Estatuto Tributario
Enviado por samuel930628 • 15 de Septiembre de 2014 • 360 Palabras (2 Páginas) • 181 Visitas
TRIBUTARIA
PRESENTADO A:
ORLANDO CONTRERAS
PRESENTADO POR:
EDINSON SAMUEL PEÑARANDA
CODIGO: 1221707
UNIVERSIDAD FRANCISCO DE PAULA SANTANDER
CONTADURIA PÚBLICA
CUCUTA
2014
Mediante la ley 1607 del 26 diciembre de 2012 creó una nueva clasificación de las personas naturales respecto al impuesto de renta conocida como Trabajador por cuenta propia. Veamos quienes pertenecen a este grupo. El artículo 329 del estatuto tributario define a los trabajadores por cuenta propia de la siguiente forma :“Se entiende como trabajador por cuenta propia, toda persona natural residente en el país cuyos ingresos provengan en una proporción igual o superior a un ochenta por ciento (80%) de la realización de una de las actividades económicas señaladas en el Capítulo II del Título V del Libro I del Estatuto Tributario.”
Más adelante, el artículo 340 del estatuto tributario cuando trata sobre el IMAS de trabajadores por cuenta propia, señala cuáles son las actividades económicas que permiten que una persona natural se clasifique dentro del grupo de trabajadores por cuenta propia:
1. Actividades deportivas y otras actividades de esparcimiento
2. Agropecuario, silvicultura y pesca
3 .Comercio al por mayor
4. Comercio al por menor
5. Comercio de vehículos automotores, accesorios y productos conexos
6. Construcción
7. Electricidad, gas y vapor
8. Fabricación de productos minerales y otros
9. Fabricación de sustancias químicas
10. Industria de la madera, corcho y papel
11. Manufactura alimentos
12. Manufactura textiles, prendas de vestir y cuero
13. Minería
14. Servicio de transporte, almacenamiento y comunicaciones
15. Servicios de hoteles, restaurantes y similares
16. Servicios financieros
Los pagos o abonos en cuenta por concepto de honorarios, comisiones y servicios que efectúen los agentes de retención a contribuyentes personas naturales que no pertenezcan a la categoría de empleados, seguirán sometidos a lo previsto en el artículo 392 del Estatuto Tributario en concordancia con el Decreto 260 de 2001.
Juan Pérez, es residente y recibió ingresos de $110.000.000 por venta de electrodomésticos al por menor y $10.000.000 por arrendamientos. ¿Se clasifica como TCP para efectos tributarios?
Comercio al por menor $ 110.000.000 85%
Arrendamientos $ 20.000.000 15%
Total Ingresos $ 130.000.000 100%
R: Juan Pérez sí es TCP para efectos tributarios porque el 85% de sus ingresos proviene de actividades por concepto de comercio al por menor puesto que cumple con la proporción del 80/20.
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