Estrategia fiscal III parcial.docx.
Enviado por Irigonzalez • 4 de Julio de 2016 • Documentos de Investigación • 1.641 Palabras (7 Páginas) • 489 Visitas
Tarea III parcial Estrategia Fiscal
1.- En los últimos temas fiscales ha sido de gran relevancia el “paquetazo” como le llaman, que el Congreso Nacional aprobó mediante el Decreto 278--2013 contentivo de la LEY DEL ORDENAMIENTO DE LAS FINANZAS PUBLICAS… por lo cual usted debe analizar en qué consisten esas reformas a los impuestos MINIMO 3 REFORMAS que considere más importantes explicando cómo estaban antes y como quedan ahora con las reformas.
R/. Las reformas a estas leyes contemplan ampliar la base de contribuyentes, agrupar en aquellos que están declarando sus impuestos, racionalizando y controlando las evasiones fiscales, así como también implementar medida anti evasión y control del gasto público del Estado.
Algunas de estas modificaciones son:
Art-3. Inciso 6, ahora el estado realiza una devolución del 8% de ISV, (impuesto sobre la venta), efectivamente pagado y discriminado por el comercio afiliado o desglosado en la transacción con tarjeta de débito o de crédito.
La ley del Impuesto sobre la Renta sufre cambios importantes como es el incremento de la Aportación Solidaria Temporal a un 10% y una desgravación anual hasta un 0%.
Los dividendos que fueron desgravados en el 2004 a 0% ahora estarán a partir sujetos a un impuesto único del 10% en lo que se refiere las personas naturales o residentes en Honduras.
Art-5. De dicho ordenamiento jurídico fue reformado considerablemente al homogenizar todas las tarifas de retención a un 10%. Siempre dentro de la ley de impuesto sobre la renta (ISR) se establece un impuesto cedular del 10% a los alquileres de viviendas superiores a L. 15,000.00 mensuales.
La universidades, escuelas e institutos de enseñanza pre-escolar, primaria y media privada estarán sujetas a un 5% aplicable a sus excedentes de operación.
Exoneraciones e impuestos sobre la renta. Las exoneraciones y franquicias aduaneras a la importación de mercancías, incluyen las emitidas a favor de los Poderes Ejecutivo, Legislativa y Judicial, las Fuerzas Armadas, las instituciones descentralizadas y las empresas estatales.
La ley propone la retención del impuesto sobre ganancias de capital a la renta bruta mediante la reforma al artículo 10 de la ley del ISR. No obstante, en los pagos efectuados por el Estado, derivados de la compra-venta de bienes, indemnizaciones, compra de derechos y títulos, el estado hará la retención del diez por ciento (10%) en concepto del impuesto de ganancias de capital.
Se adiciona un inciso al artículo 22 de la ley de ISR en el que se establece que las empresas de Transportes Aéreo, Terrestre y Marítimo, constituidas en el extranjero y que operen en el país, se tomara para efectos del cálculo del impuesto, una renta neta gravable equivalente al 10% del total de los ingresos brutos anuales de fuente hondureña. Se contempla que las personas naturales o jurídicas domiciliadas en el país pagaran el 1.5% sobre los ingresos brutos iguales o superiores L.3,000,00.00 del periodo impositivo, cuando la aplicación de las tarifas señaladas en inciso a) y b) del Artículo 22 de la ley resulte menor al uno punto cinco por ciento (1.5%) de los ingresos brutos.
Canasta básica- reforma al artículo 15 de la ley sobre el impuesto sobre ventas, contenida en el decreto ley número 24 del 20 de diciembre de 1963 y sus reformas en sentido de modificar el listado de bienes exentos.
El servicio de energía Eléctrica sobre un consumo superior exenta del pago de impuestos sobre ventas ISV. Reduce los bienes exentos contemplados en el Art. 15 de la ley de Impuesto sobre Ventas (ISV).
Art-22. Las personas naturales o jurídicas domiciliadas en Honduras pagaran el (1.5%) sobre los ingresos brutos iguales o superiores a tres millones de lempira (L.3, 000,000.00) del periodo impositivo.
La tasa se reducirá al cero punto setenta y cinco por ciento (0.75%) en los siguientes productos y servicios: producción y distribución de cemento, servicios públicos prestados por las empresas estatales, estatales, productos y medicamento farmacéutico para uso humano, ingresos por producción, venta y distribución de petróleo y sus derivados.
No estarán sujetos a este pago del 1.5% las personas naturales que obtengan ingresos provenientes de sueldos y salarios, los contribuyentes cuyos ingresos brutos anuales sean menores a tres millones de lempira, las empresas durante los primeros dos años de su constitución o en periodo pre-operativa después de la vigencia de esta ley y las personas naturales o jurídicas que incurran en perdidas, por caso fortuito o fuerza mayor, derivados de desastres naturales, catástrofes, guerras, estado de excepción debidamente acreditable ante la Dirección Ejecutiva de Ingresos, hasta dos ejercicios fiscales desde que ocurran.
2.- Investigue cuales son los beneficios fiscales es decir que impuestos no pagan y cuales están obligadas a pagar de conformidad a la ley; los Régimen especiales que existen en Honduras como ser la Zonas Libres llamadas maquilas, el Régimen de Importación Temporal (RIT) y las Zonas Libres Turísticas, asimismo cual es el beneficio que el país obtiene si concede estos beneficios fiscales.
R/. IMPUESTOS PAGADOS POR LAS MAQUILAS
Pagan un Canon de operación anual
Los sueldos, salarios y demás rentas personales similares de las personas laborantes pagan el impuesto sobre renta y municipales
IMPUESTOS A LOS QUE ESTAN EXONERADAS LAS
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