FORMATO SOCIEDAD ANONIMA HONDURAS
Enviado por josephpalma • 13 de Octubre de 2013 • 773 Palabras (4 Páginas) • 907 Visitas
presupuesto de ingresos y egresos de la entidad, o con lo que se decida en la propia Asamblea. La remoción de un fiscalizador se llevará a cabo por el procedimiento y con los requisitos que establecen los artículos_______________________ del Código de Comercio. DÉCIMA NOVENA: DE LAS ATRIBUCIONES DE LOS FISCALIZADORES: Sin perjuicio de las atribuciones específicas que se señalen en el momento de su designación, corresponderá a los fiscalizadores las siguientes: Practicar la auditoria de la administración de la sociedad y examinar su balance general y demás estados de contabilidad para cerciorarse de su veracidad y razonable exactitud, verificar que la contabilidad se lleve en forma legal, hacer arqueos periódicamente de caja y valores; exigir a los administradores informes sobre el desarrollo de las operaciones sociales o sobre determinados negocios, convocar a la asamblea General cuando en su opinión sea necesario; someter a consideración del Consejo de Administración y hacer que se inserten en la agenda de las Asambleas Generales de Accionistas los puntos que estimen pertinentes; asistir con voz pero sin voto, a las reuniones del Consejo de Administración cuando lo estimen necesario; asistir también con voz pero sin voto, a las asambleas Generales de Accionistas, presentar su informe y dictamen sobre los estados financieros, incluyendo las iniciativas que a su juicio convengan; y en General, vigilar, fiscalizar, e inspeccionar en cualquier tiempo las operaciones de la sociedad. No podrá ejercer funciones de fiscalización en la sociedad, quienes conforme a la ley estén inhabilitados para ser comerciantes; los empleados o funcionarios de la sociedad y las personas que se encuentren en relación con los administradores o Gerentes de la sociedad en los casos que den lugar a la recusación de los Jueces de acuerdo con los dispuesto por la Ley. Lo dispuesto en esta cláusula no impide que la Asamblea General Ordinaria Anual designe un auditor interno. En tal evento, a dicho funcionario corresponderá efectuar la revisión de las operaciones contables; cuidar porque se mantengan eficiente los sistemas de contabilidad y de controles internos; asesorar al Consejo de Administración, al Presidente y a la Gerencia General; vigilar la correcta ejecución de las resoluciones tomadas por la Asamblea General de Accionistas y por el consejo de Administración; comprobar la exactitud de los estados financieros, proponer la adaptación de medidas adecuadas para la protección de los bienes e intereses de la empresa, o efectuar las investigaciones especiales de asuntos específicos que le encargue el Consejo de Administración y cooperar con los fiscalizadores para el desempeño de las funciones de éstos. El auditor interno podrá proponer al consejo de Administración el nombramiento del personal auxiliar que considere necesario para el fiel y eficaz cumplimiento de sus atribuciones. El auditor interno deberá informar mensualmente
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