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Escritura compra venta con garantia hipotecaria.


Enviado por   •  18 de Julio de 2016  •  Trabajo  •  935 Palabras (4 Páginas)  •  194 Visitas

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NUMERO  uno (01). En la ciudad de Guatemala,  el veinticuatro de Abril del año dos mil uno. ANTE MÍ: Jonathan Samael Aguirre Estrada, Notario, comparecen por una parte el  señor: MARCO TULIO MORAN SANTOS  de cuarenta y cuatro años de edad, casado, guatemalteco, mecánico, y de este domicilio, se identifica con el Documento Personal de Identificación con Código Único de Identificación número dos mil trescientos treinta y dos espacio setenta y un mil ciento noventa y seis espacio cero seiscientos cinco (2332 71196 0605) extendido por el Registro Nacional de las Personas de la República de Guatemala, se identifica con el número de identificación tributaria tres millones ciento cincuenta y cinco mil trescientos noventa y cinco guión dos (3155395-2)  a quien se le denominará como el vendedor en el presente instrumento;  y JUAN PABLO LEMUS ORELLANA, de cuarenta y cuatro años de edad, soltero, comerciante, guatemalteco, de este domicilio, se identifica con el Documento Personal de Identificación con Código Único de Identificación número dos mil quinientos cincuenta y cinco espacio quince mil doscientos cuarenta espacio cero novecientos tres (2555 15240 0903) extendido por el Registro Nacional de las Personas de la República de Guatemala, se identifica con el número de identificación tributaria setecientos dieciséis mil setecientos ochenta y tres guión ocho (716783-8) a quien se le denominará el comprador en el presente instrumento. Los  comparecientes me aseguran  ser de los datos de identificación personal indicados, y hallarse en el libre ejercicio de sus derechos civiles, y que por el presente instrumento celebran CONTRATO DE COMPRAVENTA DE BIEN INMUEBLE, de conformidad con las siguientes cláusulas: PRIMERA: Expresa el  señor: Marco Tulio Moran Santos que es propietario de la finca urbana que se encuentra inscrita en el Registro General de la Propiedad con el número de registro treinta mil setenta y ocho (30078), folio doscientos (200) del libro doscientos cincuenta y cinco (255) de Guatemala, dicha propiedad se encuentra ubicada en la avenida la reforma de la zona uno de esta ciudad de Guatemala; Con la superficie, medidas y colindancias que constan en su respectiva inscripción Registral. SEGUNDA: Expresa el  señor: Marco Tulio Moran Santos que por el precio de veintidos mil  quetzales  (Q22,000.00),  le VENDE la finca identificada en la cláusula primera de este instrumento. En la presente venta se incluye todo cuanto de hecho y por derecho  le corresponde a la finca, objeto de la presente venta.   TERCERA: Continua manifestando el señor  Marco Tulio Moran Santos, que el precio convenido lo pagara el comprador en veintidós amortizaciones mensuales, vencidas y consecutivas de mil QUETZALES (1,000.00), cada una. Para los efectos se aceptan las siguientes condiciones: a) El plazo en virtud de la forma de pago es de veintidós meses y se cuenta a partir de la presente fecha; Los abonos convenidos se cancelaran el día siete de cada mes, principiando con el primero de ellos el día siete de marzo de año en curso y los demás en iguales fechas de los meses subsiguientes hasta el total del pago; b) para todo pago no es necesario cobro o requerimiento alguno, se harán en quetzales y en la residencia del vendedor; c) Para los efectos de esta obligación, la compradora renuncia al fuero de su domicilio y desde ya acepta como buenas y exactas las cuentas que se le presenten acerca de este negocio y como líquido y ejecutivo el saldo que se le reclama; d) este crédito puede cederse o negociarse sin necesidad de aviso o notificación de alguna clase; e) se dará por vencido el plazo y procederá las acciones correspondientes: I) si la compradora dejare de pagar dos o más amortizaciones antes convenidas; II) si la garantía que más adelante se detalla fuera nuevamente gravada o enajenada sin la anuencia previa y por escrito del vendedor, III) Si la garantía aludida no fuere suficiente para responder de la obligación de su saldo; y IV) si en General la compradora no cumpliera con todas y cada una de sus obligaciones o no estuviera al día con el pago de los impuestos fiscales y municipales de cualquier orden que afecten al inmueble. CUARTA: El señor: JUAN PABLO LEMUS ORELLANA  expresa que en los términos anteriores acepta la venta que por este acto se le hace y se le agrega que para garantizar el pago de lo debido, constituye a favor del señor MARCO TULIO MORAN SANTOS, PRIMERA HIPOTECA, pago de lo debido, sobre el inmueble que hoy adquiere. Se incluye en la garantía todo cuanto de hecho y derecho le corresponda al inmueble identificado. El comprador señala la dirección del propio inmueble para recibir toda clase de notificaciones relacionada con esta operación: El señor JUAN PABLO LEMUS ORELLANA, expresa que acepta la hipoteca que hoy se constituye a su favor. Yo el Notario,  DOY FE:  a) Que todo lo escrito me fue expuesto;  b) Que tuve a la vista los documentos personales de identificación  relacionadas, que tuve a la vista el primer testimonio de la escritura pública número uno (01) autorizada por el notario Jonathan Samael Aguirre Estrada, con el cual el vendedor Acredita su derecho de Propiedad sobre la finca que hoy enajena; c)  Que advierto a las otorgantes de la obligación del pago de los impuestos respectivos que gravan el presente contrato, así como de presentar el testimonio de la presente escritura al registro respectivo;  d) Leo lo escrito a los otorgantes, quienes bien enterados de su contenido, objeto, validez, y demás efectos legales, lo ratifican, aceptan y firman.

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