FORMAS DE DESIGNACIÓN DE LOS SERVIDORES PÚBLICOS MUNICIPALES
Enviado por valeria0009 • 26 de Abril de 2015 • 440 Palabras (2 Páginas) • 442 Visitas
FORMAS DE DESIGNACION DE LOS SERVIDORES PUBLICOS
La forma de designación de los servidores públicos municipales es a través de la elección popular. Algunos autores definen la elección de la siguiente manera:
Eduardo Andrade Sánchez: “la elección es un procedimiento que consiste en que los miembros de una colectividad determinen mediante la expresión libre de su voluntad quien o quienes habrán de dirigirlos o representarlos”.
Daniel Moreno Díaz: “las elecciones han sido definidas como l forma o medio de designación de los representantes o dirigentes de un cuerpo social, mediante el voto de sus miembros.”
En México se designa a los miembros que integran el ayuntamiento, así como lo dispone la fracción primera del art. 115 constitucional que a la letra dice:
Artículo 115. Los estados adoptarán, para su régimen interior, la forma de gobierno republicano, representativo, democrático, laico y popular, teniendo como base de su división territorial y de su organización política y administrativa, el municipio libre, conforme a las bases siguientes:
I. Cada Municipio será gobernado por un Ayuntamiento de elección popular directa, integrado por un Presidente Municipal y el número de regidores y síndicos que la ley determine. La competencia que esta Constitución otorga al gobierno municipal se ejercerá por el Ayuntamiento de manera exclusiva y no habrá autoridad intermedia alguna entre éste y el gobierno del Estado.
En México existen dos formas para designar a los servidores públicos municipales por elección.
• Mayoría relativa: la elección por mayoría es la designación que se hace a través de una votación popular y directa de los electores de un municipio mediante la cual resulta triunfadora una planilla que alcanza el mayor número de votos.
• Representación proporcional: La representación proporcional serán asignados a los partidos que hubieren registrado sus respectivas planillas y, además, lista plurinominal de candidatos cuyos integrantes podrán ser de los ciudadanos que aparecen en la planilla para la elección de ayuntamientos por el principio de mayoría que hubiese registrado el mismo partido político, en el número que corresponda a la población del Municipio, de conformidad con lo dispuesto en la Ley Orgánica del Municipio.
ORGANISMOS DE PARTICIPACION POPULAR
Fundamentada en la Ley Orgánica Municipal, que a la letra dice:
Artículo 64.- Los ayuntamientos, para el eficaz desempeño de sus funciones públicas, podrán auxiliarse por:
I. Comisiones del ayuntamiento
II. Consejos de participación ciudadana
III. Organizaciones sociales representativas de las comunidades
IV. IV. Las demás organizaciones que determinen las leyes y reglamentos o los acuerdos del ayuntamiento.
El autor Reynaldo robles manifiesta
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