Estudios Jurídicos
Enviado por laney • 24 de Noviembre de 2012 • 1.252 Palabras (6 Páginas) • 220 Visitas
funcionarios públicos
Aquellos que se desempeñan en cargos electivos dentro del Estado (éstos tienen además de la responsabilidad penal, civil y administrativa responsabilidad política) o cualquier otro empleado que cumpla funciones públicas ya sea de modo gratuito u oneroso, sin importar jerarquía, aunque algunos podrán alegar que cumplieron órdenes superiores si se hallan en una jerarquía donde solo ejecutan órdenes careciendo de capacidad decisoria
En general, tienen responsabilidad administrativa por incumplimiento de los deberes que le son propios en el cargo que desempeñan, y una responsabilidad penal, ya que ciertos delitos requieren para configurar el tipo penal que el sujeto activo sea un funcionario público como ocurre con el cohecho, el abuso de autoridad, la malversación de caudales públicos (peculado) el prevaricato o las exacciones ilegales.
proceso contencioso administrativo
cabe señalar que se trata de un proceso contencioso administrativo especial que no constituye un procedimiento autónomo, según la derogada Ley de Carrera Administrativa, pues requiere ser suplido por las disposiciones previstas tanto en la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, como en el Código de Procedimiento Civil. El cual tiene por finalidad someter a la vía jurisdiccional la relación laboral entre el Estado y los funcionarios bajo su dependencia.-
La Ley del Estatuto de la Función Pública en su artículo 92, establece que los actos administrativos de carácter particular dictados en ejecución de la ley por los funcionarios o funcionarias públicas agotarán la vía administrativa, en consecuencia solo podrá ser ejercido contra ellos el Recurso Contencioso Administrativo Funcionarial dentro del término previsto en el artículo 94 de la Ley del Estatuto de la Función Pública, conforme a la Ley Orgánica de Procedimientos Administrativos, la cual establece un lapso de 90 días para ejercer el recurso, contados a partir de la notificación del acto administrativo al interesado.-
Cuando hablamos de actos administrativos de carácter particular a los fines de la ley orgánica de procedimientos administrativos, es toda declaración de carácter particular emitida de acuerdo con las formalidades y requisitos establecidos en la ley, por los órganos de la administración pública, el cual deberá ser motivados, excepto los de simple trámite o salvo disposición expresa de la ley. A tal efecto, deberán hacer referencia a los hechos y a los fundamentos legales del acto.
Solicitud del expediente administrativo
es una manifestación del deber de documentación que tiene su origen en la necesidad de acreditar fehacientemente actos, hechos o actuaciones, siguiendo un orden lógico, de acuerdo a cuándo se produjeron los hechos.
Ley Orgánica de la Contraloría General de la República y del Sistema Nacional de Control Fiscal,
Publicada en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela, Nº 37.347 de fecha 17 de
Diciembre de 2001.
Artículo 81. “De las actuaciones realizadas de conformidad con el artículo 77 de esta Ley, se formará expediente y se dejará constancia de sus resultados en un informe, con base en el cual el órgano de control fiscal, mediante auto motivado, ordenará el archivo de las actuaciones realizadas o el inicio del procedimiento previsto en el Capítulo IV de este Título, para la formulación de reparos, determinación de la responsabilidad administrativa o la imposición de multas, según corresponda.”
Contestación de la querella
Es el acto procesal mediante el cual el demandado alega todas sus excepciones y defensas respecto de una demanda. La contestación de la demanda tiene la misma importancia para el demandado que la demanda para el demandante. Puede ser escrita u oral, dependiendo del tipo de procedimiento (escrito u oral).
Audiencia preliminar:
Es la primera audiencia en el juicio, en el cual las partes se conocen y ante el Juez buscan una solución para el juicio empleando los medios alternos de resolución de conflictos.
En el articulo 103 de La Ley Del Estatuto De La Función Publica dice
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