Escrito Inicial De Demanda Mercantil Ejecutiva
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EXP.-____/____.
MERCANTIL EJECUTIVO
BANCO AZTECA S.A.
VS
IRENE BELTRAN ALQUICIRAS ESCRITO INICIAL.
C. JUEZ CIVIL COMPETENTE EN TURNO
DE PUERTO VALLARTA, JALISCO.
P R E S E N T E:
LIC. JAIME AYALA PEÑA, mexicano, mayor de edad, abogado, señalando como domicilio para oír y recibir toda clase de notificaciones y comunicados el ubicado en la Av. Revolución, # 558 local 3-A crucero las Juntas de Puerto Vallarta, Jalisco, nombrando como autorizados para recibir todo tipo de notificaciones en los amplios términos del artículo 1069 del código de comercio a los C.C. XAVIER XUNIOR ESPARZA GARCÍA, DIEGO AYALA PEÑA, FELIPE JAVIER MORENO, ARI JACOB ESCAMILLA CARRILLO, LUIS ALBERTO GUTIERREZ BARAJAS; con el debido respeto comparezco a;
E X P O N E R:
Que como endosatario en procuración de BANCO AZTECA S.A INSTITUCION DE BANCA MULTIPLE, demandando en la vía mercantil ejecutiva haciendo uso de la acción cambiaria directa a IRENE BELTRAN ALQUICIRAS, que tiene su domicilio en la calle Alemania,# 97 colonia Villa de Guadalupe, Puerto Vallarta, Jalisco o el domicilio que señalare oportunamente al momento de ejecutar la diligencia que resulte, asimismo se me tenga demandando en la misma vía a los avales MARCO ANTONIO ORTEGA CASTRO, con domicilio en Alemania ,# 235 colonia Villa de Guadalupe, Puerto Vallarta, Jalisco; a GIL ROY CARDENAS SOLIS, con domicilio en la calle Alemania, # 97 colonia Villa de Guadalupe, puerto Vallarta, Jalisco; a OFELIA BELTRAN ALQUISIRA, con domicilio en la calle Alemania, # 233 colonia Villa de Guadalupe, Puerto Vallarta, Jalisco, por el pago de las siguientes:
P R E S T A C I O N E S:
1.- Por el pago del documento mercantil ejecutivo llamado pagare, que es fundatorio de la acción valioso por la cantidad de $ 17576.00 (DIECISIETE MIL QUINIENTOS SETENTA Y SEIS PESOS 00/100 Moneda Nacional).
2.- Por el pago de intereses moratorios pactados en los documentos base de esta acción, vencidos hasta la fecha, así como también el pago de los que se sigan venciendo hasta la total liquidación del adeudo.
3.- Por el pago de gastos, costas y honorarios que se generen con la tramitación del presente juicio a que obliga a tramitar el ahora demandado con su incumplimiento.
Para lo cual hago la siguiente narración de;
H E C H O S:
1.- En esta ciudad, el pasado día 15 quince del mes de mayo del año 2012 dos mil doce, la ahora demandada suscribió a favor de mi endosante el fundatorio de la acción, valiosos por la cantidad de $ 17576.00 (DIECISIETE MIL QUINIENTOS SETENTA Y SEIS PESOS 00/100 Moneda Nacional), el cual se obligó y comprometió a pagar en las fechas y plazos indicados en el fundatorio de la acción.
2.- De esta forma, hasta la fecha no ha sido posible lograr el pago del documento fundatorio de la acción, a pesar de las constantes e insistentes comunicaciones que se han sostenido con la ahora demandada, razón por la cual me fue endosado en procuración al suscrito el importe del documento fundatorio de la acción el 26 de Febrero del año 2013, resultando a la fecha infructuosas las
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