Estrategia designación ciudadanos comités de obra
Enviado por supobra2022 • 16 de Mayo de 2022 • Reseña • 631 Palabras (3 Páginas) • 55 Visitas
1.- Resuelto el punto relativo al número de comités de obra que se requieren, cada una de las instituciones que haya determinado tener la obligación legal de contar con uno, informará de ello, mediante oficio, a este Comité de Participación Ciudadana.
El envío del oficio de mérito se realizará vía correo electrónico, desde la cuenta institucional del Órgano Interno de Control correspondiente, a la propia del CPC contacto@cpcsinaloa.org.mx
Este comunicado de la institución activará el inicio del proceso de selección, mismo que se desahogará como sigue:
- El CPC, dentro de los 3 días hábiles siguientes a la recepción del comunicado, requerirá a la institución pública correspondiente, por conducto de su OIC y mediante oficio que enviará por la misma vía ya establecida, que solicite a las asociaciones civiles, organizaciones empresariales, colegios e instituciones académicas, y a las organizaciones estatales del transporte de mayor representación en el Estado, que se encuentren debidamente acreditadas ante el propio órgano interno de control, para que le realice propuestas de ciudadanos a ocupar las tres posiciones a que se refiere la fracción VI del artículo 35, 36 y/o 37 de la Ley, según sea el caso.
Para la presentación de propuestas, el OIC otorgará a los organismos un plazo suficiente que le permita seleccionar los mejores perfiles, el cual no deberá de ser menor a 10 días hábiles; asimismo, se le pedirá a quien haya de realizar las propuestas, que acompañe a éstas una breve síntesis curricular y exposición de motivos en que se sustenten las mismas, así como carta de aceptación del ciudadano propuesto, en la que se comprometa a desempeñar las funciones que marca la Ley en caso de ser elegido;
- Una vez que el OIC correspondiente, cuente con el número de propuestas suficientes para poder elegir de entre ellas a los tres ciudadanos que integrarán el comité de obras, remitirá al CPC, vía correo electrónico, la relación de ellos con todos los anexos que haya recibido del organismo u organismos que los propusieron, incluyéndose los datos de contacto de cada ciudadano propuesto;
- El CPC, en la medida en que vaya recibiendo de las instituciones los expedientes de propuestas de ciudadanos para integrar sus comités de obra, informará de ello mediante sesión pública en la que dará a conocer cada una de esas propuestas, por institución y, en la misma sesión, acordará entrevistarse vía remota con cada candidato, a quien le notificará de ello con al menos tres días hábiles de anticipación, haciéndole saber también que dicha entrevista será pública y transmitida en las redes sociales de este CPC[1]; y,
- Efectuadas las entrevistas de cada ciudadano propuesto para cada institución, el CPC realizará un estudio del resultado de éstas y del expediente en que se haya sustentado la candidatura para, en sesión pública, designar conforme al sistema de toma de acuerdos establecido en sus Reglas de Operación, a los tres ciudadanos que integrarán el comité de obras requerido por la institución.
2.- En caso de que a pesar del requerimiento a que se refiere el inciso a) del punto que antecede, no no hubiera participación alguna de los gremios y organizaciones ahí mencionadas, se estará a lo dispuesto por el Artículo Cuarto Transitorio del Decreto número 456, publicado en el Periódico Oficial “El Estado de Sinaloa”, con fecha 07 de Septiembre de 2020; de esta eventual situación, el CPC dará cuenta en sesión pública y se tomará el acuerdo que conforme a la Ley proceda, en el entendido de que, conforme a la misma disposición transitoria, hasta en tanto se designen a los ciudadanos de mérito, seguirán funcionando los comités de obra con la estructura y organización con que actualmente cuentan.
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