Evolución historica: cambian las limitaciones del propietario.
Enviado por rmrt • 28 de Septiembre de 2015 • Apuntes • 718 Palabras (3 Páginas) • 125 Visitas
tema 5 NO
derecho 12/11/13
Tema 6 → Derecho a la propiedad
Derecho real a usar una cosa y a disponer de ella.
Concepto: derecho de gozar y disponer de una cosa sin más limitaciones que las esstablecidas en la ley.
Evolución historica: cambian las limitaciones del propietario.
Sujeto
- Un propietario
- Dos propietarios (392 ss CC)
- Comunidad romana: se aplica por defecto en nuestro derecho, simpre que dos o mas personas tengan un derecho de propiedad sobre una cosa la comunidad sera de carácter romano. Ej: dos hermanos compran un piso juntos,.
- Comunidad germánica: extraña en nuestro derecho y solamente se admiten o existen 3 supuestos → la comunidad hereditaria, las sociedades gananciales y el aprovechamiento de montes de mano común. Un matrimonio que compra un piso.
- Diferencias: titular, cuotas, disposición, régimen.
Diferencias: | Romana | Germánica |
Titular | Se considera al individuo aisladamente | No se considera al individuo como tal, todo funciona como una sola |
Cuotas | Hay una división por cuotas para cada persona (% del objeto que les pertenece) | No hay división por cuotas |
Disposición | Cada persona puede disponer de su cuota. | Solo se puede disponer de la cosa de forma conjunta. |
Régimen | Los acuerdos se toman por mayoría. Si no hay acuerdo elige el juez. | Los acuerdos se toman por unanimidad. Si no hay acuerdo elige el juez. |
Objeto del Dº de propiedad → todas las cosas del mundo exterior, que sean apropiables y que estén específicamente determinadas, sean corporales o no.
- propiedad intelectual: derechos reconocidos a una persona sobre las obras científicas, literarias o artísticas que puedan conocerse por cualquier medio existente o que exista en un futuro.
- Propiedad industrial: derecho que se le reconoce al inventor sobre cualquier invento técnico apto para si explotación industrial y al productor o empresario sobre los signos identificadores de sus productos o de su empresa.
Modos de adquirir la propiedad.
- Donación → Acto de libertad por el cual una persona (donante) dispone gratuitamente de una cosa en favor de otra (donatario), que la acepta (captación). Es también donación la que se hace a una persona por sus méritos o por sus servicios prestados al donante, siempre que no constituyan deudas exigibles, o aquellas en que se imponen al donatario un gravamen inferior al valor de lo donado.
- Clases: muebles (verbal: la captación se tiene que realizar en el mismo acto, o escrita) o inmueble (escritura pública)
- Sucesión → transmisión de los derechos de una persona por su muerte
- Clases:
- testada hay testamento → acto por el que el testador dispone de sus bienes para después de su muerte; es personalísimo, libre, revocable y formal.
- Clases: común (ológrafo (escrito íntegramente del puño y letra del testador, lugar y fecha de realización) y notarial (abierto: cuando se le cuenta al notario lo que queremos y él nos guía de como hacerlo y cerrado: le entregamos al notario un sobre cerrado por lo que el notario no sabe lo que ocurre)) o especial (militar: en estado de guerra 2 testigos, marítimo: capitán del barco con 2 testigos, extranjero: embajador o cónsul. En caso de muerte inminente ante 5 testigos. Solo son validos en caso de muerte, sino se anulan)
- registro general de actos de ultima voluntad.
- Legítima: valor de los bienes – deudas + donaciones colacionable
Son legitimarios:
- Descendientes 2/3
- Ascendientes ½ solos y 1/3 con cónyuge viudo
- Cónyuge viudo:
- Con descendientes: usufructo del tercio de mejora
- Con ascendientes: usufructo de la mitad de la herencia
- Sólo: usufructo de dos tercios de la herencia.
2/3 (1/3 viuda resto para los hijos) o 1/3 descendiente y 1/3 de mejora para el favorito (nuda propiedad) y la viuda (usufructo). | 1/3 libre disposición |
- intestada no hay testamento,
- mixta
- Accesión →
- Tradición →
- Usucapión →
- Ocupación →
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