima, fronteras y antisecuestros y las demás que determinen las leyes y reglamentos.
• Brindar a las policías extranjeras la colaboración y el auxilio de acuerdo con lo establecido en los tratados y acuerdos internacionales suscritos y ratificados por la República.
• Proteger y brindar seguridad a los miembros del Cuerpo Diplomático acreditado en el país, de conformidad con el ordenamiento jurídico aplicable en esta materia
• La creación de grupos o unidades tácticas de conformidad con el Reglamento que rija la materia.
• Las demás que le confiere el ordenamiento jurídico vigente.
TRANSITO TERRESTRE
Este organismo cumple las funciones que mantiene en sus principios internos llevados al papel como normas de trabajo. Al efecto, presentamos parte de ello:
Visión
Prestar un servicio a la población nacional, de alta calidad, con oficiales profesionalizados y totalmente equipados, que le dé una mayor presencia en las vías del país, a fin de reducir los accidentes y mortalidad.
Misión
Controlar y regular el tránsito vehicular que utiliza las vías públicas y terrestres del país, para garantizar una prevención efectiva de accidentes, protección de la vida humana, del ambiente y bienes materiales, así como garantizar el libre desplazamiento de personas, vehículos y semovientes por todo el territorio nacional.
Objetivos generales
Hacer cumplir las disposiciones técnicas y legales establecidas e incrementar la seguridad vial del país, para garantizar la preservación de vidas humanas y bienes materiales, así como garantizar el libre tránsito por todas las vías públicas terrestres del país.
Objetivos específicos
• Establecer e implementar controles y procesos que garanticen el incremento de la seguridad vial y el libre tránsito por las carreteras de personas, vehículos y semovientes.
• Procurar un mejor nivel de interrelación entre la ciudadanía y el Oficial de Policía, mediante nuevos sistemas de trabajo en pro de la seguridad vial.
• Establecer y administrar los registros estadísticos pertinentes, relación con las infracciones y accidentes de tránsito por carretera.
• Coordinar
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