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El Tributo


Enviado por   •  27 de Septiembre de 2013  •  2.193 Palabras (9 Páginas)  •  289 Visitas

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El Tributo

 Concepto de Tributo

Según Sáinz de Bufanda, se entiende por tributo toda prestación patrimonial obligatoria -habi-tualmente pecuniaria- establecida por la ley, a cargo de las perso¬nas físicas y jurídicas que se encuentren en los supuestos de hecho que la propia ley determine, y que vaya dirigida a dar satisfacción a los fines que al Estado y a los restantes entes públicos estén en¬comendados.

También se puede decir que los tributos son ingresos públicos de Derecho público, que consisten en prestaciones pecuniarias obligatorias, impuestas unilateralmente, exigidas por una Administración pública como consecuencia de la realización del hecho imponible al quela Leyvincula el deber de contribuir. Su fin primordial es el de obtener los ingresos necesarios para el sostenimiento del gasto público, sin perjuicio de su posible vinculación a otros fines.

De las definiciones anteriores, se puede concretizar que los tributos no son otra cosa que las prestaciones en dinero, que el Estado, en ejercicio de su poder de imperio, exige con el objeto de obtener recursos para el cumplimiento de sus fines.

 Características y Naturaleza

Se pueden puntualizar algunas notas características del tributo, así se tiene, que:

- Obliga a todas las personas domiciliadas en la República Bolivarianade Venezuela. El art. 133 constitucional establece “Toda persona tiene el deber de coadyuvar a los gastos públicos mediante el pago de impuestos, tasas y contribuciones que establezca la ley” Según el Código Orgánico Tributario, se consideran domiciliados en Venezuela aquellos que estén en el país por más de 183 días, en el año calendario que está siendo considerado para la imposición.

- El tributo grava una determinada manifestación de capacidad económica. (Art. 316 CRBV). El principio de capacidad económica actúa como verdadero principio material de justicia en el ámbito del ordenamiento tributario. Impide que se graven hechos que en modo alguno puedan reputarse indicativos de capacidad económica.

- El tributo constituye hoy el más típico exponente de los ingresos de Derecho Público.

- El tributo consiste generalmente en un recurso de carácter monetario (Art. 317 CRBV). Los recursos tributarios se encuentran afectados a la financiación de los gastos públicos, lo que exige la disponibilidad por los entes públicos de masas dinerarias.

- El tributo no constituye nunca la sanción de un ilícito. Tiene unos fines propios -obtención de ingresos o, en su caso, consecución de determinados objetivos de política económica. Las sanciones cumplen la función de reprimir un ilícito, restableciendo la vigencia de un ordenamiento jurídico que ha sido conculcado.

- El tributo no tiene carácter confiscatorio. (Art. 317 CRBV)

- El tributo, como instituto jurídico se articula a la usanza de un derecho de crédito y de una correlativa obligación.

- El tributo tiene como finalidad esencial la financiación del gasto público. Puede satisfacer otros objetivos: creación empleo, estimular el desarrollo económico de una determinada zona geográfica, fomentar actividades, redistribuir el ingreso.

Clases de tributos o categorías tributarias

De conformidad con los artículos 133 dela Constitucióndela República del Ecuador y el 12 del Código Orgánico Tributario: Los tributos se clasifican en tasas, contribuciones especiales e impuestos:

1. Tasas: son aquellos tributos cuyo hecho imponible consiste en la utilización privativa o aprovechamiento especial del dominio público, en la prestación de servicios o en la realización de actividades en régimen de Derecho Público que se refieran, afecten o beneficien de modo particular al sujeto pasivo.

2. Contribuciones especiales: son aquellos tributos cuyo hecho imponible consiste en la obtención por el sujeto pasivo de un beneficio o de un aumento de valor de sus bienes, como consecuencia de la realización de obras públicas o del establecimiento o ampliación de servicios públicos.

3. Impuestos: son los recursos exigidos sin contraprestación, cuyo hecho imponible está constituido por negocios, actos o hechos de naturaleza jurídica o económica que ponen de manifiesto la capacidad contributiva del sujeto pasivo, como consecuencia de la posesión de un patrimonio, la circulación de los bienes o la adquisición o gasto de la renta.

• Vehículos

o Exoneraciones, reducciones y rebajas especiales

o Pago de matrícula y proceso de matriculación

o Registro de contratos de compra venta

o Ensambladores e Importadores

o Comercializadores

o Estadísticas

o Preguntas Frecuentes

o Base Legal

o Plazos para el pago del impuesto

o Impuesto Ambiental a la Contaminación Vehicular

o Cálculo del Impuesto Ambiental

o Exenciones

o Consideraciones

ICE

Reformas ICE

Declaraciones y Anexos

ISD

Base legal

Exenciones

Período tributario

Transferencias efectuadas por instituciones del sistema financiero

Envío de paquetes, encomiendas o sobres cerrados

Crédito Tributario aplicable para Impuesto a la Renta

Estadísticas

Tierras Rurales

Base Legal

Activos en el Exterior

Base Legal

Formularios

Impuesto Redimible a las Botellas Plásticas no retornables

Base legal

Procedimiento para la devolución

Normas generales

Plazos para el pago del impuesto

Listado de Centros de Acopio, Recicladores e Importadores

Descarga de documentos

Información para Municipios

Impuesto a la Salida de Divisas

El hecho generador de este impuesto lo constituye la transferencia, envío o traslado de divisas que se efectúen al exterior, sea en efectivo o a través del giro de cheques, transferencias, retiros o pagos de cualquier naturaleza, inclusive compensaciones internacionales, sea que dicha operación se realice o no con la intervención de las instituciones que integran el sistema financiero.

La tarifa del Impuesto a la Salida de Divisas, también denominado ISD, es del 5%.

¿Quién debe pagar?

El ISD debe ser pagado por todas las personas naturales, sucesiones indivisas, y sociedades privadas, nacionales y extranjeras., según lo dispuesto en el ordenamiento jurídico vigente.

Las Instituciones Financieras (IFI’S), así como el Banco Central se constituyen en agentes de retención del impuesto cuando transfieran divisas al exterior por disposición de terceros.

Las

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