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Etapa Independiente


Enviado por   •  15 de Mayo de 2012  •  1.448 Palabras (6 Páginas)  •  678 Visitas

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Etapa independiente

Subdivide para su estudio en normas arancelarias y normas sustantivas

a) Normas arancelarias

Daniel Cossío Villegas que el estudio de aranceles y ordenanzas aduanas han sido acompañadas de exposiciones de motivo en el que se explique la meta en la cual quiera llegar

Pablo Macedo plantea en su obra preguntas como ¿qué hico México al independizarse? ¿Otorgo la libertad, abrió los anchos y fecundos causes de la competencia mostro el debido respeto derecho individual?

Este autor dice que aunque el comercio se declaro libre se implanto desde el primer momento el régimen de las prohibiciones

El primer arancel de México fue publicado por la soberana junta provisional gubernamental EL 15 DE DICIEMBRE DE 1821 denominada “arancel general interino para el gobierno de las aduanas marítimas en el comercio libre del imperio”

Miguel lerdo de tejada clasifico una lista de objetos que se podía importar libres de impuestos

Se publico un nuevo arancel EL 16 DE NOVIEMBRE DE 1827 en el que se señalan algunos artículos libres

El 11 MARZO DE 1837 se expiden un nuevo arancel en el cual no se modifica ni la forma ni el sistema han de 1827 pero se incluyen nuevas prohibiciones

Santa Anna con su régimen centralista reformo lo que ya triguero en 1837 había expedido en el arancel marítimo.

Como la baja de los derechos de importación del arancel de 1842 no produjo los resultados esperados.

Poco tiempo después, el 27 de agosto en 1845 se autorizo al gobierno para formular un nuevo arancel el cual se expidió el 4 de octubre del mismo año.

No es sino hasta el mes de enero de 1853 cuando se hacen diversas formas al arancel vigente.

El 1ero de junio de 1853 se expide el arancel general de aduanas marítimas y fronterizas en el cual se derogan las prohibiciones que hacían en 1845, este arancel continúo con la junta que había establecido la disposición del mismo año denominada junta de aranceles.

El 31 de enero de 1856 se expide el nuevo arancel denominado ordenanza general de aduanas marítimas y fronterizas de la república.

Con la promulgación de la constitución de 1857 se imponen los principios generales en todas las materias y en todos los órdenes de la vida nacional.

El 1 de enero de 1872 se dicta un nuevo arancel, obra del ministro de hacienda don Matías romero, bajo el régimen del presidente Juárez.

EL 8 DE NOVIEMBRE DE 1880 se pone en vigor el cual viene hacer una codificación de la legislación aduanal, pues refunde un solo cuerpo de todas las disposiciones arancelarias expedidas desde 1872 decretando la libre importación de4 toda clase de maquinaria, maquinarias y aparatos para impulsar la agricultura, la industria, la minería las ciencias y las artes.

EL 24 DE ENERO DE 1885 donde las cuotas fueron grabadas más onerosa mente por este arancel el sistema fue abolido estableciendo exclusivamente en el cobro de impuestos tomando como única base el peso de las mercancías

b) Normas sustantivas

El arancel general interino de diciembre de 1821, primero del México independiente estaba estructurado en 5 capítulos, un arancel general formando la nomenclatura, dividido en 6 clases que clasificaban a los géneros y por último las instrucciones para cargar mercancías de exportación con 12 artículos.

El sistema de represalias que se empezó a utilizar, a partir DEL 4 DE SEPTIEMBRE DE 1823 fue el de decomiso de las mercancías no declaradas en el manifiesto general que debería de presentarse respecto a todas las mercancías que llegaban al país.

El arancel para las Aduanas marítimas y de frontera de la república mexicana, DEL 16 DE NOVIEMBRE DE 1827 abrogo al anterior.

EL 11 DE MARZO DE 1837 se expide un nuevo arancel denominado arancel general de aduanas marítimas y fronterizas.

EN 1842 EL 30 DE ABRIL se publica el arancel general de aduanas marítimas y fronterizas, el cual contaba con una exposición de motivo.

El arancel DE 1842 fue sustituido por el se expidió EL 26 SEPTIEMBRE DE 1843 este arancel era igual con las siguientes diferencias.

El 4 DE OCTUBRE DE 1845 se promulga un nuevo arancel denominado arancel general de adunas marítimas y fronterizas.

El arancel contenía un precepto en el cual se prorrogaba su entrada en vigor al 1° DE FEBRERO DE 1846,

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