Evolucion Historica Del Turimo
Enviado por Desiicl.23 • 29 de Enero de 2014 • 1.685 Palabras (7 Páginas) • 208 Visitas
El turismo es considerado como una actividad económica y la Constitución señala la libertad que tienen los individuos de dedicarse libremente a la actividad económica de su preferencia, sin más limitaciones que las previstas en la propia Constitución y las que establezcan las leyes, por razones de desarrollo humano, seguridad, sanidad, protección del ambiente u otras de interés social, podemos comprender que la Ley Orgánica de Turismo constituye un conjunto de normas que regulan la actividad turística, que son prioritarias para el país en su estrategia de diversificación y desarrollo sustentable y donde el estado dictara las medidas que garanticen su desarrollo tal como lo establece el artículo 310 de la Constitución Bolivariana de Venezuela.
EL término turismo según (García, 1996) la cual lo define como: El movimiento de personas la cual abandonan el lugar de residencia permanente por cualquier motivo relacionado con el espíritu, su cuerpo o profesión. También lo definen como el movimiento en el cual participan quienes, durante cierto tiempo residen en cierto lugar extranjero sin carácter lucrativo oficial, o militar.
La Ley Orgánica de Turismo (Gaceta Oficial N° 36.546 del 24-09-1998), tiene por objeto la orientación, facilitación, fomento, coordinación y control de las actividades turísticas, consideradas como factor de desarrollo económico y social del país. La cual es reformada y derogada por Disposición Derogatoria la cual plasma: “Se deroga la Ley Orgánica de Turismo, publicada en la Gaceta Oficial de la República de Venezuela N° 36.546 de fecha 24 de septiembre de 1998..” de publicación el 8 de Noviembre del 2001.
El turismo es de gran importancia para un país, y por este motivo en el artículo 1 de la Ley orgánica del turismo publicada en Gaceta Oficial N° 37.332 de fecha 26 de noviembre de 2001 nos señala en uno de sus párrafos “La actividad turística se declara de utilidad pública y de interés general, y sometida a las disposiciones de este Decreto Ley las cuales tienen carácter de orden público.”
El 21 de enero de 2005 Se realiza una disposición derogatoria en la cual “Se deroga el Decreto Nº 1.534 con Fuerza de Ley Orgánica de Turismo, publicado en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela Nº 37.332 del 26 de noviembre de 2001.”
El 15 de abril de 2008 fue promulgado en Gaceta oficial el Decreto con rango, Valor y Fuerza de Ley Orgánica De Turismo, Decreto Nº 5.999, El cual tiene por objeto “promover, organizar y regular la actividad turística, la organización y funcionamiento del Sistema Turístico Nacional, como factor estratégico de diversificación socioeconómica y desarrollo sustentable y sostenible del país, mediante la creación de normas que garanticen la orientación, fomento, desarrollo, coordinación y control de la actividad, estableciendo los mecanismos de concertación, cooperación, asistencia y solidaridad de los órganos y entes de la Administración Pública, instituciones privadas y mixtas de esta actividad, orientados al desarrollo, participación y protagonismo de las comunidades; logrando así una actividad turística basada en los principios de justicia social, equidad, no discriminación, solidaridad, protección del ambiente y productividad.”. En el mismo decreto se declara La actividad turística de utilidad pública y de interés general y deberá estar orientada al mejoramiento de la calidad de vida de las comunidades receptoras.
El jueves 27 de agosto de 2009 fue publicada en Gaceta Oficial La ley de Crédito Para el Sector Turismo la cual tiene como objeto “establecer los mecanismos para promover, fomentar e impulsar la actividad turística, mediante el otorgamiento de financiamiento oportuno, bajo una visión humanista, procurando la diversificación socioeconómica y el equilibrio productivo, con la finalidad de vigorizar el sector con criterios de sustentabilidad, sostenibilidad, desarrollo endógeno, equidad y justicia social.” Como lo plasma en su Artículo 1, como vemos esta ley busca promover e impulsar el turismo como una actividad económica sustentable, mediante el otorgamiento de créditos. La presente ley también plasma que el ejecutivo nacional fijará dentro del primer mes de cada año, mediante resolución, el porcentaje de la cartera de crédito que cada uno de los bancos comerciales y universales destinarán al sector turismo, el cual en ningún caso podrá ser menor del dos coma cinco por ciento (2,5%), ni mayor del siete por ciento (7%) de la cartera de crédito. En el porcentaje de la cartera de crédito destinado al sector turismo deben estar incluidos los créditos a corto, mediano y largo plazo.
La ley de Crédito Para el Sector Turismo en su artículo 17 nos habla de el principio de el cual es: “Los créditos otorgados deben regirse por los principios de desarrollo sustentable, ética, moral, corresponsabilidad, cooperación, solidaridad, humanismo, transparencia, rendición de cuentas, responsabilidad social, equidad, justicia, autogestión económica, eficiencia, eficacia y simplificación de trámites administrativos”. Dicha ley entrará en vigencia a partir de la fecha de su publicación en la Gaceta Oficial de la República
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