El derecho como sistema normativo
Enviado por david230498D • 2 de Marzo de 2018 • Documentos de Investigación • 493 Palabras (2 Páginas) • 293 Visitas
El derecho como sistema normativo
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Autor David Alexander Soto Narváez |
La palabra derecho es un vocablo multiuso, es decir, un sintagma que denota objetos distintos e incluso inconexos.
En esta ocasión se pretende objetivar el definiedum derecho en su definiens de sistema normativo, sin embargo, es relevante aclarar que el derecho surge como fenómeno social, puesto que las normas cobran sentido al regular la conducta de los seres humanos. Por consiguiente, aludir a un concepto de sociedad sin referirse a las normas seria vago, dado que, no es descabellado pensar que la característica principal de una sociedad son las normas que regulan los comportamientos de sus miembros que da como resultado de esta misma la connotación “sociedad”.
En diferentes circunstancias la sociedad se encuentra reguladas por sistemas de diferentes tipos, por eso es importante diferenciar las normas jurídicas de otras que también regulan las conductas humanas, para esto acudiremos a los siguientes ejemplos:
I. Vamos a un buen restaurante y dejamos nuestro automóvil parqueado afuera de este, y por consiguiente queda al cuidado del vigilante informal, y al salir, nos marchamos sin remunerar su actividad laboral informal.
II. Un compañero de la universidad en ciclo de parciales nos brinda ayuda en más de una ocasión sin que los docentes se den cuenta, después este mismo nos solicita ayuda para su parcial y se la negamos pudiéndolo haber ayudado.
III. Tentados por la tendencia de Netflix y por el escaso control y seguridad de almacenes éxito, sustraemos una giftcard de esta por un año sin pagar.
Las previsibles consecuencias de los actos descritos pueden ser las siguientes. En el primer caso no dar propina nos puede ocasionar la antipatía del vigilante informal y como sumatorio, el reproche del grupo que participo en la comida. El segundo supuesto, no ayudar a nuestro amigo nos puede suponer, además de su reproche y el de otros que conozcan esta omisión, un remordimiento de conciencia. La tercera acción descrita nos puede generar un remordimiento de conciencia y, en el momento que sea conocida, reproche social, pero, además en este último supuesto, a diferencia de los anteriores, habremos cometido un acto ilícito (hurto) y corremos el riesgo de ser sancionados por un juez con una pena.
Estas descripciones fácticas nos permiten ilustrar, que los ordenamientos comparten una finalidad en general, y es, motivar comportamientos a través de normas que prohíben, permiten u obligan la realización de conductas. Además, estas normas para mayor grado de motivación suelen ir acompañadas de sanciones.
Como se establezca la sanción es determinante a la hora de identificar el tipo de ordenamiento. Así, cuando la sanción por incurrir en una conducta prohibida se impone a través de la presión social, nos hallamos ante una norma social , cuando la aplicación es de carácter interno ( remordimiento de conciencia ) nos hallamos ante una norma moral, y por último, cuando la aplicación de la sanción es regulada y aplicada por instituciones, hemos vulnerado una norma jurídica.
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