FUNCIONES DEL ESTADO EN EL DERECHO POSITIVO
Enviado por hanzpaz • 12 de Octubre de 2012 • 1.281 Palabras (6 Páginas) • 1.523 Visitas
FUNCIONES DEL ESTADO EN EL DERECHO POSITIVO
1) ¿Consideras que el proceso legislativo en México sigue siendo eficaz socialmente? ¿Por qué?
Creo que valdría la pena preguntarnos si el esquema constitucional que tenemos ahora, proveniente de 1917 y modificado en numerosas ocasiones, es el más propicio o el más adecuado para consolidar la democracia y conseguir mayor eficacia en la toma de decisiones, así como para evitar bloqueos insuperables entre poderes. Esto no significa que sea inevitable que en el futuro se den bloqueos o lentitud en la toma de decisiones que pudiesen desestabilizar nuestro régimen democrático. También podría darse el caso de que no se presenten. Sin embargo, no podemos negar que la posibilidad de un escenario negativo existente y, más aun, que es probable que así ocurra.
Por estos motivos, creemos que seria conveniente indagar, por ejemplo, sobre los defectos y virtudes de nuestro procedimiento legislativo, o sobre las características del veto presidencia tal y como esta previsto en la actualidad en nuestra Constitución, a la luz de la nueva correlacion de fuerzas políticas existente en México y teniendo en mente las preocupaciones y argumentos del debate conflictivo entre Ejecutivo y Legislativo (y dentro de este ultimo, si consideramos que tenemos un Congreso bicameral) no aparece en la practica política del país, es decir, si los poderes cooperan, independientemente de que partidos los controlen, entonces en el marco constitucional actual seguirá siendo funcional y no habrá necesidad de modificarlo. Pero si no es ese el caso, debemos estar preparados para saber que tipo de esquema constitucional podría ayudar a resolver los problemas que en los términos apuntados podría llegar a presentarse.
2) ¿Cuáles son las etapas del proceso legislativo en México?
La serie de etapas que se siguen, a fin de elaborar o modificar una ley o decreto, se le conoce como proceso legislativo. Este proceso se desarrolla bajo los siguientes pasos:
Primero tenemos que definir que el la “Ley” y “Decreto” lo cual quedaría así:
LEY: Es un acto de autoridad que tiene como elemento crear normas que establecen el comportamiento individual en sociedad; tiene como elementos inherentes la abstracción, la impersonalidad y generalidad.
DECRETO: Viene del latín “decemere, decrevi, decretum”, que significa acuerdo o resolución. Es la decisión o determinación del jefe de Estado sobre cualquier materia en su gobierno, el cual crea normas concretas y personales.
INICIATIVA:
En esta primera etapa se da el impulso inicial para que una proposición sea analizada por el Congreso Nacional. Cuando uno o varios Diputados consideran conveniente la creación de nuevas leyes y normas, de acuerdo a la dinámica social, para modificar, crear o eliminar alguna ley proponen ante la Presidencia de Régimen interno los cambios que planean hacer. El Presidente, a su vez, los turna a la Comisión respectiva para su dictamen.
DISCUSIÓN DEL PROYECTO DE LEY:
En esta etapa se produce el estudio, análisis y deliberación que hacen las Cámaras sobre el proyecto de ley, el cual da diversos pasos.
Se señala que todo proyecto de ley o decreto, cuya resolución no sea exclusiva de alguna de las Cámaras se discutirá sucesivamente en ambas, observándose el Reglamento de Debates sobre la forma, intervalos y modo de proceder en las discusiones. Las iniciativas de leyes o decretos se discutirán preferentemente en la Cámara en que se presenten.
En la Cámara de Origen: Primer trámite legislativo
APROBACION:
La mayoría que se requiere para aprobar un proyecto de ley es:
Expresamente se señala que deberá observarse el Reglamento de Debates sobre la forma, intervalos y modo de proceder y modo de proceder en las votaciones. Se establece que las votaciones de ley o decreto serán nominales y los proyectos se aprobarán por mayoría absoluta. Se estipula que se requieren las dos terceras partes del número total de votos en una y otra Cámara para superar el veto.
SANCION, PROMULGACION y/o PUBLICION:
Una vez que se ha hecho el Dictamen se turna al pleno: en este acto los diputados discuten sobre las ventajas
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