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Estructura Jerarquica De Las Normas En El Estado Peruano


Enviado por   •  26 de Enero de 2014  •  Ensayo  •  3.518 Palabras (15 Páginas)  •  1.030 Visitas

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CAPITULO I

ESTRUCTURA JERARQUICA DE LAS NORMAS EN EL ESTADO PERUANO

I.- POSTULADOS

Antipater de Sidón se ocupo de escoger las siete maravillas de su tiempo, entre ellas incluyo a las Pirámides de Egipto. Ente las maravillas del mundo jurídico tenemos a la Pirámide de Kelsen. El gran tratadista austriaco propuso su obra “Introducción a la Teoría Pura de Derecho”. En esa perspectiva, la estructura piramidal de un ordenamiento jurídico se sustenta en dos principios sustantivos.

UNIDAD

Implica una totalidad de preceptos dispuestos en un orden de jerarquía y prevalencia de valor en su aplicación.

COHERENCIA

Establece una relación de armonía de principios entre todas las normas que lo conforman.

Ella alude a la necesaria competitividad y conexión axiológica, ideológica, etc. ente los deberes y derechos asignados.

Toda estructura jurídica contiene 3 tipos de normas:

 Normas productoras de legislación

 Las normas ejecutorias de legislación

 Las normas ejecutoras-productoras de legislación

Debe advertirse que si es cierto que todo ordenamiento tiene una forma piramidal, no todos tienen el mismo número de categorías y grados, existen casos en los que no hay diferencia entre las normas constitucionales y ordinarias como es el caso de Inglaterra.

En el Perú la jerarquía normativa y su unidad se encuentran amparadas por la existencia de 6 principios.

1. PRINCIPIO DE CONSTITUCIONALIDAD

Las normas del texto fundamental tienes supremacía ante cualquier otra norma. El tratadista Manuel García Pelayo dice:” todo deriva de la constitución, por ende todo ha de legitimarse de acuerdo con ella”. Y así también como dice Marcial Rubio Correa este principio se cumple mediante dos formas.

 La no aplicación de la Ley inconstitucional.

 La declaración de invalidez de la norma inconstitucional.

2. PRINCIPIO DE LEGALIDAD

Es una regla que identifica al derecho con la ley o con norma que tengan similar jerarquía.

3. PRINCIPIO DE SUBORDINACIÓN SUBSIDIARIA

Establece la jerarquía descendente de la ley.

4. PRINCIPIO DE COMPETENCIA TERRITORIAL

5. PRINCIPIO DE FORMALIDAD EXTRAORDINARIA

La regla señala que una norma tiene mayor valor, cuando por encima de los requisitos para su aprobación se le exige otros adicionales.

6. PRINCIPIO DE JERARQUÍA EN EL ÓRGANO LEGISLATIVO

Esta señala que a falta de una asignación especifica, prima la norma producida por el funcionario u órgano legislativo superior. La norma jurídica nacional está establecida en base a dos criterios: Las categorías y los grados

7. PRINCIPIOS PARA ESTABLECER LA APLICABILIDAD DE LAS NORMAS Estos principios son los que van a salvaguardar la coherencia del sistema jurídico.La coherencia está afectada por las antinomias que son de dos clases: antinomias directas y antinomias indirectas. Existen diez principios para resolver las antinomias directas:

a) PRINCIPIO DE PLAZO DE VALIDEZ: Esta regla semana que si la norma no tiene un tiempo de validez continuara teniendo vigencia hasta que otro precepto la modifique.

b) PRINCIPIO DE POSTERIORIDAD: Esta norma dice que una norma anterior en el tiempo queda derogada por la expedición de otra con fecha posterior.

c) PRINCIPIO DE ESPECIFICAD: Esta regla dispone que un precepto de contenido especial, prima sobre la de mero criterio general.

d) PRINCIPIO DE FAVORABILIDAD: Esta regla solo es aplicable a materias de carácter penal que incide en aplicar la norma que más favorezca al reo.

e) PRINCIPIO DE ENVIÓ: Esta regla es aplicable en caso de ausencia de regulación de un hecho, por parte de una norma que debió contemplarlo. Antes este caso se permite acudir a otro precepto que si lo prevé.

f) PRINCIPIO DE SUBSIDIARIEDAD: Esta regla es aplicable cuando un hecho se encuentra provisionalmente regulada por otra, hasta que se dicte otra que tenga vigencia indeterminada.

g) PRINCIPIO DE COMPLEMENTARIEDAD: Esto se usa cuando un hecho esta regido por una norma que requiere complementarse por otra para cubrir la regulación de manera integral.

h) PRINCIPIO DE SUPLEMENTARIEDAD: Esto se aplica cuando una norma se encuentra regulado por una norma base que otra después va consolidar.

i) PRINCIPIO DE ULTRACTIVIDAD EXPRESA: Esta regla se ocupa cuando, el legislador hubiera determinado, de manera expresa que la norma recobre vigencia.

II. ESQUEMA JERARQUICO.- Contiene cinco categorías

1. LAS NORMAS CONTITUCIONALES Y LAS NORMAS CON FUERZA CONTITUCIONAL

1.1 LA CONSTITUCIÓN: Es la norma vigente de nuestro ordenamiento lega, están los principios básicos que aseguran los derechos y deberes de las personas.

1.2 LAS LEYES CONSTITUCIONALES: Este dispositivo va materializar una reforma constitucional.

Los tratados con habilitación legislativa: son convenios que contienes una estipulación que afecta a una norma constitucional pero por la intervención del estado quedan habilitados para su vigencia

2. LAS LEYES Y NORMAS CON FUERZA O CONDICION DE LEY

Ley puede ser definida como aquella norma escrita de ámbito general que mana de algún órgano político del estado. Al interior de esta categoría existen otras inferiores o de la misma categoría.

2.1 LAS LEYES ORGÁNICAS: Este va ver la organización y el funcionamiento de los órganos del Estado

2.2 LAS LEYES: Son las normas escritas de carácter general que emanan del parlamento. Hay distintos tipos dentro de esta categoría.

2.2.A.- Las Leyes de Bases

2.2.B.- Las Leyes Generales

2.2.C.- Las Leyes de Desarrollo General: se encargan de explicitar determinadas normas constitucionales , dentro de esta categoría hay distintas normas con fuerza de ley de las denominadas normas con condición de ley.

NORMAS CON FUERZA DE LEY: Son las que por mandato expreso o deducido tienes la misma jerarquía que una ley como son:

 Los Tratados: Llamados también convenios, protocolo, Modus Vivendi, etc.

 Los Decretos Legislativos

 Las Resoluciones Legislativas.

 El reglamento del congreso.

 Las Sentencias del Tribunal Constitucional.

 Los Decretos de Urgencia.

 Normas Regionales de carácter general

 Las Ordenanzas Municipales

 Los Decretos de

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